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LOS DERECHOS SOCIALES EN EL ENTRAMADO DEL ESTADO SOCIAL
La incorporación de los derechos económicos, sociales y culturales (en adelante DESC) en las Constituciones, a partir del llamado “constitucionalismo social” en la segunda mitad del siglo pasado fue paralela al desarrollo del Estado de Bienestar o Social. Esta circunstancia determina algunos de los caracteres propios de estos derechos, su contenido y también, qué es lo que se puede reclamar en su nombre. Es por ello que la adecuada comprensión de los mismos impone su integración dentro del funcionamiento de esta forma estatal, tal como aquí se propone. Se puede afirmar que los DESC son tan solo una cara jurídica de la llamada “cuestión social” y por ello un análisis de los mismos — aun cuando se pretenda estrictamente jurídico — no debería descuidar la visión de aquellas otras dimensiones sociales y sus problemas.