{"title":"Ana M. Badia Martí y Laura Huici Sancho (dirs.), El Brexit y sus consecuencias, Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, Madrid, 2022, 167 pp.","authors":"C. M. Díaz Barrado","doi":"10.20318/reib.2022.7024","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7024","url":null,"abstract":"","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"115711847","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El Derecho del Mar ha transitado por distintas etapas hasta la sanción de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en 1982, la cual dio origen a un régimen integral para los océanos. En este sentido, en el marco de cambios en el sistema internacional en términos de cantidad y variedad de actores relevantes, los países latinoamericanos ribereños fueron protagonistas y contribuyeron enormemente en alcanzar un acuerdo que diera nacimiento a dicho régimen. Antecedentes en el marco interno y regional de estos países, así como la posición y defensa de sus propios intereses en la negociación dentro de la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (III Conferencia), serían fundamentales para arribar a un conjunto de principios, normas, y reglas de procedimiento y toma de decisión que fueran reflejo de la configuración de la comunidad internacional. El artículo describe las acciones de cooperación llevadas adelante por los países latinoamericanos ribereños previamente y durante el proceso negociador de la III Conferencia, para el nacimiento de un nuevo régimen internacional relativamente acorde a sus intereses.
{"title":"La cooperación en el nacimiento del actual régimen internacional del Derecho del Mar. El rol de los países latinoamericanos ribereños","authors":"Vanesa Castello","doi":"10.20318/reib.2022.7015","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7015","url":null,"abstract":"El Derecho del Mar ha transitado por distintas etapas hasta la sanción de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar en 1982, la cual dio origen a un régimen integral para los océanos. En este sentido, en el marco de cambios en el sistema internacional en términos de cantidad y variedad de actores relevantes, los países latinoamericanos ribereños fueron protagonistas y contribuyeron enormemente en alcanzar un acuerdo que diera nacimiento a dicho régimen. Antecedentes en el marco interno y regional de estos países, así como la posición y defensa de sus propios intereses en la negociación dentro de la III Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (III Conferencia), serían fundamentales para arribar a un conjunto de principios, normas, y reglas de procedimiento y toma de decisión que fueran reflejo de la configuración de la comunidad internacional. El artículo describe las acciones de cooperación llevadas adelante por los países latinoamericanos ribereños previamente y durante el proceso negociador de la III Conferencia, para el nacimiento de un nuevo régimen internacional relativamente acorde a sus intereses.","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"133949016","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
{"title":"El Estado de Alarma ante el Tribunal Constitucional","authors":"David Delgado Ramos","doi":"10.20318/reib.2022.7023","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7023","url":null,"abstract":"","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"134280502","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El Inti Raymi es una de las celebraciones más importantes para la población andina y latinoamericana, y particularmente para sus naciones y pueblos indígenas. Celebra la renovación del tiempo y de las relaciones de los humanos y la naturaleza. Procedente del mundo andino se realiza hoy en todo el mundo. En este artículo realizo un acercamiento a esta ceremonia celebrada hoy en el parque del Retiro de Madrid. Analizo la celebración como una festividad que conecta el tiempo presente y su localización en Europa con el espacio del mundo andino, con una temporalidad de más de 500 años. La celebración del Inti Raymi en Madrid constituye un encuentro donde las personas migrantes andinas se reivindican como ciudadanos. A su vez, la naturaleza ritual andina de la ceremonia consagra el espacio que al volverse sagrado desestabiliza el orden que la modernidad ha impreso en el parque y la ciudad. Se crea la oportunidad, entonces, para un encuentro basado en el reconocimiento mutuo y en la voluntad compartida de co-construir y co-habitar el mundo. Ese proceso se denomina “tinkuy” en la lengua Kichwa. Desde ahí, discuto los modelos de gestión de la diversidad cultural, pluralismo e interculturalidad, poniéndolos en diálogo con una perspectiva que se amplía para abarcar las relaciones con lo no humano.
