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Abstract
El artículo se dedica a mostrar que, aunque en las diversas comunidades políticas el ordenamiento legal y las decisiones judiciales contravienen las exigencias del derecho natural en diversos puntos, o no las reconocen, el derecho natural rige en parte importante de la legislación y jurisprudencia de todas las sociedades. El desarrollo del escrito expone cinco modos de vigencia del derecho natural: en la creación de los preceptos legales, en la interpretación de los textos legales, en la integración del sistema legal, en la invalidación de la ley injusta que realizan los aplicadores del derecho, y en la aplicación de penas por las conductas que, aunque autorizadas por el ordenamiento legal del lugar y de la época, constituyen graves transgresiones del derecho natural. Se hace notar también que generalmente la locución “derecho natural” no se usa en el léxico jurídico, pero se recurre a sus principios y normas particulares.