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Derecho blando y la materialización del derecho cultural
Es importante establecer diálogos que pasen de un plano teórico a lo práctico en cuanto al reconocimiento y garantía de los derechos culturales a través de las diferentes normas que puedan emitir las entidades del Estado. Esto es especialmente importante en el caso del coleo, una manifestación cultural con un fuerte arraigo en Colombia, pero que ha enfrentado controversias en cuanto a su definición y protección. Es necesario abordar las discusiones que han tratado de resolver la dualidad en la concepción de las manifestaciones culturales, ya que algunos autores sostienen que estas nacen principalmente desde el individuo, mientras que otros argumentan que surgen a partir del desarrollo del individuo en colectivos. Esto dado el espectro de competencias de la actuación de la administración respecto de la zona informal y formal del cual se desprende el uso de la reserva de instrucción administrativa. De estos pronunciamientos, mucho son calificados como soft law (derecho blando) que desde la teoría no tiene el mismo poder vinculante. Por lo anterior, esta investigación aborda la manera en la que normas de derecho blando (soft law) como la Resolución 2380 de 2000 y la Resolución 3100 de 2015, ambas expedidas por COLDEPORTES (hoy Mindeportes), pueden ocupar espacios de normas de derecho duro (hard law) respecto de la atribución de características derivadas del derecho cultural a la manifestación conocida como coleo.