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Abstract
Resumen Los fondos buitre atacan los Estados endeudados cuando sus poblaciones más vulnerables sufren en carne propia los efectos de la crisis. Su accionar contra Argentina, sirvió de marco para que el Consejo de Derechos Humanos (DD. HH.) se involucre de lleno en el debate de cuestiones financieras hasta entonces cuasi-monopolizadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI). Este artículo analiza el diagnóstico y las soluciones propuestas a la problemática de estos fondos por parte de dicho Consejo entre 2014-2015 con el objeto de mostrar empíricamente las potencialidades y dificultades del enfoque de DD. HH. para penetrar en el campo financiero. A estos efectos, el trabajo da cuenta de las condiciones que posibilitaron la actuación de este órgano en el caso concreto y, a su vez, de la reacción que suscitó tal actuación por parte de los agentes dominantes de este campo. Se argumenta que la efectividad del “poder de veto” de estos agentes a iniciativas alternativas al orden financiero vigente, como la analizada, descansa, en buena medida, en el alto grado de concentración material del mercado de deuda soberana en el que estos fondos se desenvuelven.