{"title":"Convenios colectivos de la Administración: ¿son fuente de Derecho Administrativo?","authors":"Pablo Schiavi","doi":"10.7764/REDAE.29.2","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"Una fuente relativamente novedosa para el Derecho Administrativo es la incorporacion de normas a nuestro ordenamiento juridico mediante los convenios colectivos del sector publico. La admisibilidad de los Convenios Colectivos celebrados por las Administraciones estatales con las organizaciones de funcionarios publicos es actualmente reconocida (con especificidades) por la Doctrina del Derecho Laboral y del Derecho Administrativo. Por ende, afirma Carlos Delpiazzo, puede considerarse como propia de un Derecho General del Trabajo que prima sobre el Derecho Privado del Contrato de Trabajo y sobre el Derecho Administrativo de la Funcion Publica. Si bien la discusion relativa a la consideracion de los convenios colectivos de la Administracion como fuente del Derecho Administrativo estaria zanjada a nivel doctrinario, lo cual se refuerza con su reconocimiento legal y en innumerables convenios internacionales, en la practica se siguen vislumbrando dificultades a la hora de ejecutar en los hechos lo acordado entre la Administracion y sus funcionarios.","PeriodicalId":36696,"journal":{"name":"Revista de Derecho Administrativo Economico","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2019-05-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"1","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Derecho Administrativo Economico","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.7764/REDAE.29.2","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q3","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
引用次数: 1
Abstract
Una fuente relativamente novedosa para el Derecho Administrativo es la incorporacion de normas a nuestro ordenamiento juridico mediante los convenios colectivos del sector publico. La admisibilidad de los Convenios Colectivos celebrados por las Administraciones estatales con las organizaciones de funcionarios publicos es actualmente reconocida (con especificidades) por la Doctrina del Derecho Laboral y del Derecho Administrativo. Por ende, afirma Carlos Delpiazzo, puede considerarse como propia de un Derecho General del Trabajo que prima sobre el Derecho Privado del Contrato de Trabajo y sobre el Derecho Administrativo de la Funcion Publica. Si bien la discusion relativa a la consideracion de los convenios colectivos de la Administracion como fuente del Derecho Administrativo estaria zanjada a nivel doctrinario, lo cual se refuerza con su reconocimiento legal y en innumerables convenios internacionales, en la practica se siguen vislumbrando dificultades a la hora de ejecutar en los hechos lo acordado entre la Administracion y sus funcionarios.