Pub Date : 2020-12-17DOI: 10.11144/javeriana.ris53.ntaa
Martín Zapiola Guerrico
El autor analiza el impacto de las nuevas tecnologías en la actividad aseguradora -fenómeno conocido como Insurtech- y destaca las posibles cuestiones jurídicas que pudieran surgir, entre ellas, el uso antijurídico de datos personales y el eventual sesgo discriminatorio de los algoritmos utilizados en la operatoria asegurativa. A los efectos de facilitar el debate jurídico de las distintas cuestiones tratadas, el artículo explica los conceptos básicos referidos a cada una de las tecnologías involucradas en Insurtech.
{"title":"Las nuevas tecnologías en la actividad aseguradora","authors":"Martín Zapiola Guerrico","doi":"10.11144/javeriana.ris53.ntaa","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris53.ntaa","url":null,"abstract":"El autor analiza el impacto de las nuevas tecnologías en la actividad aseguradora -fenómeno conocido como Insurtech- y destaca las posibles cuestiones jurídicas que pudieran surgir, entre ellas, el uso antijurídico de datos personales y el eventual sesgo discriminatorio de los algoritmos utilizados en la operatoria asegurativa. A los efectos de facilitar el debate jurídico de las distintas cuestiones tratadas, el artículo explica los conceptos básicos referidos a cada una de las tecnologías involucradas en Insurtech.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"316 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-12-17","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"132098138","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-17DOI: 10.11144/javeriana.ris53.coli
Pablo Medina Magallanes, Miguel Ángel De la Fuente
Frente al surgimiento de las nuevas tecnologías, la regulación tradicional enfrenta desafíos diversos para poder adaptarse a las cambiantes circunstancias económicas y sociales que todo esto conlleva. El objeto del presente artículo es hablar de manera específica sobre la aplicación de las nuevas tecnologías al contrato de seguro, estableciendo los retos a los que se enfrenta el actual panorama regulatorio y los principales elementos para regular las nuevas tecnologías emergentes. Se busca explicar, desde una perspectiva legal, el funcionamiento de la contratación electrónica de seguros en México y establecer algunas consideraciones de lo que podría ser tomado en cuenta por la regulación para resolver algunas de las problemáticas esenciales que enfrenta estas nuevas formas de canales de comercialización de productos de seguros.
{"title":"Contratación on-line","authors":"Pablo Medina Magallanes, Miguel Ángel De la Fuente","doi":"10.11144/javeriana.ris53.coli","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris53.coli","url":null,"abstract":"Frente al surgimiento de las nuevas tecnologías, la regulación tradicional enfrenta desafíos diversos para poder adaptarse a las cambiantes circunstancias económicas y sociales que todo esto conlleva. El objeto del presente artículo es hablar de manera específica sobre la aplicación de las nuevas tecnologías al contrato de seguro, estableciendo los retos a los que se enfrenta el actual panorama regulatorio y los principales elementos para regular las nuevas tecnologías emergentes. Se busca explicar, desde una perspectiva legal, el funcionamiento de la contratación electrónica de seguros en México y establecer algunas consideraciones de lo que podría ser tomado en cuenta por la regulación para resolver algunas de las problemáticas esenciales que enfrenta estas nuevas formas de canales de comercialización de productos de seguros.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"241 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-12-17","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"130606366","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-17DOI: 10.11144/JAVERIANA.RIS53.RCAS
Juan Bataller-Grau
La responsabilidad civil profesional del agente ha sido resuelta por el legislador por una lacónica norma de la que es dable extraer dos consecuencias: el régimen jurídico aplicable no es el mismo para agentes exclusivos y vinculados que para operadores de banca seguros; y la previsión del legislador se limita a imputar esta responsabilidad civil al asegurador cuando de agente exclusivo o vinculado se trate. Esta escueta regulación deja muchas cuestiones abiertas lo que obliga a analizar los diferentes elementos de cualquier responsabilidad civil a la luz de la nueva regulación.
