Rodrigo Brito Melgarejo, Luis Julián Mireles Romero
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Abstract
Dentro de un Estado constitucional, el derecho de propiedad es un elemento central. Con la Constitución de 1917, emitida a partir de la Revolución mexicana, su regulación se hizo a través de los artículos 14 y 27 constitucionales, enfocados primordialmente en desarticular el latifundio porfirista, lograr el reparto agrario con el fin de eliminar la concentración de tierras en pocas manos y privilegiar el interés colectivo frente al privado, así como la participación del Estado. En ese sentido se estableció la redacción del texto fundamental. Por lo que respecta a la Corte y los criterios emitidos durante la quinta época (1917-1957) sobre los artículos antes mencionados, se observa que mantienen los postulados tendientes a satisfacer las demandas sociales hechas desde el periodo revolucionario junto a la permanencia de la propiedad individual.