{"title":"La obligación de dar aviso oportuno del siniestro a la aseguradora en el seguro de responsabilidad civil","authors":"Andrés Orión Álvarez Pérez","doi":"10.11144/javeriana.ris50.odao","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Establecen los diferentes ordenamientos jurídicos objeto de análisis comparativo, en términos generales, la obligación del asegurado de dar aviso oportuno a la aseguradora sobre la ocurrencia del siniestro. A renglón seguido, se establece la forma en que la Compañía puede deducir los perjuicios que se le causen por el incumplimiento de dicha obligación, carga o deber, en cada caso particular. \nSe pretende entonces hacer un análisis crítico de la norma, profundizando más en el caso Colombiano, pero trayendo la normatividad de países como España, México, Bolivia, Argentina, y Brasil, para hacer una propuesta final, dadas las verdaderas implicaciones actuariales, presupuestales, de cálculo de prima, de asunción del riesgo, y demás circunstancias que analizaremos al respecto, para que la norma en realidad tenga fuerza coercitiva y vinculante, y objetivamente genere la atención y el cumplimiento en cabeza de los asegurados.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"67 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2019-09-05","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris50.odao","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Establecen los diferentes ordenamientos jurídicos objeto de análisis comparativo, en términos generales, la obligación del asegurado de dar aviso oportuno a la aseguradora sobre la ocurrencia del siniestro. A renglón seguido, se establece la forma en que la Compañía puede deducir los perjuicios que se le causen por el incumplimiento de dicha obligación, carga o deber, en cada caso particular.
Se pretende entonces hacer un análisis crítico de la norma, profundizando más en el caso Colombiano, pero trayendo la normatividad de países como España, México, Bolivia, Argentina, y Brasil, para hacer una propuesta final, dadas las verdaderas implicaciones actuariales, presupuestales, de cálculo de prima, de asunción del riesgo, y demás circunstancias que analizaremos al respecto, para que la norma en realidad tenga fuerza coercitiva y vinculante, y objetivamente genere la atención y el cumplimiento en cabeza de los asegurados.