{"title":"对国际法院2016年3月17日对涉嫌侵犯加勒比海主权和海洋空间一案(尼加拉瓜诉哥伦比亚)判决的简短评论。《国际公法评论》,2016-2","authors":"Pierre-François Laval","doi":"10.15174/CJ.V7I14.288","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El caso de las presuntas violaciones de los derechos soberanos y de los espacios marítimos en el Mar del El Caribe prometió ser histórico (ver un análisis de las circunstancias del caso antes de que la sentencia de 17 de marzo de 2016, G. Vidigal, \"Compliance Adjudication at the ICJ - The Alleged Violations Case\", EJIL: Talk!, 26 de enero de 2016). Durante más de sesenta años, la Corte ha estado no se había recibido una solicitud que implicaba directamente la ejecución de una de sus sentencias! La iniciativa de Nicaragua en este sentido se originó en en las enérgicas reacciones a la sentencia de 19 de noviembre de 2012 (Territorial and Maritime Dispute (Nicaragua v. Colombia), ICJ Rec. 2012, pp. 624-720), que los términos utilizados por el juez Abraham en su opinión separada fue un presagio perfecto1. Recordemos que sólo diez días después de que se dictara la sentencia, el Presidente Juan Manuel Santos decidió retirar a Colombia del Pacto de Bogotá de 1948 con el fin de evitar una mayor exposición a las sentencias de la Corte Suprema de Justicia. El Tribunal de La Haya. El 10 de septiembre del año siguiente, declaró la decisión de la Corte sobre la base de la Constitución colombiana, que exige la celebración de un tratado por cualquier cambio en las fronteras. Estas declaraciones irán acompañadas de una serie de declaraciones que la solicitud nicaragüense, presentada el 26 de noviembre de 2013, lo presentó todo a la como una violación de los derechos soberanos y de los espacios marítimos que la Corte le había concedido. 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摘要
对于侵犯他国主权权利和东海海域加勒比答应成为历史(见分析这种情况下判决之前2016年3月17日,g . Vidigal,“遵守终审权at the ICJ -指称侵犯Case”,EJIL: Talk !2016年1月26日)。60多年来,法院一直没有收到直接涉及执行其判决的请求!倡议在这方面有它的起源在尼加拉瓜的有力反应2012年11月19日判决书(领土和海洋争端(尼加拉瓜诉哥伦比亚)、ICJ机制。2012年,pp. 624-720),亚伯拉罕法官所使用的术语是一个预兆perfecto1发表的独立意见。回想一下,在判决发布仅10天后,胡安·曼努埃尔·桑托斯总统决定将哥伦比亚从1948年的bogota公约中撤出,以避免进一步暴露在最高法院的判决之下。海牙法庭。次年9月10日,他宣布法院根据哥伦比亚宪法作出的决定,该宪法要求就任何边界变化缔结一项条约。这些声明将附有尼加拉瓜于2013年11月26日提交的申请中提出的一系列声明,这些声明称,法院授予尼加拉瓜的主权和海洋空间权利受到了侵犯。在2012年11月19日的判决中,作为违反不威胁或使用武力的义务。
Brèves Observations Sur L’arrêt De La Cour Internationale De Justice Du 17 Mars 2016, En L’affaire Des Violations Alléguées De Droits Souverains Et D’espaces Maritimes Dans La Mer Des Caraïbes (Nicaragua C. Colombie). Revue Générale De Droit International Public, 2016-2
El caso de las presuntas violaciones de los derechos soberanos y de los espacios marítimos en el Mar del El Caribe prometió ser histórico (ver un análisis de las circunstancias del caso antes de que la sentencia de 17 de marzo de 2016, G. Vidigal, "Compliance Adjudication at the ICJ - The Alleged Violations Case", EJIL: Talk!, 26 de enero de 2016). Durante más de sesenta años, la Corte ha estado no se había recibido una solicitud que implicaba directamente la ejecución de una de sus sentencias! La iniciativa de Nicaragua en este sentido se originó en en las enérgicas reacciones a la sentencia de 19 de noviembre de 2012 (Territorial and Maritime Dispute (Nicaragua v. Colombia), ICJ Rec. 2012, pp. 624-720), que los términos utilizados por el juez Abraham en su opinión separada fue un presagio perfecto1. Recordemos que sólo diez días después de que se dictara la sentencia, el Presidente Juan Manuel Santos decidió retirar a Colombia del Pacto de Bogotá de 1948 con el fin de evitar una mayor exposición a las sentencias de la Corte Suprema de Justicia. El Tribunal de La Haya. El 10 de septiembre del año siguiente, declaró la decisión de la Corte sobre la base de la Constitución colombiana, que exige la celebración de un tratado por cualquier cambio en las fronteras. Estas declaraciones irán acompañadas de una serie de declaraciones que la solicitud nicaragüense, presentada el 26 de noviembre de 2013, lo presentó todo a la como una violación de los derechos soberanos y de los espacios marítimos que la Corte le había concedido. En su sentencia de 19 de noviembre de 2012, y como incumplimiento de la obligación de abstenerse de la amenaza o el uso de la fuerza.