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APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRIMACÍA DE LA REALIDAD EN LA DETERMINACIÓN DE LA NATURALEZA REMUNERATIVA DE LOS CONCEPTOS ECONÓMICOS
En las relaciones laborales de la administración pública, se perciben muchos conceptos económicos, que en su concepción jurídica no tienen la calidad de remunerativo, dado que, han sido excluidos por la norma de creación de dicho concepto económico; sin embargo, en la realidad fáctica cumplen con cada una de las características de la remuneración. En ese sentido, el objetivo del artículo, es determinar si es posible la aplicación del principio de primacía de la realidad para determinar la naturaleza remunerativa de los conceptos económicos percibidos por el trabajador de la administración pública. Dado el enfoque cualitativo, y de carácter jurídico dogmático, los métodos que se han utilizado, son: el analítico, inductivo, explicativo y métodos de interpretación jurídica, y la técnica de investigación es la observación documental. El resultado de la presente investigación ha sido favorable en función de los objetivos planteados, pues se ha concluido que existen argumentos suficientes para concluir que es posible la aplicación del principio de primacía de realidad para determinar la naturaleza remunerativa de un concepto económico, toda vez que, se ha determinado que el criterio conceptual o naturaleza remunerativa tiene predominancia sobre el criterio legal, de manera que, un concepto económico percibido en forma permanente y regular, de libre disponibilidad del trabajador, y que sea a consecuencia de una contraprestación, independientemente de su calificación legal y régimen laboral del trabajador de la administración pública, debe considerarse parte de la remuneración.