{"title":"sistemas protectorios de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario:","authors":"Joaquín Pablo Reca","doi":"10.22201/fder.24488933e.2022.284.84451","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Este trabajo analiza los puntos de contacto que exhiben las principales disciplinas del Derecho Internacional Público, estas son, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. De allí es que pondremos el acento en las zonas “convergentes” que presentan ambos ordenamientos y, con ello, a la “complementariedad” que los ciñe, cuya latencia la encontramos aun en los casos de “conflictos armados”. Es pues, a los fines de darle basamento a esa aseveración, que ponderaremos el tratamiento que al respecto ha merecido por parte de los órganos que supervisan la tutela de los derechos fundamentales en los respectivos ámbitos internacional y regional. Precisamente, esta característica, la de su complementariedad, es de observarse por medio de las denominadas reglas interpretativas de la “humanitarización” y de la “humanización” que se plasman con los pronunciamientos de dichos órganos. ","PeriodicalId":33489,"journal":{"name":"Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas","volume":"269 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-01-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.22201/fder.24488933e.2022.284.84451","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Este trabajo analiza los puntos de contacto que exhiben las principales disciplinas del Derecho Internacional Público, estas son, los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. De allí es que pondremos el acento en las zonas “convergentes” que presentan ambos ordenamientos y, con ello, a la “complementariedad” que los ciñe, cuya latencia la encontramos aun en los casos de “conflictos armados”. Es pues, a los fines de darle basamento a esa aseveración, que ponderaremos el tratamiento que al respecto ha merecido por parte de los órganos que supervisan la tutela de los derechos fundamentales en los respectivos ámbitos internacional y regional. Precisamente, esta característica, la de su complementariedad, es de observarse por medio de las denominadas reglas interpretativas de la “humanitarización” y de la “humanización” que se plasman con los pronunciamientos de dichos órganos.