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Abstract
La inaplicabilidad de las convenciones probatorias en los juzgados de investigación preparatoria del Distrito Judicial de Huánuco en el período 2018 a octubre de 2022 se debe a que las partes procesales no las propusieron en la etapa intermedia. Prueba de ello es que los jueces no las aprobaron ni se desvincularon de ellas; también se debe a que los jueces no tienen amparo legal para proponer y formular convenciones probatorias en audiencia. En consecuencia, ello no contribuye a los principios de economía, celeridad y eficiencia procesal, en tanto que envían para el debate hechos probados no controvertidos, lo que se convierte en un afluente más de sobrecarga para el juicio oral.