{"title":"Libertad de expresión y libre ejercicio de la representación política. La retirada de palabras del Diario de Sesiones como sanción de amonestación","authors":"Sara Sieira Mucientes","doi":"10.33426/rcg/2023/115/1764","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La sentencia constituye el primer pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la potestad de la Presidencia de la Cámara de retirar determinadas palabras o conceptos ofensivos al decoro del Diario de Sesiones, como límite al derecho de participación política ( ius in officium, artículo 23.2 de la Constitución). El control constitucional se reduce a un enjuiciamiento liminar de la arbitrariedad manifiestamente irrazonable y discriminatoria. La sentencia reclama la aportación de precedentes en los que la misma Presidencia hubiera pasado por alto o consentido sin reprobación alguna, expresiones de igual cariz a la controvertida. Por depender el concepto de decoro de la libre valoración de la Presidencia, se descarta la aplicación del escrutinio estricto (principio de proporcionalidad). Se descarta asimismo la naturaleza jurídica sancionadora de la medida controvertida, lo que hubiera sido más acorde con su ubicación sistemática, el derecho parlamentario histórico y el derecho comparado, así como con su praxis: una amonestación, como juicio de reprobación, que figura por escrito y sine die en el Diario de Sesiones y, por tanto, lesiva del derecho al honor (art. 18.1 CE) base del concepto de decoro, derecho fundamental que la sentencia no menciona en absoluto.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-06-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de las Cortes Generales","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/115/1764","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
La sentencia constituye el primer pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la potestad de la Presidencia de la Cámara de retirar determinadas palabras o conceptos ofensivos al decoro del Diario de Sesiones, como límite al derecho de participación política ( ius in officium, artículo 23.2 de la Constitución). El control constitucional se reduce a un enjuiciamiento liminar de la arbitrariedad manifiestamente irrazonable y discriminatoria. La sentencia reclama la aportación de precedentes en los que la misma Presidencia hubiera pasado por alto o consentido sin reprobación alguna, expresiones de igual cariz a la controvertida. Por depender el concepto de decoro de la libre valoración de la Presidencia, se descarta la aplicación del escrutinio estricto (principio de proporcionalidad). Se descarta asimismo la naturaleza jurídica sancionadora de la medida controvertida, lo que hubiera sido más acorde con su ubicación sistemática, el derecho parlamentario histórico y el derecho comparado, así como con su praxis: una amonestación, como juicio de reprobación, que figura por escrito y sine die en el Diario de Sesiones y, por tanto, lesiva del derecho al honor (art. 18.1 CE) base del concepto de decoro, derecho fundamental que la sentencia no menciona en absoluto.
判决构成第一次宪法法院裁决权力主席室撤销某些会议的报纸的文字或冒犯性概念礼仪,如限制政治参与权利(《宪法》第23.2条ius in officium)。宪法审查可归结为对明显不合理和歧视性的任意行为的初步起诉。这一判决要求增加先例,在这些先例中,总统本人在没有任何谴责的情况下忽视或默许了类似于有争议的言论。由于礼仪的概念取决于总统的自由评估,严格的审查(比例原则)被排除在外。还排除法律性质测量易行的争议,就已经是更加符合其历史常规位置,议会法和比较法,以及与实践:类似的抗议,批评认为,书面和无限期地延长《华尔街日报》所载,因此会议的荣誉(权。18.1欧共体)礼节概念的基础,这是一项基本权利,在判决中根本没有提到。