{"title":"Mito y realidad de la autonomía privada","authors":"F. Hinestrosa","doi":"10.18601/01234366.45.01","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.45.01","url":null,"abstract":"","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2023-05-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"79820791","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Comienzo por identificar el concepto, en el ánimo de precisar que me refiero globalmente a las obligaciones cuya prestación consiste en la entrega de una cosa, sea que haya de hacerse para transferir o constituir un derecho real sobre ella, sea que haya de hacerse simplemente para conferir un derecho precario o de mera tenencia o para restituir el bien recibido a ese título, o para realizar un trabajo en él. La cosa puede ser corporal o incorporal (arts. 653 y 664 ss. c.c.), mueble o inmueble (art. 654 ss. c.c.), de género (art. 1565 c.c.) o de especie (arts. 1604 y 1729 ss. c.c.). De todos modos la conducta se proyecta aquí sobre un bien, o como se ha anotado, la prestación, que es un comportamiento, tiene a su turno un objeto que debe ser entregado a su destinatario1, en oportunidad, en el lugar adecuado, el que es y completo: “bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación” (art. 1727 c.c.), cuyo contenido se integra con las disposiciones pertinentes: el régimen general, ante todo los ya citados artículos 1604 y siguientes, 1648 y 1729 y siguientes para el cuerpo cierto, y
{"title":"Obligaciones de entregar","authors":"F. Hinestrosa","doi":"10.18601/01234366.44.01","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.01","url":null,"abstract":"Comienzo por identificar el concepto, en el ánimo de precisar que me refiero globalmente a las obligaciones cuya prestación consiste en la entrega de una cosa, sea que haya de hacerse para transferir o constituir un derecho real sobre ella, sea que haya de hacerse simplemente para conferir un derecho precario o de mera tenencia o para restituir el bien recibido a ese título, o para realizar un trabajo en él. La cosa puede ser corporal o incorporal (arts. 653 y 664 ss. c.c.), mueble o inmueble (art. 654 ss. c.c.), de género (art. 1565 c.c.) o de especie (arts. 1604 y 1729 ss. c.c.). De todos modos la conducta se proyecta aquí sobre un bien, o como se ha anotado, la prestación, que es un comportamiento, tiene a su turno un objeto que debe ser entregado a su destinatario1, en oportunidad, en el lugar adecuado, el que es y completo: “bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación” (art. 1727 c.c.), cuyo contenido se integra con las disposiciones pertinentes: el régimen general, ante todo los ya citados artículos 1604 y siguientes, 1648 y 1729 y siguientes para el cuerpo cierto, y","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"24 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"79184240","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Renata Anahí Bregaglio Lazarte, Renato Antonio Constantino Caycho
En cumplimiento del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2018 Perú reformó su Código Civil eliminando la interdicción por motivos de discapacidad y creando un sistema de apoyos y salvaguardias. El presente artículo hipotetiza que, a poco más de tres años de la reforma, este cambio solo es aparente, pues en la práctica la sustitución de la voluntad se mantiene como regla. Para ello se analizan 34 decisiones judiciales de restitución de capacidad jurídica a efectos de demostrar la incompatibilidad con los estándares de capacidad jurídica propuestos a nivel internacional.
{"title":"La capacidad jurídica en el derecho peruano. Análisis cualitativo de las decisiones judiciales de restitución de capacidad jurídica y designaciones de apoyo en aplicación del Decreto 1384","authors":"Renata Anahí Bregaglio Lazarte, Renato Antonio Constantino Caycho","doi":"10.18601/01234366.44.02","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.02","url":null,"abstract":"En cumplimiento del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en 2018 Perú reformó su Código Civil eliminando la interdicción por motivos de discapacidad y creando un sistema de apoyos y salvaguardias. El presente artículo hipotetiza que, a poco más de tres años de la reforma, este cambio solo es aparente, pues en la práctica la sustitución de la voluntad se mantiene como regla. Para ello se analizan 34 decisiones judiciales de restitución de capacidad jurídica a efectos de demostrar la incompatibilidad con los estándares de capacidad jurídica propuestos a nivel internacional.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"144 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"73498751","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Las reglas sobre la interpretación de los contratos han sido reconstruidas como normas imperativas y facultativas en la doctrina y la jurisprudencia colombianas. Sin embargo, esta calificación teórico-dogmática falla porque no da cuenta de la naturaleza de las obligaciones que tienen los intérpretes ni explica su relevancia práctica. Este artículo propone que tales normas pueden ser reconstruidas como reglas conceptuales que fijan el significado de la actividad interpretativa. La interpretación contractual consiste en establecer la intención común desde la configuración de un código interpretativo particular y contingente que opera como criterio de interpretación o presupuesto para la selección de resultados interpretativos.
