Pub Date : 2021-11-22DOI: 10.5944/trc.48.2021.32208
Eva Sáenz Royo
En este artículo se hace un análisis crítico del funcionamiento del Estado Autonómico durante la gestión de la pandemia. Se presta especial atención a la centralización y la descentralización en larestricción de los derechos fundamentales, a la participación de las autonomías en la toma de decisiones, al papel del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y a la coordinación ejercida por el Estado. Se defiende que en nuestro Estado Autonómico había dos formas, igualmente legítimas, de gestionar la pandemia: centralizadamente a través de la legislación de emergencia o descentralizadamente a través de la modificación de la legislación orgánica sanitaria. En la práctica ni se ha reformado la legislación sanitaria que hubiera permitido una gestión descentralizada sin estado de alarma en un marco de seguridad jurídica ni se ha reformado la legislación de emergencia que permitiera una gestión descentralizada dentro del estado de alarma. Mientras que la gestión centralizada de la pandemia de la primera fase fue conforme a lo establecido constitucional y legalmente, la gestión descentralizada durante la segunda y tercera fase hubiera requerido de reformas legislativas que no se han producido. Las consecuencias han sido la inseguridad jurídica durante la segunda fase y la falta de control político y rendición de cuentas durante la tercera fase.
{"title":"Estado autonómico y Covid-19","authors":"Eva Sáenz Royo","doi":"10.5944/trc.48.2021.32208","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.48.2021.32208","url":null,"abstract":"En este artículo se hace un análisis crítico del funcionamiento del Estado Autonómico durante la gestión de la pandemia. Se presta especial atención a la centralización y la descentralización en larestricción de los derechos fundamentales, a la participación de las autonomías en la toma de decisiones, al papel del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y a la coordinación ejercida por el Estado. Se defiende que en nuestro Estado Autonómico había dos formas, igualmente legítimas, de gestionar la pandemia: centralizadamente a través de la legislación de emergencia o descentralizadamente a través de la modificación de la legislación orgánica sanitaria. En la práctica ni se ha reformado la legislación sanitaria que hubiera permitido una gestión descentralizada sin estado de alarma en un marco de seguridad jurídica ni se ha reformado la legislación de emergencia que permitiera una gestión descentralizada dentro del estado de alarma. Mientras que la gestión centralizada de la pandemia de la primera fase fue conforme a lo establecido constitucional y legalmente, la gestión descentralizada durante la segunda y tercera fase hubiera requerido de reformas legislativas que no se han producido. Las consecuencias han sido la inseguridad jurídica durante la segunda fase y la falta de control político y rendición de cuentas durante la tercera fase.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2021-11-22","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"44790428","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-11-22DOI: 10.5944/trc.48.2021.32210
Antonio Cidoncha Martín
El propósito de este trabajo ha sido analizar el control parlamentario en nuestro Derecho de excepción. La primera tarea ha sido definir el control parlamentario. El epígrafe I se ha ocupado de ello. La segunda tarea ha sido delimitar desde una perspectiva teórica el control parlamentario extraordinario (por y en) que ejerce el Congreso en nuestro Derecho de excepción. El epígrafe II se ha ocupado de ello. La tercera tarea ha sido evaluar el control extraordinario ejercido en la práctica por el Congreso en los dos estados de alarma decretados en todo el territorio nacional para contener la pandemia del COVID-19. El epígrafe III se ha ocupado de ello. El trabajo finaliza con unos breves apuntes finales (epígrafe IV).
{"title":"Derecho de excepción y control parlamentario","authors":"Antonio Cidoncha Martín","doi":"10.5944/trc.48.2021.32210","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.48.2021.32210","url":null,"abstract":"El propósito de este trabajo ha sido analizar el control parlamentario en nuestro Derecho de excepción. La primera tarea ha sido definir el control parlamentario. El epígrafe I se ha ocupado de ello. La segunda tarea ha sido delimitar desde una perspectiva teórica el control parlamentario extraordinario (por y en) que ejerce el Congreso en nuestro Derecho de excepción. El epígrafe II se ha ocupado de ello. La tercera tarea ha sido evaluar el control extraordinario ejercido en la práctica por el Congreso en los dos estados de alarma decretados en todo el territorio nacional para contener la pandemia del COVID-19. El epígrafe III se ha ocupado de ello. El trabajo finaliza con unos breves apuntes finales (epígrafe IV).","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2021-11-22","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"41503146","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-11-22DOI: 10.5944/trc.48.2021.32209
María Díaz Crego
La presente pandemia se ha convertido ya en un auténtico banco de pruebas para el estudio del Derecho de excepción y su aplicacion práctica. A la par que el Covid-19 se extendía por todos los confínes del planeta, los Estados se apresuraban a adoptar duras medidas de contención, encuadrándolas, en muchas ocasiones, en uno de los estados de excepción previstos por su texto constitucional. En ese contexto, este trabajo analiza la utilización del Derecho de excepción en los Estados miembros de la Unión Europea desde marzo de 2020 hasta junio de 2021, centrándose especialmente en el papel de los parlamentos nacionales y los tribunales internos a la hora de evitar eventuales abusos de poder por parte del ejercutivo en la gestión de la pandemia.
