El derecho a la protesta social: reflexiones sobre la necesidad de un criterio consecuencialista en el marco de la revisión jurisprudencial sobre la materia
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Abstract
El presente artículo busca analizar la tirantez producida entre el desarrollo del derecho constitucional a la protesta social –reunión pacífica, articulo 37 de la Constitución Política (1991) – y los derechos de las personas que no participan en ella. El artículo describe y analiza la línea jurisprudencial existente sobre la materia y presenta algunos comentarios guiados por el análisis económico del derecho y los métodos de interpretación constitucional.