Francisco Javier Cevallos ortega, Paulina Leticia Mena Manzanillas
{"title":"监控艺术程序的例外分析。第357条第2款COGEP和宪法对第3条第2款辩护权的侵犯。76厄瓜多尔宪法G字母","authors":"Francisco Javier Cevallos ortega, Paulina Leticia Mena Manzanillas","doi":"10.47712/rd.2023.v8i2.235","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo y que no excedan de los cincuenta salarios básicos unificados (SBU) del trabajador, puedan ejercer su derecho de cobro, garantizando que este procedimiento sea célere y efectivo, contribuyendo así a descongestionar los procesos de administración de justicia. \nEste procedimiento incluye el patrocinio de un abogado, con una limitante: si el salario es inferior a los tres salarios básicos unificados (SBU) no se requiere este patrocinio; lo cual contraría lo dispuesto en la Constitución que expresa que todo trámite judicial requiere el patrocinio de un abogado, además en la práctica los casos presentan una oposición a la demanda lo cual conlleva a una audiencia única, para lo cual las partes requieren para su defensa de un abogado, a quien también se le limita el derecho al trabajo. Frente a esta situación se aborda la importancia de que el patrocinio de un abogado sea un requisito obligatorio independientemente de la cuantía de la obligación.","PeriodicalId":35326,"journal":{"name":"Revista de Derecho","volume":"11 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-08-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"ANÁLISIS DE LA EXCEPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MONITORIO ART. 357 INCISO SEGUNDO COGEP Y LA VULNERACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA DEFENSA DEL ART. 76 LETRA G DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR\",\"authors\":\"Francisco Javier Cevallos ortega, Paulina Leticia Mena Manzanillas\",\"doi\":\"10.47712/rd.2023.v8i2.235\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo y que no excedan de los cincuenta salarios básicos unificados (SBU) del trabajador, puedan ejercer su derecho de cobro, garantizando que este procedimiento sea célere y efectivo, contribuyendo así a descongestionar los procesos de administración de justicia. \\nEste procedimiento incluye el patrocinio de un abogado, con una limitante: si el salario es inferior a los tres salarios básicos unificados (SBU) no se requiere este patrocinio; lo cual contraría lo dispuesto en la Constitución que expresa que todo trámite judicial requiere el patrocinio de un abogado, además en la práctica los casos presentan una oposición a la demanda lo cual conlleva a una audiencia única, para lo cual las partes requieren para su defensa de un abogado, a quien también se le limita el derecho al trabajo. Frente a esta situación se aborda la importancia de que el patrocinio de un abogado sea un requisito obligatorio independientemente de la cuantía de la obligación.\",\"PeriodicalId\":35326,\"journal\":{\"name\":\"Revista de Derecho\",\"volume\":\"11 1\",\"pages\":\"\"},\"PeriodicalIF\":0.0000,\"publicationDate\":\"2023-08-15\",\"publicationTypes\":\"Journal Article\",\"fieldsOfStudy\":null,\"isOpenAccess\":false,\"openAccessPdf\":\"\",\"citationCount\":\"0\",\"resultStr\":null,\"platform\":\"Semanticscholar\",\"paperid\":null,\"PeriodicalName\":\"Revista de Derecho\",\"FirstCategoryId\":\"1085\",\"ListUrlMain\":\"https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i2.235\",\"RegionNum\":0,\"RegionCategory\":null,\"ArticlePicture\":[],\"TitleCN\":null,\"AbstractTextCN\":null,\"PMCID\":null,\"EPubDate\":\"\",\"PubModel\":\"\",\"JCR\":\"Q3\",\"JCRName\":\"Social Sciences\",\"Score\":null,\"Total\":0}","platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Derecho","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i2.235","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q3","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
ANÁLISIS DE LA EXCEPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MONITORIO ART. 357 INCISO SEGUNDO COGEP Y LA VULNERACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA DEFENSA DEL ART. 76 LETRA G DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR
El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo y que no excedan de los cincuenta salarios básicos unificados (SBU) del trabajador, puedan ejercer su derecho de cobro, garantizando que este procedimiento sea célere y efectivo, contribuyendo así a descongestionar los procesos de administración de justicia.
Este procedimiento incluye el patrocinio de un abogado, con una limitante: si el salario es inferior a los tres salarios básicos unificados (SBU) no se requiere este patrocinio; lo cual contraría lo dispuesto en la Constitución que expresa que todo trámite judicial requiere el patrocinio de un abogado, además en la práctica los casos presentan una oposición a la demanda lo cual conlleva a una audiencia única, para lo cual las partes requieren para su defensa de un abogado, a quien también se le limita el derecho al trabajo. Frente a esta situación se aborda la importancia de que el patrocinio de un abogado sea un requisito obligatorio independientemente de la cuantía de la obligación.
期刊介绍:
Revista de Derecho (Journal of Law). Published by the Universidad Austral de Chile, Faculty of Legal and Social Sciences. The Universidad Austral de Chile’s Revista de Derecho (Journal of Law) is a journal of general studies of Law, whose purpose is to contribute to the development of legal science, promoting plural and critical discussion on relevant legal topics, published in July and December of each year.