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La imposibilidad de consentir que la discapacidad sea tomada como un obstáculo para la escucha de niños, niñas y adolescentes en el proceso judicial
En el fallo, objeto del presente análisis, el Supremo Tribunal de Justicia de Río Negro, tacha de nula la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y de Minería por haberse dictado sin escuchar al adolescente y se ordena que la misma tenga lugar antes de dictarse una nueva resolución ajustada a derecho. Así las cosas, el presente trabajo, pretende ilustrar a cerca de la gravedad que puede constituir negar derechos de raigambre constitucional como lo es el derecho de Niños, Niñas y Adolescentes a ser escuchado y que su opinión sea tenida en cuenta en cuestiones que los afectan directamente y más aún fundar dicha negativa en la discapacidad del menor, lo cual resulta de lleno incompatible con el diseño actual de discapacidad basado en los derechos humanos y en la igualdad inclusiva al que se asiste.