{"title":"Igualdad y acciones afirmativas: El caso del acceso prioritario a los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México","authors":"Francisco Alejandro Olmos de la Torre","doi":"10.22201/iij.24484881e.2021.44.16169","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Este comentario ofrece una crítica a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tomada en la acción de inconstitucionalidad 215/2020, de desestimar un argumento formal de igualdad, por el cual se buscaba la inclusión de los hombres en una acción afirmativa dirigida exclusivamente a las mujeres. Salvo el ponente del asunto, los ministros y ministras consideraron que este planteamiento incluso invisibilizaba el problema de las mujeres y fortalecía la cultura machista. Parecieran ponerse en conflicto dos visiones de la igualdad: una formal y otra estructural. Desde una óptica conciliadora, el autor pretende mostrar la razonabilidad del planteamiento formal de igualdad, dado que no compromete en este caso a las mujeres, como grupo socialmente excluido.","PeriodicalId":53510,"journal":{"name":"Cuestiones Constitucionales","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2021-08-13","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Cuestiones Constitucionales","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2021.44.16169","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
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Abstract
Este comentario ofrece una crítica a la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tomada en la acción de inconstitucionalidad 215/2020, de desestimar un argumento formal de igualdad, por el cual se buscaba la inclusión de los hombres en una acción afirmativa dirigida exclusivamente a las mujeres. Salvo el ponente del asunto, los ministros y ministras consideraron que este planteamiento incluso invisibilizaba el problema de las mujeres y fortalecía la cultura machista. Parecieran ponerse en conflicto dos visiones de la igualdad: una formal y otra estructural. Desde una óptica conciliadora, el autor pretende mostrar la razonabilidad del planteamiento formal de igualdad, dado que no compromete en este caso a las mujeres, como grupo socialmente excluido.