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La pacificación como paradigma de la justicia transicional en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición SIVJRNR
En el desarrollo de la investigación “La Justicia transicional en la Jurisdicción especial para la paz, ¿cambio de paradigmas?” se logró establecer que los planteamientos teóricos, epistemológicos y normativos que hacen parte del Acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC no son suficientes para la consolidación de la paz, mientras no exista la voluntad y el interés por parte del Estado y de la sociedad de promover un desarrollo social, político y económico con miras a la equidad, y menos aún, si estos no se hallan dirigidos hacia el logro de la convivencia pacífica en los términos del preámbulo y de los artículos 2 y 22 de la Carta Política de Colombia y de su trascendencia como valor supremo; máxime cuando lo que se evidencia hasta el momento es que la ejecución y el desarrollo de lo acordado obedece más a una política de pacificación que a la construcción de una paz estable y duradera, tal como sucedió con la implementación de la Ley de Justicia y Paz, ya que el paradigma de la Justicia Transicional en los dos modelos implementados en Colombia es la pacificación con sanción penal y no la consecución de la paz.