{"title":"La responsabilidad civil del agente de seguros","authors":"Juan Bataller-Grau","doi":"10.11144/JAVERIANA.RIS53.RCAS","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/JAVERIANA.RIS53.RCAS","url":null,"abstract":"La responsabilidad civil profesional del agente ha sido resuelta por el legislador por una lacónica norma de la que es dable extraer dos consecuencias: el régimen jurídico aplicable no es el mismo para agentes exclusivos y vinculados que para operadores de banca seguros; y la previsión del legislador se limita a imputar esta responsabilidad civil al asegurador cuando de agente exclusivo o vinculado se trate. Esta escueta regulación deja muchas cuestiones abiertas lo que obliga a analizar los diferentes elementos de cualquier responsabilidad civil a la luz de la nueva regulación.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"42 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-12-17","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"126651037","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-06-08DOI: 10.11144/javeriana.ris52.csoi
Adilson José Campoy, Marcio Alexandre Malfatti, M. Malfatti, Thaís De Cássia Rumstain
Brasil tiene leyes muy recientes que regulan el flujo de información que proporciona la tecnología, con reglas y consecuencias para aquellos que no cumplen, ya sea en el ámbito civil o penal. Sin embargo, el escenario mundial apunta a un aumento en el número de ataques cibernéticos y eso coloca a Brasil en una posición prominente en la vulnerabilidad a estos ataques. A partir de ahí, sigue la reflexión sobre el empeoramiento del riesgo en los contratos de seguro de responsabilidad y protección de datos cibernéticos y el deber de información inherente a todos los contratos de seguro.
{"title":"Contrato de seguro. La obligación de información y agravación del riesgo cibernético","authors":"Adilson José Campoy, Marcio Alexandre Malfatti, M. Malfatti, Thaís De Cássia Rumstain","doi":"10.11144/javeriana.ris52.csoi","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris52.csoi","url":null,"abstract":"Brasil tiene leyes muy recientes que regulan el flujo de información que proporciona la tecnología, con reglas y consecuencias para aquellos que no cumplen, ya sea en el ámbito civil o penal. Sin embargo, el escenario mundial apunta a un aumento en el número de ataques cibernéticos y eso coloca a Brasil en una posición prominente en la vulnerabilidad a estos ataques. A partir de ahí, sigue la reflexión sobre el empeoramiento del riesgo en los contratos de seguro de responsabilidad y protección de datos cibernéticos y el deber de información inherente a todos los contratos de seguro.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"16 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-06-08","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"115406486","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-06-08DOI: 10.11144/javeriana.ris52.atca
Fabián Antonio Girolimetto, Leticia Pelle Delgadillo
El régimen de cuarentena por pandemia del coronavirus impuesto por el gobierno Argentino, generó vía redes sociales y declaraciones públicas, una serie de interrogantes para el común de los argentinos, sobre la posibilidad de exclusión de cobertura por parte de la aseguradora en caso de un siniestro, así como también referido al plazo y al monto de prima a pagar por los asegurados en esta época de excepción que se está viviendo. La crisis sanitaria que atraviesa el mundo debido a la propagación del Covid 19, plantea grandes desafíos, ello sin dudas a la ciudadanía toda. Asimismo y en consecuencia directa con la situación mundial atravesada, nos encontramos con situaciones jurídicas entre proveedores y consumidores que se ven por demás afectadas. Debiendo analizar cada caso y circunstancias concretas, contemplando los principios de buena fe, solidaridad y esfuerzo compartido.
{"title":"Argentina en tiempos de cuarentena. Accidentes de tránsito. Cobertura póliza de seguros. Pagos de prima. Relaciones de consumo","authors":"Fabián Antonio Girolimetto, Leticia Pelle Delgadillo","doi":"10.11144/javeriana.ris52.atca","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris52.atca","url":null,"abstract":"El régimen de cuarentena por pandemia del coronavirus impuesto por el gobierno Argentino, generó vía redes sociales y declaraciones públicas, una serie de interrogantes para el común de los argentinos, sobre la posibilidad de exclusión de cobertura por parte de la aseguradora en caso de un siniestro, así como también referido al plazo y al monto de prima a pagar por los asegurados en esta época de excepción que se está viviendo. \u0000La crisis sanitaria que atraviesa el mundo debido a la propagación del Covid 19, plantea grandes desafíos, ello sin dudas a la ciudadanía toda. Asimismo y en consecuencia directa con la situación mundial atravesada, nos encontramos con situaciones jurídicas entre proveedores y consumidores que se ven por demás afectadas. Debiendo analizar cada caso y circunstancias concretas, contemplando los principios de buena fe, solidaridad y esfuerzo compartido.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"52 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-06-08","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"114942098","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-06-08DOI: 10.11144/javeriana.ris52.ipsp
M. F. Compiani
El artículo revisa el impacto que la pandemia por coronavirus ha tenido en los diversos riesgos objeto del contrato de seguro en Argentina. Para ello, se realiza una semblanza tanto de las medidas tomadas por la autoridad pública como el estado de situación del sector asegurador en el país. Asimismo, se efectúa una breve síntesis de los remedios previstos en la ley especial y en la legislación general.