Inti Raymi是安第斯和拉丁美洲人民,特别是他们的民族和土著人民最重要的庆祝活动之一。它庆祝时间的更新以及人与自然的关系。它起源于安第斯世界,今天在世界各地都有生产。在这篇文章中,我介绍了今天在马德里雷蒂罗公园举行的这个仪式。我认为这个庆祝活动是一个节日,它将现在的时间及其在欧洲的位置与安第斯世界的空间联系起来,具有500多年的时间性。在马德里举行的Inti Raymi庆祝活动是安第斯移民宣称自己是公民的集会。与此同时,仪式的安第斯仪式性质使空间变得神圣,从而破坏了现代在公园和城市中留下印记的秩序。因此,在相互承认和共同建设和共同生活世界的共同意愿的基础上,创造了一个相遇的机会。这个过程在Kichwa语中被称为“tinkuy”。在此基础上,我讨论了文化多样性、多元主义和跨文化主义的管理模式,将它们置于对话中,并将其扩展到与非人类的关系。
{"title":"La celebración del Inti Raymi en España. Tinkuy e interculturalidad","authors":"Ana Leonilde Pinilla Pulido","doi":"10.20318/reib.2022.7017","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7017","url":null,"abstract":"El Inti Raymi es una de las celebraciones más importantes para la población andina y latinoamericana, y particularmente para sus naciones y pueblos indígenas. Celebra la renovación del tiempo y de las relaciones de los humanos y la naturaleza. Procedente del mundo andino se realiza hoy en todo el mundo. En este artículo realizo un acercamiento a esta ceremonia celebrada hoy en el parque del Retiro de Madrid. Analizo la celebración como una festividad que conecta el tiempo presente y su localización en Europa con el espacio del mundo andino, con una temporalidad de más de 500 años. La celebración del Inti Raymi en Madrid constituye un encuentro donde las personas migrantes andinas se reivindican como ciudadanos. A su vez, la naturaleza ritual andina de la ceremonia consagra el espacio que al volverse sagrado desestabiliza el orden que la modernidad ha impreso en el parque y la ciudad. Se crea la oportunidad, entonces, para un encuentro basado en el reconocimiento mutuo y en la voluntad compartida de co-construir y co-habitar el mundo. Ese proceso se denomina “tinkuy” en la lengua Kichwa. Desde ahí, discuto los modelos de gestión de la diversidad cultural, pluralismo e interculturalidad, poniéndolos en diálogo con una perspectiva que se amplía para abarcar las relaciones con lo no humano.","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"125784508","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
En el sistema interamericano, podemos advertir cómo la falta de acceso a fuentes de agua limpia y salubre afecta, especialmente, a personas y colectividades históricamente discriminadas, entre las que se encuentran las comunidades y pueblos indígenas, tribales o autóctonos. El acceso al agua se encuentra estrechamente vinculado al respeto y garantía de varios derechos humanos, tales como, entre otros, el derecho a la vida, a la integridad física y a la salud de las poblaciones locales. Así las cosas, a través de este estudio pretendemos analizar si el régimen jurídico de las fuentes de agua potable situadas en territorios y tierras que tradicionalmente han pertenecido a comunidades indígenas deben tener un régimen jurídico especial, es decir, si éstas constituyen un derecho fundamental (ya sea individual o colectivo) de dichas comunidades o si, por el contrario, el agua puede ser considerada como un bien susceptible de apropiación, explotación y comercialización por parte de organismos públicos y empresas privadas.
{"title":"La naturaleza jurídica de las fuentes de agua potable en comunidades indígenas de las Américas. ¿Derecho fundamental o bien susceptible de apropiación, explotación y comercialización?","authors":"Jonatán Cruz Ángeles","doi":"10.20318/reib.2022.7018","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7018","url":null,"abstract":"En el sistema interamericano, podemos advertir cómo la falta de acceso a fuentes de agua limpia y salubre afecta, especialmente, a personas y colectividades históricamente discriminadas, entre las que se encuentran las comunidades y pueblos indígenas, tribales o autóctonos. El acceso al agua se encuentra estrechamente vinculado al respeto y garantía de varios derechos humanos, tales como, entre otros, el derecho a la vida, a la integridad física y a la salud de las poblaciones locales. Así las cosas, a través de este estudio pretendemos analizar si el régimen jurídico de las fuentes de agua potable situadas en territorios y tierras que tradicionalmente han pertenecido a comunidades indígenas deben tener un régimen jurídico especial, es decir, si éstas constituyen un derecho fundamental (ya sea individual o colectivo) de dichas comunidades o si, por el contrario, el agua puede ser considerada como un bien susceptible de apropiación, explotación y comercialización por parte de organismos públicos y empresas privadas.","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"123018109","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El presente documento resultado de investigación aplicada sobre Cultura del Derecho de Autor, en su fase documental, indagó sobre una parte del aspecto cognoscitivo de dicha herramienta conceptual, en las universidades y facultades de arte en América Latina, evidenciando el poco acceso que los estudiantes tienen al conocimiento de sus derechos como creadores de obras. La indagación se realizó en 285 universidades que en América Latina ofrecen 612 programas en artes, encontrando que, solamente en 62 de ellos se ofrecen cursos relacionados con derecho de autor a los estudiantes, aunque se aceptó tener en cuenta cursos llamados como derechos humanos, entendiendo que el derecho de autor forma parte de ellos. Es comprensible que lo relativo al conocimiento del Derecho de Autor, esté en directa relación con el hecho de que se imparta en una asignatura a los estudiantes, pues es una forma de conocer su contenido, sin embargo, es posible pensar que el conocimiento se pueda adquirir por otros medios, aunque lo ideal es que se haga directamente por las instituciones de educación.
