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Sin ley ni organismo técnico: la institucionalidad de la gestión de riesgo de desastres en la respuesta al terremoto de 2016 en Ecuador
El artículo estudia el marco jurídico ecuatoriano relativo a la gestión de riesgos de desastres en dos momentos. Primero, se describe el marco jurídico que existía previo al terremoto del 16 de abril de 2016 (16A); y, en segundo lugar, se analiza el marco jurídico generado a partir de decretos expedidos como respuesta al terremoto. A base de este análisis se concluye que las acciones de respuesta ante el 16A no se adecuaron plenamente al marco jurídico existente; al contrario, se presentó una sobreposición de funciones e instituciones. En consecuencia, teniendo presente el mandato del poder constituyente y la obligación estatal de proteger a las personas, las colectividades y la naturaleza de los efectos negativos de los desastres, el Ecuador debe adoptar una ley de gestión de riesgos que adecue la dispersión de normas e instituciones, colme las lagunas jurídicas, y solucione la inconstitucionalidad por la no adecuación legislativa.