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Abstract
El derecho de los trabajadores migrantes a un empleo decente en México, se encuentra plenamente reconocido en diversos instrumentos internacionales y en el derecho interno, de modo, que no importa la condición migratoria que tengan, pues, el derecho de igualdad y no discriminación son un derecho humano de ius cogens. Trabajador es la persona física que presta un trabajo personal subordinado a otra persona física o moral, en tanto que, el trabajo es un derecho y un deber social, debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud de quien lo presta y sus familiares dependientes. Por consiguiente, la condición migratoria de la persona no lo debe limitar a que tengan acceso a un trabajo decente; libre de discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, con acceso a la seguridad social y un salario remunerador, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo.