Calificación fiscal en los convenios fiscales de las rentas derivadas de la distribución de software adaptado. Al hilo de la Sentencia de la AN de 5 de octubre de 2022 (REC. 610/2018)
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Abstract
El presente trabajo tiene por objeto el comentario crítico de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 5 de octubre de 2022, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 610/2018. Los principales aspectos de la sentencia son dos. En primer lugar, analiza la calificación fiscal en el seno del Convenio fiscal hispano-irlandés de las rentas procedentes de la concesión del derecho de distribución en España de un software. En este punto, es importante la determinación de la naturaleza estándar o adaptada del software, ya que la tributación oscila entre beneficios empresariales o cánones, respectivamente. En segundo lugar, una vez que la sentencia declara que las rentas satisfechas a la entidad no residente son cánones, avala la deducción de los gastos asociados con la obtención de los cánones para el cálculo de la base de la retención, apartándose de la doctrina del Tribunal Supremo al respecto y apoyándose en una interpretación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictada en el caso Brisal (C-18/15).