{"title":"El impacto de la pandemia en el seguro. Panorama en Argentina","authors":"M. F. Compiani","doi":"10.11144/javeriana.ris52.ipsp","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris52.ipsp","url":null,"abstract":"El artículo revisa el impacto que la pandemia por coronavirus ha tenido en los diversos riesgos objeto del contrato de seguro en Argentina. Para ello, se realiza una semblanza tanto de las medidas tomadas por la autoridad pública como el estado de situación del sector asegurador en el país. Asimismo, se efectúa una breve síntesis de los remedios previstos en la ley especial y en la legislación general.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"56 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-06-08","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"116702011","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-02-26DOI: 10.11144/javeriana.ris51.rysc
Eberhard S. Von Lücken González
Cabe señalar que las normas imperativas emergen en tal sentido que, ellas tutelan a la parte más débil de la relación jurídica, en este caso el asegurado. En la legislación chilena las normas imperativas no perjudican ante el surgimiento de coberturas de seguros de caución en grandes proyectos. En Paraguay la imperatividad de las normas no se desplaza ante la figura de grandes proyectos por sí. Sin embargo hemos hecho notar que los jueces sin analizar la figura del imperativismo, incluso en pequeños o medianos proyectos, hacen valer los acuerdos de las partes en virtud a un principio sustentado por el Art. 715 del Código Civil que da el carácter de ley a los acuerdos entre las partes, sin embargo no observan en sus fallos que el Art. 669 del mismo cuerpo legal obliga a la observancia de las normas imperativas, norma concordante con el Art. 1692 que resguarda las normas imperativas en materia de seguros, las que solo podrán ser dejadas sin efecto o modificadas, en los casos en que este Código expresamente lo autorice. Ahora bien, para los casos de los Tratados Internacionales de Itaipú celebrados entre Paraguay y Brasil y el de Yacyretá celebrado entre Paraguay y Argentina, se manejan dentro de una figura sui generis que le otorga el estatuto jurídico de Organismo de Derecho Internacional Público, las que se manejan dentro del esquema de prelación por sobre otras normas.
{"title":"Riesgos y seguros de caución para grandes proyectos","authors":"Eberhard S. Von Lücken González","doi":"10.11144/javeriana.ris51.rysc","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris51.rysc","url":null,"abstract":"Cabe señalar que las normas imperativas emergen en tal sentido que, ellas tutelan a la parte más débil de la relación jurídica, en este caso el asegurado. En la legislación chilena las normas imperativas no perjudican ante el surgimiento de coberturas de seguros de caución en grandes proyectos. En Paraguay la imperatividad de las normas no se desplaza ante la figura de grandes proyectos por sí. Sin embargo hemos hecho notar que los jueces sin analizar la figura del imperativismo, incluso en pequeños o medianos proyectos, hacen valer los acuerdos de las partes en virtud a un principio sustentado por el Art. 715 del Código Civil que da el carácter de ley a los acuerdos entre las partes, sin embargo no observan en sus fallos que el Art. 669 del mismo cuerpo legal obliga a la observancia de las normas imperativas, norma concordante con el Art. 1692 que resguarda las normas imperativas en materia de seguros, las que solo podrán ser dejadas sin efecto o modificadas, en los casos en que este Código expresamente lo autorice. Ahora bien, para los casos de los Tratados Internacionales de Itaipú celebrados entre Paraguay y Brasil y el de Yacyretá celebrado entre Paraguay y Argentina, se manejan dentro de una figura sui generis que le otorga el estatuto jurídico de Organismo de Derecho Internacional Público, las que se manejan dentro del esquema de prelación por sobre otras normas. ","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"63 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-02-26","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"127069771","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-02-26DOI: 10.11144//javeriana.ris51.rscp
Francisco Javier Artigas Celis
En este trabajo se analiza el contrato de seguro de caución en el marco de grandes proyectos (grandes riesgos), con especial, pero no exclusiva, mirada a Chile. A fin de distinguir el riesgo propio de su objeto, se le compara con el seguro de crédito bajo dos propuestas: riesgo de insolvencia versus riesgo de incumplimiento de obligaciones –caso de España –, o bien riesgos de incumplimiento de obligaciones en ambos contratos de seguro, y entonces diferenciando las obligaciones que son objeto de cobertura de cada uno de ellos, el caso chileno: las obligaciones de dinero (dar dinero) son cubiertas por el seguro de crédito, y las demás (dar algo que no es dinero, hacer y no hacer) pertenecen al ámbito del seguro de caución. Luego se tipifica el seguro de caución mediante características principales: contrato tripartito y especiales obligaciones de pago de la prima (del tomador) y de reembolso (tanto del tomador como del asegurado). Finalmente, se analiza su principal clasificación –condicional e incondicional– con especial atención al seguro de caución a primer requerimiento, dejando planteado el desafío de considerarlo, o no, una excepción al principio indemnizatorio.
