Pub Date : 2022-07-16DOI: 10.11144/javeriana.ucan36.dssn
Maria Maddalena Mazzia
Ha un senso parlare oggi di diritto e Sacra Scrittura? E cercare di capire come può questo rapporto aiutare l’uomo moderno nel suo anelito verso la verità, nel suo rapporto con Dio? Il diritto non può prescindere dalla Sacra Scrittura che, in quanto Parola di Dio, va sempre tenuta presente, sia da parte dei giuristi che dei politici cattolici, nella gestione del bene comune. Il diritto nella Chiesa trova il suo fondamento nella Sacra Scrittura, è un dono di Dio attraverso la Rivelazione. Sacra Scrittura e Diritto nella Chiesa perseguono un unico fine, la salvezza delle anime, attraverso un’unica legge, la Legge dell’Amore. Nel realizzarsi della legge dell’Amore l’uomo vive un nuovo umanesimo.
{"title":"Diritto, Sacra Scrittura e nuovo umanesimo","authors":"Maria Maddalena Mazzia","doi":"10.11144/javeriana.ucan36.dssn","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan36.dssn","url":null,"abstract":"Ha un senso parlare oggi di diritto e Sacra Scrittura? E cercare di capire come può questo rapporto aiutare l’uomo moderno nel suo anelito verso la verità, nel suo rapporto con Dio? \u0000Il diritto non può prescindere dalla Sacra Scrittura che, in quanto Parola di Dio, va sempre tenuta presente, sia da parte dei giuristi che dei politici cattolici, nella gestione del bene comune. \u0000Il diritto nella Chiesa trova il suo fondamento nella Sacra Scrittura, è un dono di Dio attraverso la Rivelazione. \u0000Sacra Scrittura e Diritto nella Chiesa perseguono un unico fine, la salvezza delle anime, attraverso un’unica legge, la Legge dell’Amore. \u0000Nel realizzarsi della legge dell’Amore l’uomo vive un nuovo umanesimo.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"99 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-07-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"116614992","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2022-07-16DOI: 10.11144/javeriana.ucan36.ejcp
Carlos Guillermo Arias Jiménez
El Código de Derecho Canónico de 1983, en el canon 788 §3, dice que corresponde a las conferencias episcopales publicar unos estatutos por los que se regule el catecumenado, determinando qué obligaciones deben cumplir los catecúmenos y qué prerrogativas se les reconocen. Este artículo es una propuesta de elaboración del estatuto del catecúmeno para la Conferencia Episcopal de Colombia de manera que pueda responder a esta exigencia, ya que en su legislación particular de 1986 y la más reciente del 2015 aún no ha cumplido con este pedido.
{"title":"El estatuto jurídico del catecúmeno:","authors":"Carlos Guillermo Arias Jiménez","doi":"10.11144/javeriana.ucan36.ejcp","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan36.ejcp","url":null,"abstract":"El Código de Derecho Canónico de 1983, en el canon 788 §3, dice que corresponde a las conferencias episcopales publicar unos estatutos por los que se regule el catecumenado, determinando qué obligaciones deben cumplir los catecúmenos y qué prerrogativas se les reconocen. Este artículo es una propuesta de elaboración del estatuto del catecúmeno para la Conferencia Episcopal de Colombia de manera que pueda responder a esta exigencia, ya que en su legislación particular de 1986 y la más reciente del 2015 aún no ha cumplido con este pedido.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"1 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-07-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"130650333","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2022-07-16DOI: 10.11144/javeriana.ucan36.adic
Jorge Antonio Di Nicco
Este artículo trata sobre la asesoría diocesana sobre inmuebles y cuestiones edilicias, temática sobre la cual no abunda la bibliografía, explicando su importancia y la necesidad de que cada curia diocesana cuente con ella. Se desarrollan las cualidades que deben poseer sus integrantes, su función, plazo de nombramiento y retribución, entre otros aspectos. Asimismo, se presenta una estadística sobre su existencia en iglesias particulares de Argentina, Brasil, Chile y Uruguay, puntualizando en el caso de una diócesis que cuenta con la asesoría desde hace casi veinte años. Por último, se realiza una propuesta de lege ferenda. Así, este trabajo se introduce en una temática que todavía no ha sido profundizada, pero que merece serlo.
