{"title":"Protección jurídica de los adultos mayores en Risaralda (2016-2018) desde la perspectiva del Estado social de Derecho","authors":"Alexandra Hurtado Maya, Elkin Andres Heredia Ríos","doi":"10.30854/anf.v29.n52.2022.801","DOIUrl":null,"url":null,"abstract":"El presente artículo de investigación tiene como objetivo principal analizar la efectividad que ha tenido la normativa y jurisprudencia para la protección del mínimo vital de los adultos mayores en el departamento de Risaralda durante el período 2016-2018. El envejecimiento es un proceso natural del ser humano en el que ocurre un deterioro de las capacidades psicomotoras e intersubjetivas que, en términos de calidad de vida y dignidad, genera una condición de vulnerabilidad y por ende de urgencia de cuidado y atención. Esta realidad hace necesario evidenciar el cumplimiento de objetivos por parte del Estado colombiano en torno a este reto. En la medida en que es el garante de los derechos relacionados con la protección e inclusión de los adultos mayores como grupo especial de una sociedad que se autodefine según los principios del Estado social de Derecho y de una justicia redistributiva, el Estado debe propender por la garantía del mínimo vital de esta población. Objetivo: determinar el nivel de protección al mínimo vital de los adultos mayores como sujetos de especial protección constitucional frente a la política pública para el envejecimiento y de los adultos mayores adscritos a los centros de atención institucional públicos en el departamento de Risaralda. Metodología: el enfoque seleccionado fue el socio-jurídico con método mixto. Las técnicas e instrumentos de recolección de información se aplicaron a partir del análisis y revisión de fuentes documentales de la norma y jurisprudencias. Las categorías iniciales planteadas son “mínimo vital”, “derechos fundamentales” y “justicia social”. Resultados: se evidenció durante toda la aplicación metodológica que, aunque en la legislación se encuentra plasmada toda una regulación de normativa en protección al mínimo vital y los derechos de dicha población, no es evidente su buen cuidado, pues las diferentes estadísticas muestran que los adultos mayores mejor protegidos y con una buena calidad de vida son aquellos que hacen parte de hogares privados. Conclusiones: no hay una cobertura a la garantía del mínimo vital para los abuelos que se encuentran en condición de vulnerabilidad en hogares públicos, ya que se establecen una serie de requisitos legales y procedimentales para el acceso a las ayudas gubernamentales, y la mayoría no cumplen con dichos parámetros requeridos, lo que de alguna manera evidencia una afectación a los principios y derechos constitucionales por parte de dicha función estatal.","PeriodicalId":31179,"journal":{"name":"Anfora","volume":"227 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0000,"publicationDate":"2022-03-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":"1","resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":null,"PeriodicalName":"Anfora","FirstCategoryId":"1085","ListUrlMain":"https://doi.org/10.30854/anf.v29.n52.2022.801","RegionNum":0,"RegionCategory":null,"ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":null,"EPubDate":"","PubModel":"","JCR":"","JCRName":"","Score":null,"Total":0}
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Abstract
El presente artículo de investigación tiene como objetivo principal analizar la efectividad que ha tenido la normativa y jurisprudencia para la protección del mínimo vital de los adultos mayores en el departamento de Risaralda durante el período 2016-2018. El envejecimiento es un proceso natural del ser humano en el que ocurre un deterioro de las capacidades psicomotoras e intersubjetivas que, en términos de calidad de vida y dignidad, genera una condición de vulnerabilidad y por ende de urgencia de cuidado y atención. Esta realidad hace necesario evidenciar el cumplimiento de objetivos por parte del Estado colombiano en torno a este reto. En la medida en que es el garante de los derechos relacionados con la protección e inclusión de los adultos mayores como grupo especial de una sociedad que se autodefine según los principios del Estado social de Derecho y de una justicia redistributiva, el Estado debe propender por la garantía del mínimo vital de esta población. Objetivo: determinar el nivel de protección al mínimo vital de los adultos mayores como sujetos de especial protección constitucional frente a la política pública para el envejecimiento y de los adultos mayores adscritos a los centros de atención institucional públicos en el departamento de Risaralda. Metodología: el enfoque seleccionado fue el socio-jurídico con método mixto. Las técnicas e instrumentos de recolección de información se aplicaron a partir del análisis y revisión de fuentes documentales de la norma y jurisprudencias. Las categorías iniciales planteadas son “mínimo vital”, “derechos fundamentales” y “justicia social”. Resultados: se evidenció durante toda la aplicación metodológica que, aunque en la legislación se encuentra plasmada toda una regulación de normativa en protección al mínimo vital y los derechos de dicha población, no es evidente su buen cuidado, pues las diferentes estadísticas muestran que los adultos mayores mejor protegidos y con una buena calidad de vida son aquellos que hacen parte de hogares privados. Conclusiones: no hay una cobertura a la garantía del mínimo vital para los abuelos que se encuentran en condición de vulnerabilidad en hogares públicos, ya que se establecen una serie de requisitos legales y procedimentales para el acceso a las ayudas gubernamentales, y la mayoría no cumplen con dichos parámetros requeridos, lo que de alguna manera evidencia una afectación a los principios y derechos constitucionales por parte de dicha función estatal.