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Algunas reflexiones sobre la dignidad y la reparación del daño en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
El modelo de reparaciones instaurado a comienzos del milenio por la Corte Interamericana de Derechos Humanos realiza un uso argumentativo del término dignidad. En estas notas se ofrece un breve examen de ese uso, tanto desde la perspectiva normativa como desde una dimensión semántica. Se evidencia que la invocación de la dignidad en la reparación del daño inmaterial no tiene anclaje en el texto convencional, que constituye un estándar en la fundamentación de la sentencia –que luego se transforma en regla en su parte resolutiva–, y que conlleva algunas imprecisiones terminológicas sobre las que es preciso advertir.