{"title":"El principio de progresividad y no regresividad laboral en el cambio jurisprudencial: examen del beneficio de incremento pensional por persona a cargo","authors":"José Guillermo Espinosa Hios","doi":"10.22395/ojum.v20n42a7","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"En el presente artículo de reflexión intento defender la tesis conforme a la cual el principio de progresividad y no regresividad en los derechos sociales, que encuentra sustento normativo tanto en el plano nacional como internacional, se es exigible no solo al legislador, sino que este se hace extensible a las demás ramas de poder público, particularmente, a la rama judicial en ejercicio de las competencias que constitucional y legalmente le han sido encomendadas. Para lo anterior planteo la siguiente premisa: las Altas Cortes de Colombia en ejercicio de su función de unificar jurisprudencia no deben desconocer el mandato de progresividad y no regresividad laboral, en tanto el mentado principio no se predica únicamente de los cambios legales, sino también de las variaciones jurisprudenciales.\n ","PeriodicalId":30109,"journal":{"name":"Opinion Juridica","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-05-19","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Opinion Juridica","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.22395/ojum.v20n42a7","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
En el presente artículo de reflexión intento defender la tesis conforme a la cual el principio de progresividad y no regresividad en los derechos sociales, que encuentra sustento normativo tanto en el plano nacional como internacional, se es exigible no solo al legislador, sino que este se hace extensible a las demás ramas de poder público, particularmente, a la rama judicial en ejercicio de las competencias que constitucional y legalmente le han sido encomendadas. Para lo anterior planteo la siguiente premisa: las Altas Cortes de Colombia en ejercicio de su función de unificar jurisprudencia no deben desconocer el mandato de progresividad y no regresividad laboral, en tanto el mentado principio no se predica únicamente de los cambios legales, sino también de las variaciones jurisprudenciales.