Comentario al laudo de BITARTU, Servicio Vasco de Arbitraje Cooperativo – CSCE, núm. abrev 20/2018, de 14 de enero de 2019. 1Expulsión de asociación socia de cooperativa
{"title":"Comentario al laudo de BITARTU, Servicio Vasco de Arbitraje Cooperativo – CSCE, núm. abrev 20/2018, de 14 de enero de 2019. 1Expulsión de asociación socia de cooperativa","authors":"Iñigo Nagore Aparicio","doi":"10.1387/gizaekoa.22235","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La asociación AXYZ es expulsada de una cooperativa de la que es socia por dejar de recibir los servicios de contabilidad y servicio de control, manteniendo solamente el servicio de informatización y porque en los trámites de ejecución provisional de sentencias de procedimientos judiciales instados por los señores A y B contra la COOPERATIVA esta ha tenido conocimiento de la contratación de los referidos señores por parte de AXYZ para la prestación del servicio de controladores desde el día 5 de junio de 2017 como trabajadores a jornada completa. Se entiende que dicha contratación entra en colisión directa con los servicios que la COOPERATIVA presta a los ganaderos, con los consiguientes perjuicios económicos para la COOPERATIVA.","PeriodicalId":55664,"journal":{"name":"Sancho el Sabio Revista de Investigacion VascaEuskal Ikerketa Aldizkaria","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2020-12-17","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Sancho el Sabio Revista de Investigacion VascaEuskal Ikerketa Aldizkaria","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.1387/gizaekoa.22235","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
引用次数: 0
Abstract
La asociación AXYZ es expulsada de una cooperativa de la que es socia por dejar de recibir los servicios de contabilidad y servicio de control, manteniendo solamente el servicio de informatización y porque en los trámites de ejecución provisional de sentencias de procedimientos judiciales instados por los señores A y B contra la COOPERATIVA esta ha tenido conocimiento de la contratación de los referidos señores por parte de AXYZ para la prestación del servicio de controladores desde el día 5 de junio de 2017 como trabajadores a jornada completa. Se entiende que dicha contratación entra en colisión directa con los servicios que la COOPERATIVA presta a los ganaderos, con los consiguientes perjuicios económicos para la COOPERATIVA.