{"title":"Riesgos y seguros de caución para grandes proyectos","authors":"Francisco Javier Artigas Celis","doi":"10.11144//javeriana.ris51.rscp","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144//javeriana.ris51.rscp","url":null,"abstract":"En este trabajo se analiza el contrato de seguro de caución en el marco de grandes proyectos (grandes riesgos), con especial, pero no exclusiva, mirada a Chile. A fin de distinguir el riesgo propio de su objeto, se le compara con el seguro de crédito bajo dos propuestas: riesgo de insolvencia versus riesgo de incumplimiento de obligaciones –caso de España –, o bien riesgos de incumplimiento de obligaciones en ambos contratos de seguro, y entonces diferenciando las obligaciones que son objeto de cobertura de cada uno de ellos, el caso chileno: las obligaciones de dinero (dar dinero) son cubiertas por el seguro de crédito, y las demás (dar algo que no es dinero, hacer y no hacer) pertenecen al ámbito del seguro de caución. Luego se tipifica el seguro de caución mediante características principales: contrato tripartito y especiales obligaciones de pago de la prima (del tomador) y de reembolso (tanto del tomador como del asegurado). Finalmente, se analiza su principal clasificación –condicional e incondicional– con especial atención al seguro de caución a primer requerimiento, dejando planteado el desafío de considerarlo, o no, una excepción al principio indemnizatorio.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"26 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-02-26","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"114537386","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2019-09-05DOI: 10.11144/javeriana.ris50.sdha
Nora Andreina Claros Soria
La aparición de los seguros lleva implícita una función social traducida en la transferencia del riesgo a una entidad especializada, para que, ante una eventual afectación al patrimonio, a la integridad, a la salud o a la vida de una persona, se pueda otorgar al contratante o asegurado o a quien, revista la calidad de beneficiario, la prestación convenida. De esta forma el asegurado no deberá asumir con su propio patrimonio, los daños o el costo implicados en la ocurrencia del riesgo. Muchos asegurados y en si los directos afectados, al contratar un Seguro de Desgravamen Hipotecario no prestan verdadera atención, ni otorgan la debida importancia a esta modalidad de seguro, que no tiene otra finalidad más que la protección del beneficiario real de la cobertura que otorga el seguro. El beneficiario debe ser entendido no como la entidad financiera que genera la fuente de repago del crédito otorgado, sino como la familia, que indistintamente de perder o ver disminuido en sus capacidades, a quien fungía como cabeza del ingreso económico del hogar, pueda quedarse tranquila y con el bien hipotecado liberado, frente al deceso ocurrido o la incapacidad presentada, en el titular del crédito.
