{"title":"改善国家产妇围产期研究所获得治疗性堕胎护理的机会,以保障妇女的生命权和健康","authors":"Jacqueline Chapa-Romero","doi":"10.33421/inmp.2021248","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Objetivo: Describir las acciones que realiza el Instituto Nacional Materno Perinatal, respecto al acceso a los servicios de salud para la atención de la mujer para aborto terapéutico. Material y Métodos: Estudio, descriptivo, transversal. Se revisaron todos los expedientes de solicitudes de aborto terapéutico y que fueron atendidos en el Instituto Nacional Materno Perinatal durante los periodos de enero a diciembre del 2019 y 2020. Resultados. Se atendieron 117 y 59 solicitudes para aborto terapéutico durante los periodos 2019 y 2020 respectivamente. La edad no es impedimento para solicitar el procedimiento de interrupción terapéutica voluntaria del embarazo, solo en los casos de menores de edad, se acompaña la firma de los padres o apoderados de la menor. Además, la institución cumple con informar al Ministerio Público para garantizar las medidas legales de tutela jurisdiccional en defensa de la libertad sexual de la menor. Todas las solicitudes, han seguido el procedimiento administrativo para su evaluación en junta médica, en los cuales se determina la aceptación o la negación del procedimiento. En 2019 y 2020 fueron aprobadas en junta médica 105 y 55 solicitudes respectivamente; y denegadas 12 y 4 casos respectivamente. Cumplieron con los criterios de las guías nacionales del MINSA en 90 y 46 solicitudes durante los años 2019 y 2020 respectivamente; quedando en alcance del protocolo médico institucional en 27 y 13 casos respectivamente. Cuentan con informe de salud mental aceptada en junta médica en 105 y 55 casos durante los periodos 2019 y 2020 respectivamente. 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Mejorando el acceso a la atención del aborto terapéutico en el Instituto Nacional Materno Perinatal en salvaguarda del derecho a la vida y la salud de la mujer
Objetivo: Describir las acciones que realiza el Instituto Nacional Materno Perinatal, respecto al acceso a los servicios de salud para la atención de la mujer para aborto terapéutico. Material y Métodos: Estudio, descriptivo, transversal. Se revisaron todos los expedientes de solicitudes de aborto terapéutico y que fueron atendidos en el Instituto Nacional Materno Perinatal durante los periodos de enero a diciembre del 2019 y 2020. Resultados. Se atendieron 117 y 59 solicitudes para aborto terapéutico durante los periodos 2019 y 2020 respectivamente. La edad no es impedimento para solicitar el procedimiento de interrupción terapéutica voluntaria del embarazo, solo en los casos de menores de edad, se acompaña la firma de los padres o apoderados de la menor. Además, la institución cumple con informar al Ministerio Público para garantizar las medidas legales de tutela jurisdiccional en defensa de la libertad sexual de la menor. Todas las solicitudes, han seguido el procedimiento administrativo para su evaluación en junta médica, en los cuales se determina la aceptación o la negación del procedimiento. En 2019 y 2020 fueron aprobadas en junta médica 105 y 55 solicitudes respectivamente; y denegadas 12 y 4 casos respectivamente. Cumplieron con los criterios de las guías nacionales del MINSA en 90 y 46 solicitudes durante los años 2019 y 2020 respectivamente; quedando en alcance del protocolo médico institucional en 27 y 13 casos respectivamente. Cuentan con informe de salud mental aceptada en junta médica en 105 y 55 casos durante los periodos 2019 y 2020 respectivamente. Conclusión: Todas las solicitudes de interrupción terapéutica voluntaria del embarazo, presentadas por las gestantes, han seguido el procedimiento administrativo para su evaluación mediante junta médica, sin embargo, en algunos expedientes no se han encontrado copia del informe de salud mental.