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De ahí que, mediante mandato de los países del G20[1], en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (en adelante OCDE) se diseñan y se aprueban las medidas del “Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios” (en adelante Plan de Acción OCDE/G20 o proyecto beps), en las que se concibe una nueva era en la tributación internacional, caracterizada por impulsar el cumplimiento tributario, el límite de las estrategias artificiosas de planeación fiscal para disminuir el pago de impuestos a la renta societaria, y el establecimiento del lenguaje fiscal universal. \n En tanto, es justo que se vaticine el nacimiento del orden jurídico de tributación internacional construido mediante disposiciones gestadas en el seno de organismos supranacionales, conocidas en el ámbito académico como soft law, en virtud de ser adoptadas por un número importante de legislaciones nacionales. \n \n[1] El grupo denominado como G20 se integra por Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Estados Unidos, Francia, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Reino Unido, República de Corea, Rusia, Sudáfrica, Turquía, y los países de la Unión Europea.","PeriodicalId":40328,"journal":{"name":"Anuario Colombiano de Derecho Internacional-ACDI","volume":"7 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.4000,"publicationDate":"2023-01-13","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"El nuevo orden jurídico internacional en materia tributaria\",\"authors\":\"Doris Teresita Mendoza López\",\"doi\":\"10.12804/revistas.urosario.edu.co/acdi/a.12342\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"En razón del reproche de la sociedad mundial por el aumento en las tasas impositivas al consumo y al ahorro, en consecuencia de la disminución en los ingresos fiscales en la mayoría de los países del orbe como resultado de los recientes modelos de negocios y sus cadenas de valor de las empresas globales, a través de los cuales se genera la mayor parte de la riqueza, distintos miembros de la comunidad internacional reclaman a los gobiernos y organismos internacionales el diseño de normas que regulen la fiscalidad de las transacciones comerciales-financieras desarrolladas en el escenario económico global. 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El nuevo orden jurídico internacional en materia tributaria
En razón del reproche de la sociedad mundial por el aumento en las tasas impositivas al consumo y al ahorro, en consecuencia de la disminución en los ingresos fiscales en la mayoría de los países del orbe como resultado de los recientes modelos de negocios y sus cadenas de valor de las empresas globales, a través de los cuales se genera la mayor parte de la riqueza, distintos miembros de la comunidad internacional reclaman a los gobiernos y organismos internacionales el diseño de normas que regulen la fiscalidad de las transacciones comerciales-financieras desarrolladas en el escenario económico global. De ahí que, mediante mandato de los países del G20[1], en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (en adelante OCDE) se diseñan y se aprueban las medidas del “Plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios” (en adelante Plan de Acción OCDE/G20 o proyecto beps), en las que se concibe una nueva era en la tributación internacional, caracterizada por impulsar el cumplimiento tributario, el límite de las estrategias artificiosas de planeación fiscal para disminuir el pago de impuestos a la renta societaria, y el establecimiento del lenguaje fiscal universal.
En tanto, es justo que se vaticine el nacimiento del orden jurídico de tributación internacional construido mediante disposiciones gestadas en el seno de organismos supranacionales, conocidas en el ámbito académico como soft law, en virtud de ser adoptadas por un número importante de legislaciones nacionales.
[1] El grupo denominado como G20 se integra por Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, China, Estados Unidos, Francia, India, Indonesia, Italia, Japón, México, Reino Unido, República de Corea, Rusia, Sudáfrica, Turquía, y los países de la Unión Europea.
期刊介绍:
El Anuario es una publicación científica arbitrada que tiene como objetivo difundir, en Colombia y en el exterior, la producción de conocimiento sobre Derecho Internacional. Para ello, publica artículos inéditos en las áreas del Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Internacional Económico y Arbitraje Internacional de Inversión escritos por investigadores nacionales y extranjeros. Su periodicidad es anual y el volumen del año correspondiente se publica en el mes de enero. Se reciben contribuciones en español, inglés, francés y portugués.