{"title":"Asesoría diocesana sobre inmuebles y cuestiones edilicias:","authors":"Jorge Antonio Di Nicco","doi":"10.11144/javeriana.ucan36.adic","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan36.adic","url":null,"abstract":"Este artículo trata sobre la asesoría diocesana sobre inmuebles y cuestiones edilicias, temática sobre la cual no abunda la bibliografía, explicando su importancia y la necesidad de que cada curia diocesana cuente con ella. Se desarrollan las cualidades que deben poseer sus integrantes, su función, plazo de nombramiento y retribución, entre otros aspectos. Asimismo, se presenta una estadística sobre su existencia en iglesias particulares de Argentina, Brasil, Chile y Uruguay, puntualizando en el caso de una diócesis que cuenta con la asesoría desde hace casi veinte años. Por último, se realiza una propuesta de lege ferenda. Así, este trabajo se introduce en una temática que todavía no ha sido profundizada, pero que merece serlo.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"43 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-07-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"115636482","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2018-12-30DOI: 10.11144/javeriana.ucan35-51.ccda
Jorge Luis Miranda Pérez
Este artículo busca establecer, a través del análisis, la competencia que le ha sido otorgada a la curia diocesana entendida como cuerpo jurídico eclesiástico. A los clérigos se les ha designado el ejercicio de potestad sobre ciertos vínculos jurídicos que solo les compete a ellos mantener por su misma condición clerical. La potestad jurídica de la Iglesia para actuar dentro de sus mismos intereses ha sido permitida por el Estado colombiano, institución en la que el derecho divino converge con el derecho positivo, lo que permite salvaguardar los bienes de la Iglesia católica como institución divina al servicio del bien común.
{"title":"Competencias de la curia diocesana en el ámbito de la creación, registro y certificación de las personas jurídicas en Colombia","authors":"Jorge Luis Miranda Pérez","doi":"10.11144/javeriana.ucan35-51.ccda","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan35-51.ccda","url":null,"abstract":"Este artículo busca establecer, a través del análisis, la competencia que le ha sido otorgada a la curia diocesana entendida como cuerpo jurídico eclesiástico. A los clérigos se les ha designado el ejercicio de potestad sobre ciertos vínculos jurídicos que solo les compete a ellos mantener por su misma condición clerical. La potestad jurídica de la Iglesia para actuar dentro de sus mismos intereses ha sido permitida por el Estado colombiano, institución en la que el derecho divino converge con el derecho positivo, lo que permite salvaguardar los bienes de la Iglesia católica como institución divina al servicio del bien común.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"25 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2018-12-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"125480892","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2018-12-30DOI: 10.11144/javeriana.ucan35-51.dcdc
Maria Maddalena Mazziaa
El derecho canónico es importante en la vida de La Iglesia ya que permite la materialización de la doctrina. Examinamos algunos pasajes importantes de la era moderna, comenzando con la Codificación de 1917, pasando por el Código de 1983 y llegando al día de hoy con algunas consideraciones para posibles cambios y actualizaciones, con miras a proveer un mejor servicio en pro del bien común y la salvación de las almas.
{"title":"Del Código de 1917 al Código de 1983... y otros","authors":"Maria Maddalena Mazziaa","doi":"10.11144/javeriana.ucan35-51.dcdc","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan35-51.dcdc","url":null,"abstract":"El derecho canónico es importante en la vida de La Iglesia ya que permite la materialización de la doctrina. Examinamos algunos pasajes importantes de la era moderna, comenzando con la Codificación de 1917, pasando por el Código de 1983 y llegando al día de hoy con algunas consideraciones para posibles cambios y actualizaciones, con miras a proveer un mejor servicio en pro del bien común y la salvación de las almas.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"5 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2018-12-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"122589133","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2018-12-30DOI: 10.11144/javeriana.ucan35-51.aebt
Ismael Arturo Garceranth Ramos
Los documentos conciliares Lumen Gentium, Presbyterorum Ordinis y Perfectae Caritatis fueron fuente para la posterior elaboración de ciertos cánones del Código de Derecho Canónico (CIC, por sus siglas en latín) (Juan Pablo II, 1983) referidos a la administración y enajenación de bienes eclesiásticos, en especial de aquellos pertenecientes a los institutos religiosos. Este artículo se ubica dentro del Libro V del CIC (Juan Pablo II, 1983) y guarda relación y continuidad con otros artículos del mismo autor que también nacieron del Libro en mención. Estos artículos han sido publicados en revistas anteriores de esta colección de Universitas Canonica. De manera particular, se destaca la primera parte del presente artículo, titulado “Administración y enajenación de bienes temporales eclesiásticos de institutos religiosos a la luz del Concilio Vaticano II: Lumen Gentium, cap. VI, Presbyterorum Ordinis no. 17 y Perfectae Caritatis no. 13” (Parte I), en el que se aborda el tema en mención y su relación con el decreto Presbyterorum Ordinis no. 17. Continuando con esta temática, y para un segundo momento, en el presente artículo estudiaremos el Capítulo VI de la Constitución Dogmática Lumen Gentium y, finalmente, en un tercer artículo, con el mismo fin y la misma metodología, analizaremos el no. 13 del decreto Perfectae Caritatis.
