{"title":"¿Falta de certeza jurídica frente a la emergencia climática? o ¿necesidad de recordar cuáles son los deberes de los Estados?","authors":"Pilar Moraga Sariego","doi":"10.5354/0719-4633.2023.71186","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"La evidencia de los efectos del cambio climático y la imposibilidad de alcanzar compromisos que generen efectos reales y concretos en materia de reducción de gases de efecto invernadero a nivel mundial, han dejado al descubierto los actuales desafíos del derecho frente a la emergencia climática. Tal situación ha dado lugar, de manera simultánea e inédita, a la presentación de tres solicitudes de opiniones consultivas ante el Tribunal Internacional del Mar, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia. Estas buscan que los jueces de estas jurisdicciones determinen, definan o precisen las obligaciones que tienen los Estados en este ámbito. No se trata solo de la necesidad de salvar la eventual falta de certeza jurídica que pueda existir, sino también de reafirmar los deberes de los Estados en el marco de una crisis planetaria de carácter socio ecológica, provocada por la actividad humana. Las respuestas que puedan otorgar dichos órganos constituyen una oportunidad para poner a los Estados cara a cara frente a su desidia y falta de ambición y de acción y, al mismo tiempo, abrir el camino para exigir el cumplimiento de sus obligaciones en los diversos foros que ofrece el derecho internacional. La primera de las iniciativas consiste en una solicitud de opinión consultiva (Jiménez, 2020), presentada el 12 de diciembre de 2022 ante el Tribunal Internacional de Derecho del Mar por parte de Estados insulares afectados por el aumento del nivel del mar, la contaminación y otras alteraciones del medio marino, liderados por Antigua y Barbuda y Tuvalu.1 Esta solicitud interroga al tribunal sobre las obligaciones","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2023-06-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2023.71186","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"Q4","JCRName":"Social Sciences","Score":null,"Total":0}
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Abstract
La evidencia de los efectos del cambio climático y la imposibilidad de alcanzar compromisos que generen efectos reales y concretos en materia de reducción de gases de efecto invernadero a nivel mundial, han dejado al descubierto los actuales desafíos del derecho frente a la emergencia climática. Tal situación ha dado lugar, de manera simultánea e inédita, a la presentación de tres solicitudes de opiniones consultivas ante el Tribunal Internacional del Mar, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia. Estas buscan que los jueces de estas jurisdicciones determinen, definan o precisen las obligaciones que tienen los Estados en este ámbito. No se trata solo de la necesidad de salvar la eventual falta de certeza jurídica que pueda existir, sino también de reafirmar los deberes de los Estados en el marco de una crisis planetaria de carácter socio ecológica, provocada por la actividad humana. Las respuestas que puedan otorgar dichos órganos constituyen una oportunidad para poner a los Estados cara a cara frente a su desidia y falta de ambición y de acción y, al mismo tiempo, abrir el camino para exigir el cumplimiento de sus obligaciones en los diversos foros que ofrece el derecho internacional. La primera de las iniciativas consiste en una solicitud de opinión consultiva (Jiménez, 2020), presentada el 12 de diciembre de 2022 ante el Tribunal Internacional de Derecho del Mar por parte de Estados insulares afectados por el aumento del nivel del mar, la contaminación y otras alteraciones del medio marino, liderados por Antigua y Barbuda y Tuvalu.1 Esta solicitud interroga al tribunal sobre las obligaciones