{"title":"La naturaleza de las reglas para la interpretación de los contratos. Análisis sobre su alcance conceptual en la atribución de significado a cláusulas contractuales","authors":"Dúber Armando Celis Vela","doi":"10.18601/01234366.44.05","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.05","url":null,"abstract":"Las reglas sobre la interpretación de los contratos han sido reconstruidas como normas imperativas y facultativas en la doctrina y la jurisprudencia colombianas. Sin embargo, esta calificación teórico-dogmática falla porque no da cuenta de la naturaleza de las obligaciones que tienen los intérpretes ni explica su relevancia práctica. Este artículo propone que tales normas pueden ser reconstruidas como reglas conceptuales que fijan el significado de la actividad interpretativa. La interpretación contractual consiste en establecer la intención común desde la configuración de un código interpretativo particular y contingente que opera como criterio de interpretación o presupuesto para la selección de resultados interpretativos.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"227 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"73242388","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Íñigo Andrés De la Maza Gazmuri, Patricia Verónica López Díaz
El presente artículo tiene por propósito responder a una pregunta relativa a la publicidad comparativa en la Ley 20.169 sobre competencia desleal chilena (en adelante LCD): ¿depende su licitud del hecho de que esta sea veraz y demostrable? Una lectura preliminar de la letra e) de su artículo 4.º podría inclinarnos a responderla afirmativamente. Sin embargo, un examen más detenido de la comparación publicitaria, a partir del método dogmático y del análisis empírico, muestra que, al menos en dos casos, no es así necesariamente.
{"title":"Comparar lealmente: la veracidad y demostrabilidad del mensaje publicitario en el derecho chileno","authors":"Íñigo Andrés De la Maza Gazmuri, Patricia Verónica López Díaz","doi":"10.18601/01234366.44.06","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.06","url":null,"abstract":"El presente artículo tiene por propósito responder a una pregunta relativa a la publicidad comparativa en la Ley 20.169 sobre competencia desleal chilena (en adelante LCD): ¿depende su licitud del hecho de que esta sea veraz y demostrable? Una lectura preliminar de la letra e) de su artículo 4.º podría inclinarnos a responderla afirmativamente. Sin embargo, un examen más detenido de la comparación publicitaria, a partir del método dogmático y del análisis empírico, muestra que, al menos en dos casos, no es así necesariamente.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"37 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"90721881","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El artículo analiza las reformas introducidas o proyectadas, en las últimas décadas, al régimen jurídico de los animales en algunas codificaciones civiles de Europa y América, en consonancia con la legislación sobre el bienestar animal, que califica a los animales no ya como cosas sino como seres sintientes. Este nuevo paradigma ha conducido a la superación de la tradicional dicotomía personas-cosas, mediante la configuración de un tertium genus a ellos dedicado, así como a la elaboración de un régimen jurídico especial, con repercusiones –principalmente– en materia de propiedad, responsabilidad civil, familia y sucesiones.
{"title":"El nuevo régimen jurídico de los animales en las codificaciones civiles de Europa y América","authors":"D. F. Esborraz","doi":"10.18601/01234366.44.03","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.03","url":null,"abstract":"El artículo analiza las reformas introducidas o proyectadas, en las últimas décadas, al régimen jurídico de los animales en algunas codificaciones civiles de Europa y América, en consonancia con la legislación sobre el bienestar animal, que califica a los animales no ya como cosas sino como seres sintientes. Este nuevo paradigma ha conducido a la superación de la tradicional dicotomía personas-cosas, mediante la configuración de un tertium genus a ellos dedicado, así como a la elaboración de un régimen jurídico especial, con repercusiones –principalmente– en materia de propiedad, responsabilidad civil, familia y sucesiones.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"82329967","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El artículo analiza la corrección de acuerdos de la junta de accionistas como un remedio frente a sus decisiones ilegales o abusivas, explora sus características y determina en qué casos proveería una solución adecuada al conflicto entre mayoría y minoría de accionistas. Asimismo, indaga la admisibilidad de la acción de corrección de acuerdos en la ley chilena, y describe algunos de sus aspectos procesales.
{"title":"La acción de corrección de acuerdos ilegales o abusivos en la junta de accionistas de la sociedad anónima en la legislación chilena","authors":"Pablo Manterola","doi":"10.18601/01234366.44.09","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.09","url":null,"abstract":"El artículo analiza la corrección de acuerdos de la junta de accionistas como un remedio frente a sus decisiones ilegales o abusivas, explora sus características y determina en qué casos proveería una solución adecuada al conflicto entre mayoría y minoría de accionistas. Asimismo, indaga la admisibilidad de la acción de corrección de acuerdos en la ley chilena, y describe algunos de sus aspectos procesales.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"7 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"73082819","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
En el ámbito de los contratos resulta imperativo preservar los derechos fundamentales. El artículo trata en particular de la libertad, de la igualdad y de la no discriminación, con el propósito de señalar que la prohibición de discriminación contractual no se propone resolver un problema de acceso a los mercados, ni uno de mera tutela de la debilidad de quien la sufre, ni está exclusivamente dirigida a la garantía de la transparencia en el ámbito público de una oferta, sino que es un asunto de dignidad humana, de democracia y, en últimas, de justicia.