文件conciliares腔Gentium, Presbyterorum Ordinis和Perfectae Caritatis被某些标准的资料来源为日后编写《教会法(CIC的拉丁语)(1983年,约翰·保罗二世),即教会财产的管理和处置,特别是那些属于宗教机构。这篇文章被放在CIC的第五卷(约翰·保罗二世,1983),并与同一作者的其他文章保持联系和连续性,这些文章也诞生于上述书。这些文章发表在本合集的早期期刊上。在这篇文章中,我特别强调了这篇文章的第一部分,题为“根据第二次梵蒂冈会议的规定,宗教机构的临时教会财产的管理和处置:Lumen Gentium,第六章,Presbyterorum Ordinis no。”他的父亲是一名律师,母亲是一名律师。第13号(第一部分),其中讨论了上述主题及其与第13号长老会法令的关系。17. 继续这个主题,第二步,在本文中,我们将研究《Lumen Gentium》的教条式宪法第六章,最后,在第三篇文章中,以同样的目的和方法,我们将分析no。《完美慈善法令》第13条。
{"title":"Administración y enajenación de bienes temporales eclesiásticos a la luz del Concilio Vaticano II. Parte II: Lumen Gentium, cap. VI; Presbyterorum Ordinis n.o 17, y Perfectae Caritatis n.o 13","authors":"Ismael Arturo Garceranth Ramos","doi":"10.11144/javeriana.ucan35-51.aebt","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ucan35-51.aebt","url":null,"abstract":"Los documentos conciliares Lumen Gentium, Presbyterorum Ordinis y Perfectae Caritatis fueron fuente para la posterior elaboración de ciertos cánones del Código de Derecho Canónico (CIC, por sus siglas en latín) (Juan Pablo II, 1983) referidos a la administración y enajenación de bienes eclesiásticos, en especial de aquellos pertenecientes a los institutos religiosos. \u0000Este artículo se ubica dentro del Libro V del CIC (Juan Pablo II, 1983) y guarda relación y continuidad con otros artículos del mismo autor que también nacieron del Libro en mención. Estos artículos han sido publicados en revistas anteriores de esta colección de Universitas Canonica. De manera particular, se destaca la primera parte del presente artículo, titulado “Administración y enajenación de bienes temporales eclesiásticos de institutos religiosos a la luz del Concilio Vaticano II: Lumen Gentium, cap. VI, Presbyterorum Ordinis no. 17 y Perfectae Caritatis no. 13” (Parte I), en el que se aborda el tema en mención y su relación con el decreto Presbyterorum Ordinis no. 17. \u0000Continuando con esta temática, y para un segundo momento, en el presente artículo estudiaremos el Capítulo VI de la Constitución Dogmática Lumen Gentium y, finalmente, en un tercer artículo, con el mismo fin y la misma metodología, analizaremos el no. 13 del decreto Perfectae Caritatis.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"27 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2018-12-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"133395614","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2018-12-30DOI: 10.11144/javeriana.syp38-75.arpn
María Victoria Hernández Rodríguez
La traducción a lengua española de los primeros comentarios al motu proprio Maiorem hac dilectionem es motivo, en este artículo que la acompaña, para proponer algunas reflexiones sobre la nueva vía aprobada y promulgada por el Papa Francisco para las beatificaciones y canonizaciones. En concreto, se tratarán consideraciones concernientes a los criterios de prueba, establecidos en el art. 2 del motu proprio, como la locución adverbial “al menos” y “a corto plazo” y la expresión “ejercicio ordinario de las virtudes”. Estas son cuestiones abiertas que la praxis de la Congregación para las Causas de los Santos perfilará y completará con esmero y prudencia a medida que examinará los supuestos que serán propuestos por esta nueva vía.
在这篇文章中,对motu proprio Maiorem hac dilectionem的第一个评论的西班牙语翻译,是对教皇方济各批准和颁布的宣福礼和封圣的新方法提出一些思考的原因。具体地说,将考虑到第2条所规定的测试标准。2) motu proprio,如状语短语“至少”和“短期”,以及表达“美德的日常锻炼”。这些都是开放的问题,圣徒事业教会的实践将以谨慎和谨慎的方式概述和完成,因为它将审查这一新的途径将提出的假设。
{"title":"Algunas reflexiones a propósito de la nueva vía en las causas de los santos","authors":"María Victoria Hernández Rodríguez","doi":"10.11144/javeriana.syp38-75.arpn","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.syp38-75.arpn","url":null,"abstract":"La traducción a lengua española de los primeros comentarios al motu proprio Maiorem hac dilectionem es motivo, en este artículo que la acompaña, para proponer algunas reflexiones sobre la nueva vía aprobada y promulgada por el Papa Francisco para las beatificaciones y canonizaciones. En concreto, se tratarán consideraciones concernientes a los criterios de prueba, establecidos en el art. 2 del motu proprio, como la locución adverbial “al menos” y “a corto plazo” y la expresión “ejercicio ordinario de las virtudes”. Estas son cuestiones abiertas que la praxis de la Congregación para las Causas de los Santos perfilará y completará con esmero y prudencia a medida que examinará los supuestos que serán propuestos por esta nueva vía.","PeriodicalId":234253,"journal":{"name":"Universitas Canónica","volume":"13 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2018-12-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"127040011","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}