{"title":"Cursos de derecho de autor en universidades y facultades de arte en América Latina","authors":"Fernando Charria-García","doi":"10.20318/reib.2022.7019","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7019","url":null,"abstract":"El presente documento resultado de investigación aplicada sobre Cultura del Derecho de Autor, en su fase documental, indagó sobre una parte del aspecto cognoscitivo de dicha herramienta conceptual, en las universidades y facultades de arte en América Latina, evidenciando el poco acceso que los estudiantes tienen al conocimiento de sus derechos como creadores de obras. La indagación se realizó en 285 universidades que en América Latina ofrecen 612 programas en artes, encontrando que, solamente en 62 de ellos se ofrecen cursos relacionados con derecho de autor a los estudiantes, aunque se aceptó tener en cuenta cursos llamados como derechos humanos, entendiendo que el derecho de autor forma parte de ellos. Es comprensible que lo relativo al conocimiento del Derecho de Autor, esté en directa relación con el hecho de que se imparta en una asignatura a los estudiantes, pues es una forma de conocer su contenido, sin embargo, es posible pensar que el conocimiento se pueda adquirir por otros medios, aunque lo ideal es que se haga directamente por las instituciones de educación.","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"128916090","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Según el derecho internacional, el Estado ribereño podrá establecer, alrededor de islas artificiales, instalaciones y estructuras, zonas de seguridad en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y la Plataforma Continental. En dichas Zonas se podrán tomar medidas apropiadas para garantizar la seguridad de la navegación y de las islas artificiales, instalaciones y estructuras. Dichas zonas tienen una extensión consensuada de hasta 500 metros alrededor de las infraestructuras mencionadas, aunque la propia Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar permite que la organización internacional pertinente pueda ampliarlo, en este caso la Organización Marítima Internacional (OMI). La CONVEMAR obliga a declarar la Zona, pero no regula la prohibición de entrada y otras situaciones que pudieran ocurrir dentro de dicha Zona, ni la competencia para detener y reprimir a los infractores de los reglamentos establecidos para las Zonas de Seguridad (en casos que lo Estados ribereños decidan establecerlos). A través de estudios comparados y los instrumentos internacionales en vigor, pretendemos encontrar aquellas regulaciones que le permiten al Estado extender parte de su jurisdicción a las Zonas de Seguridad en ZEE y Plataforma Continental. Eso sí, limitado a la naturaleza de las operaciones de las islas artificiales, instalaciones y estructuras.
{"title":"La regulación de las zonas de seguridad en la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Breve referencia a Cuba","authors":"Miguel E. Torres Tesoro","doi":"10.20318/reib.2022.7016","DOIUrl":"https://doi.org/10.20318/reib.2022.7016","url":null,"abstract":"Según el derecho internacional, el Estado ribereño podrá establecer, alrededor de islas artificiales, instalaciones y estructuras, zonas de seguridad en la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y la Plataforma Continental. En dichas Zonas se podrán tomar medidas apropiadas para garantizar la seguridad de la navegación y de las islas artificiales, instalaciones y estructuras. Dichas zonas tienen una extensión consensuada de hasta 500 metros alrededor de las infraestructuras mencionadas, aunque la propia Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar permite que la organización internacional pertinente pueda ampliarlo, en este caso la Organización Marítima Internacional (OMI). La CONVEMAR obliga a declarar la Zona, pero no regula la prohibición de entrada y otras situaciones que pudieran ocurrir dentro de dicha Zona, ni la competencia para detener y reprimir a los infractores de los reglamentos establecidos para las Zonas de Seguridad (en casos que lo Estados ribereños decidan establecerlos). A través de estudios comparados y los instrumentos internacionales en vigor, pretendemos encontrar aquellas regulaciones que le permiten al Estado extender parte de su jurisdicción a las Zonas de Seguridad en ZEE y Plataforma Continental. Eso sí, limitado a la naturaleza de las operaciones de las islas artificiales, instalaciones y estructuras.","PeriodicalId":382437,"journal":{"name":"REVISTA ELECTRONICA IBEROAMERICANA","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-06-14","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"127193689","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}