{"title":"El seguro de desgravamen hipotecario: aspectos esenciales y función social","authors":"Nora Andreina Claros Soria","doi":"10.11144/javeriana.ris50.sdha","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris50.sdha","url":null,"abstract":"La aparición de los seguros lleva implícita una función social traducida en la transferencia del riesgo a una entidad especializada, para que, ante una eventual afectación al patrimonio, a la integridad, a la salud o a la vida de una persona, se pueda otorgar al contratante o asegurado o a quien, revista la calidad de beneficiario, la prestación convenida. De esta forma el asegurado no deberá asumir con su propio patrimonio, los daños o el costo implicados en la ocurrencia del riesgo. \u0000 \u0000Muchos asegurados y en si los directos afectados, al contratar un Seguro de Desgravamen Hipotecario no prestan verdadera atención, ni otorgan la debida importancia a esta modalidad de seguro, que no tiene otra finalidad más que la protección del beneficiario real de la cobertura que otorga el seguro. El beneficiario debe ser entendido no como la entidad financiera que genera la fuente de repago del crédito otorgado, sino como la familia, que indistintamente de perder o ver disminuido en sus capacidades, a quien fungía como cabeza del ingreso económico del hogar, pueda quedarse tranquila y con el bien hipotecado liberado, frente al deceso ocurrido o la incapacidad presentada, en el titular del crédito.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"20 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2019-09-05","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"116512722","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2019-09-05DOI: 10.11144/javeriana.ris50.cacs
Nathalia Andrea Montenegro Molina, Diego Alejandro Coronado Sabogal
Bajo la categorización del contrato de seguro como un contrato de adhesión o tipo, se ha desatado un extenso análisis jurídico alrededor del equilibrio y desequilibrio contractual, la dinámica negocial y la posición económica de cada una de las partes, pues debido a su particular naturaleza y desarrollo de comercialización masiva, han sido el contexto propicio para la inserción de las denominadas cláusulas abusivas. Motivados por este contexto, el ensayo ausculta los elementos que influyen en la identificación y posterior declaración de una cláusula como abusiva, al igual que explora su interpretación en el contrato de seguro en Colombia. Lo anterior, bajo el entendido que la normativa vigente y, en gran parte, la jurisprudencia, han acogido una postura clásica sobre la posición dominante que ostenta el asegurador, desconociendo situaciones en donde es precisamente la parte contraria quien impone condiciones por sus caracteristicas económicas. En consecuencia, para llevar a cabo el mencionado examen propositivo, los autores realizan una breve reseña histórica sobre el surgimiento de lo que se ha considerado como cláusulas abusivas alrededor del mundo, así como la descripción del marco regulatorio vigente sobre las mismas en la República de Colombia. Posteriormente, se ocupa el texto de dilucidar la evolución de la jurisprudencia nacional hacia la construcción del concepto de cláusulas abusivas, los criterios de identificación de las mismas y su alcance en los pronunciamientos relacionados con el contrato de seguro.
{"title":"Las cláusulas abusivas en el contrato de seguro: El camino emprendido para consolidar su debida identificación e interpretación en el ordenamiento jurídico colombiano","authors":"Nathalia Andrea Montenegro Molina, Diego Alejandro Coronado Sabogal","doi":"10.11144/javeriana.ris50.cacs","DOIUrl":"https://doi.org/10.11144/javeriana.ris50.cacs","url":null,"abstract":" Bajo la categorización del contrato de seguro como un contrato de adhesión o tipo, se ha desatado un extenso análisis jurídico alrededor del equilibrio y desequilibrio contractual, la dinámica negocial y la posición económica de cada una de las partes, pues debido a su particular naturaleza y desarrollo de comercialización masiva, han sido el contexto propicio para la inserción de las denominadas cláusulas abusivas. \u0000 Motivados por este contexto, el ensayo ausculta los elementos que influyen en la identificación y posterior declaración de una cláusula como abusiva, al igual que explora su interpretación en el contrato de seguro en Colombia. Lo anterior, bajo el entendido que la normativa vigente y, en gran parte, la jurisprudencia, han acogido una postura clásica sobre la posición dominante que ostenta el asegurador, desconociendo situaciones en donde es precisamente la parte contraria quien impone condiciones por sus caracteristicas económicas. \u0000 En consecuencia, para llevar a cabo el mencionado examen propositivo, los autores realizan una breve reseña histórica sobre el surgimiento de lo que se ha considerado como cláusulas abusivas alrededor del mundo, así como la descripción del marco regulatorio vigente sobre las mismas en la República de Colombia. Posteriormente, se ocupa el texto de dilucidar la evolución de la jurisprudencia nacional hacia la construcción del concepto de cláusulas abusivas, los criterios de identificación de las mismas y su alcance en los pronunciamientos relacionados con el contrato de seguro.","PeriodicalId":236726,"journal":{"name":"Revista Ibero-Latinoamericana de seguros","volume":"20 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2019-09-05","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"127753526","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}