{"title":"14岁以下儿童性虐待犯罪的生物证据缺乏持久性,刑事判决中缺乏证据动机","authors":"Belinda Marisol Vilca Chavez","doi":"10.57261/rcash.v2i1.27","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El objetivo fue establecer si en los casos de violación sexual de menores de 14 años existe perennización de las evidencias biológicas encontradas en la víctima y analizar la forma de su valoración en la sentencia. El método fue no experimental de enfoque cuantitativo, descriptivo – correlacional; se aplicó muestreo no probabilístico, de un universo compuesto por el estudio de nueve sentencias que representaron al 100% de casos. Los resultados indican que los procesos penales seguidos por el delito de violación sexual de menores de 14 años de edad, se procede a perennizar las evidencias biológicas que se encontraban en las personas consideradas como presuntas víctimas y además cómo es que se valoraban por los jueces al momento de emitir sentencia. Durante el año 2016 el Juzgado Penal Colegiado de Puno emitió 09 sentencias, 04 condenatorias y 06 absolutorias, verificándose que sólo en una de ellas se procedió a perennizar las evidencias biológicas que fue determinante para la determinación de la responsabilidad penal, en tanto que en otros casos sólo se valoró el contenido del certificado médico legal y las afirmaciones efectuadas por el médico que los otorgó, lo cual no pudo ser corroborado en juicio por la falta de perennización, no obstante ello, fueron objeto de condena y sobre los procesos en que hubo declaración de inocencia, tampoco se valoraron evidencias perennizadas, sino en términos genéricos, insuficiencia probatoria. Se concluye que no existe perennización de evidencias biológicas en los casos de violación sexual que prevé el Código Penal.","PeriodicalId":165107,"journal":{"name":"REVISTA CIENTIFICA ANDINA \"science & humanities\"","volume":"146 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2022-09-04","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"0","resultStr":"{\"title\":\"AUSENCIA DE PERENNIZACIÓN DE EVIDENCIAS BIOLÓGICAS EN DELITOS DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENORES DE 14 AÑOS Y LA CARENCIA DE MOTIVACIÓN PROBATORIA EN LAS SENTENCIAS PENALES\",\"authors\":\"Belinda Marisol Vilca Chavez\",\"doi\":\"10.57261/rcash.v2i1.27\",\"DOIUrl\":null,\"url\":null,\"abstract\":\"El objetivo fue establecer si en los casos de violación sexual de menores de 14 años existe perennización de las evidencias biológicas encontradas en la víctima y analizar la forma de su valoración en la sentencia. 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AUSENCIA DE PERENNIZACIÓN DE EVIDENCIAS BIOLÓGICAS EN DELITOS DE VIOLACIÓN SEXUAL DE MENORES DE 14 AÑOS Y LA CARENCIA DE MOTIVACIÓN PROBATORIA EN LAS SENTENCIAS PENALES
El objetivo fue establecer si en los casos de violación sexual de menores de 14 años existe perennización de las evidencias biológicas encontradas en la víctima y analizar la forma de su valoración en la sentencia. El método fue no experimental de enfoque cuantitativo, descriptivo – correlacional; se aplicó muestreo no probabilístico, de un universo compuesto por el estudio de nueve sentencias que representaron al 100% de casos. Los resultados indican que los procesos penales seguidos por el delito de violación sexual de menores de 14 años de edad, se procede a perennizar las evidencias biológicas que se encontraban en las personas consideradas como presuntas víctimas y además cómo es que se valoraban por los jueces al momento de emitir sentencia. Durante el año 2016 el Juzgado Penal Colegiado de Puno emitió 09 sentencias, 04 condenatorias y 06 absolutorias, verificándose que sólo en una de ellas se procedió a perennizar las evidencias biológicas que fue determinante para la determinación de la responsabilidad penal, en tanto que en otros casos sólo se valoró el contenido del certificado médico legal y las afirmaciones efectuadas por el médico que los otorgó, lo cual no pudo ser corroborado en juicio por la falta de perennización, no obstante ello, fueron objeto de condena y sobre los procesos en que hubo declaración de inocencia, tampoco se valoraron evidencias perennizadas, sino en términos genéricos, insuficiencia probatoria. Se concluye que no existe perennización de evidencias biológicas en los casos de violación sexual que prevé el Código Penal.