{"title":"La prohibición de discriminación contractual: un asunto de dignidad humana, democracia y justicia","authors":"Martha Lucía Neme Villarreal","doi":"10.18601/01234366.44.04","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.04","url":null,"abstract":"En el ámbito de los contratos resulta imperativo preservar los derechos fundamentales. El artículo trata en particular de la libertad, de la igualdad y de la no discriminación, con el propósito de señalar que la prohibición de discriminación contractual no se propone resolver un problema de acceso a los mercados, ni uno de mera tutela de la debilidad de quien la sufre, ni está exclusivamente dirigida a la garantía de la transparencia en el ámbito público de una oferta, sino que es un asunto de dignidad humana, de democracia y, en últimas, de justicia.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"322 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"76968341","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Los breakup fees o pagos por terminación operan como instrumentos distributivos del riesgo que permite el reembolso de lo invertido cuando la operación se frustra por alguna de las causales definidas en el acuerdo. Con todo, han sido objeto de intenso debate cuando el reembolso se establece en favor del comprador por las repercusiones que pueden tener sobre la compañía objetivo, sus accionistas y el bienestar social. En esta línea, el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia han optado por una solución restrictiva que proscribe los pagos asumidos por la compañía objetivo. Pese a las nobles intenciones que persigue la norma, ha llegado el momento de modificar la estrategia, pues no existe información que permita establecer de forma concluyente que la prohibición mejora la posición de los accionistas y, por el contrario, puede estar afectando el volumen de operaciones y los precios de venta. Teniendo esto presente, se propone la adopción de un modelo regulatorio que establezca de antemano los requisitos que deberán cumplir los administradores cuando los negocian.
{"title":"Breakup fees o pagos por terminación en las ofertas públicas de adquisición (OPA): ¿por qué no los asume la compañía objetivo?","authors":"Sergio Carreño Mendoza","doi":"10.18601/01234366.44.10","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.10","url":null,"abstract":"Los breakup fees o pagos por terminación operan como instrumentos distributivos del riesgo que permite el reembolso de lo invertido cuando la operación se frustra por alguna de las causales definidas en el acuerdo. Con todo, han sido objeto de intenso debate cuando el reembolso se establece en favor del comprador por las repercusiones que pueden tener sobre la compañía objetivo, sus accionistas y el bienestar social. En esta línea, el Decreto 2555 de 2010 y la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia han optado por una solución restrictiva que proscribe los pagos asumidos por la compañía objetivo. Pese a las nobles intenciones que persigue la norma, ha llegado el momento de modificar la estrategia, pues no existe información que permita establecer de forma concluyente que la prohibición mejora la posición de los accionistas y, por el contrario, puede estar afectando el volumen de operaciones y los precios de venta. Teniendo esto presente, se propone la adopción de un modelo regulatorio que establezca de antemano los requisitos que deberán cumplir los administradores cuando los negocian.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"35 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"76627620","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Si bien en la actualidad no existe una definición normativa de interés social, ni un precepto que otorgue criterios concretos para su intelección, la pregunta que pretendemos responder en el siguiente texto es si la doctrina y la jurisprudencia pueden reinterpretar la clásica noción contractual de esta noción, que se ha cimentado hasta ahora. Nuestra hipótesis es que ello es factible a partir de una interpretación armónica y sistemática de las últimas reformas realizadas en la materia, pues la influencia del modelo de gobierno corporativo incorporado en los últimos años nos invita a una necesaria y obligada relectura, lo que se traduce en algunas consecuencias que no se pueden soslayar.
{"title":"El interés social en las sociedades anónimas chilenas: una relectura a la luz del buen gobierno corporativo","authors":"M. F. Vásquez Palma","doi":"10.18601/01234366.44.08","DOIUrl":"https://doi.org/10.18601/01234366.44.08","url":null,"abstract":"Si bien en la actualidad no existe una definición normativa de interés social, ni un precepto que otorgue criterios concretos para su intelección, la pregunta que pretendemos responder en el siguiente texto es si la doctrina y la jurisprudencia pueden reinterpretar la clásica noción contractual de esta noción, que se ha cimentado hasta ahora. Nuestra hipótesis es que ello es factible a partir de una interpretación armónica y sistemática de las últimas reformas realizadas en la materia, pues la influencia del modelo de gobierno corporativo incorporado en los últimos años nos invita a una necesaria y obligada relectura, lo que se traduce en algunas consecuencias que no se pueden soslayar.","PeriodicalId":41212,"journal":{"name":"Revista de Derecho Privado","volume":"16 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.3,"publicationDate":"2022-11-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"74648245","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}