Comentario sobre la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004, y su relación con la Ley de Responsabilidad Medioambienta
{"title":"Comentario sobre la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004, y su relación con la Ley de Responsabilidad Medioambienta","authors":"José Antonio Mandiá Orosa","doi":"10.56398/ajacieda.00319","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La Directiva, supuso que los Estados miembros de la Unión Europea dispusiesen de una norma legal común medioambiental para la protección de los recursos naturales en el ámbito de la Unión, con arreglo al principio de “quien contamina paga” bajo el sistema de régimen de responsabilidad mayormente objetivo e ilimitado, para contribuir a alcanzar la mayor eficacia en la protección y en la mejora de la calidad del medio ambiente, en los términos previstos en la misma.\n\nPor último, en referencia a los costes de reparación y evitación, la Directiva, impone a los Estados miembros fomentar el desarrollo de instrumentos de garantía financiera entre los operadores, con el fin de que el que resulte imputado por un daño al medio ambiente no le resulte una carga económica excesiva, y pueda hacer frente a sus responsabilidades.","PeriodicalId":53916,"journal":{"name":"Actualidad Juridica Ambiental","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.2000,"publicationDate":"2021-07-13","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Actualidad Juridica Ambiental","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.56398/ajacieda.00319","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"LAW","Score":null,"Total":0}
引用次数: 0
Abstract
La Directiva, supuso que los Estados miembros de la Unión Europea dispusiesen de una norma legal común medioambiental para la protección de los recursos naturales en el ámbito de la Unión, con arreglo al principio de “quien contamina paga” bajo el sistema de régimen de responsabilidad mayormente objetivo e ilimitado, para contribuir a alcanzar la mayor eficacia en la protección y en la mejora de la calidad del medio ambiente, en los términos previstos en la misma.
Por último, en referencia a los costes de reparación y evitación, la Directiva, impone a los Estados miembros fomentar el desarrollo de instrumentos de garantía financiera entre los operadores, con el fin de que el que resulte imputado por un daño al medio ambiente no le resulte una carga económica excesiva, y pueda hacer frente a sus responsabilidades.