{"title":"Uso (y abuso?) del Derecho de excepción en los Estados miembros de la Unión Europea durante la pandemia","authors":"María Díaz Crego","doi":"10.5944/trc.48.2021.32209","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.48.2021.32209","url":null,"abstract":"La presente pandemia se ha convertido ya en un auténtico banco de pruebas para el estudio del Derecho de excepción y su aplicacion práctica. A la par que el Covid-19 se extendía por todos los confínes del planeta, los Estados se apresuraban a adoptar duras medidas de contención, encuadrándolas, en muchas ocasiones, en uno de los estados de excepción previstos por su texto constitucional. En ese contexto, este trabajo analiza la utilización del Derecho de excepción en los Estados miembros de la Unión Europea desde marzo de 2020 hasta junio de 2021, centrándose especialmente en el papel de los parlamentos nacionales y los tribunales internos a la hora de evitar eventuales abusos de poder por parte del ejercutivo en la gestión de la pandemia.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2021-11-22","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"45096421","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29128
Roberto Viciano Pastor, Diego González Cadenas
Este artículo tiene por objeto detallar los variados mecanismos de enmienda constitucional en las constituciones estatales de Estados Unidos. Se hace especial énfasis en los mecanismos de participación popular directa. El constitucionalismo, en la teoría y práctica estadounidense, está profundamente ligado a la participación popular.The purpose of this article is to detail the various mechanisms of constitutional amendment in the state constitutions of the United States. Special emphasis is placed on analyzing the mechanisms of direct popular participation. Constitutionalism, in American theory and practice, is deeply tied to popular participation.
{"title":"El procedimiento de enmienda constitucional en las constituciones estatales de Estados Unidos: particularidades de los procesos y mecanismos de participación ciudadana","authors":"Roberto Viciano Pastor, Diego González Cadenas","doi":"10.5944/trc.46.2020.29128","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29128","url":null,"abstract":"Este artículo tiene por objeto detallar los variados mecanismos de enmienda constitucional en las constituciones estatales de Estados Unidos. Se hace especial énfasis en los mecanismos de participación popular directa. El constitucionalismo, en la teoría y práctica estadounidense, está profundamente ligado a la participación popular.The purpose of this article is to detail the various mechanisms of constitutional amendment in the state constitutions of the United States. Special emphasis is placed on analyzing the mechanisms of direct popular participation. Constitutionalism, in American theory and practice, is deeply tied to popular participation.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42635286","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29105
Lorenzo Cotino Hueso, Rosario García Mahamut, Manuel Medina Guerrero, Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Artemi Rallo Lombarte, Lucrecio Rebollo Delgado, Antonio Troncoso Reigada, Camino Vidal Fueyo
En esta encuesta un grupo de profesores de derecho constitucional contestan un conjunto de preguntas sobre la protección de datos personales y los retos a los que se enfrenta actualmente, el reconocimiento de un derecho fundamental a la protección de datos y las posibilidades que tiene de garantizar la posición de los ciudadanos frente a las amenazas transnacionales, el camino seguido para construir dicho derecho tanto a nivel nacional como supranacional, el papel que han jugado el legislador y los jueces, así como sobre la existencia de las agencias de protección de datos y el lugar que ocupan.In this academic survey a group of Constitutional Law Professors answer some questions about personal data protection and its challenges in the digital society, the recognition of a fundamental right of data protection and its possibilities against the transnational threats, the way of recognition of that right in a national and supranational process, the role played by the legislators and the judges, and about the data protection agencies and its functions.
在这项调查一群教授应答一套宪法保护个人资料提出的问题和面临的挑战目前,承认的一项基本权利和对数据保护确保公民的立场跨国威胁,这条路继续该权利在国家一级作为一个超国家的搭建,立法者和法官所扮演的角色,以及数据保护机构的存在和它们所占据的位置。In this academic调查a group of Constitutional Law Professors回答一些问题about personal data protection and its挑战In the digital society recognition of a right of data protection and its志愿基本against the跨国威胁,the way of recognition of that right In a national and supranational process, the role played by the歧见and the法官、and about the data protection机构及其职能。
{"title":"Encuesta sobre la Protección de Datos Personales","authors":"Lorenzo Cotino Hueso, Rosario García Mahamut, Manuel Medina Guerrero, Pablo Lucas Murillo de la Cueva, Artemi Rallo Lombarte, Lucrecio Rebollo Delgado, Antonio Troncoso Reigada, Camino Vidal Fueyo","doi":"10.5944/trc.46.2020.29105","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29105","url":null,"abstract":"En esta encuesta un grupo de profesores de derecho constitucional contestan un conjunto de preguntas sobre la protección de datos personales y los retos a los que se enfrenta actualmente, el reconocimiento de un derecho fundamental a la protección de datos y las posibilidades que tiene de garantizar la posición de los ciudadanos frente a las amenazas transnacionales, el camino seguido para construir dicho derecho tanto a nivel nacional como supranacional, el papel que han jugado el legislador y los jueces, así como sobre la existencia de las agencias de protección de datos y el lugar que ocupan.In this academic survey a group of Constitutional Law Professors answer some questions about personal data protection and its challenges in the digital society, the recognition of a fundamental right of data protection and its possibilities against the transnational threats, the way of recognition of that right in a national and supranational process, the role played by the legislators and the judges, and about the data protection agencies and its functions.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":"55 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"71322509","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29120
Leyre Escajedo San Epifanio
Recurriendo a García Pelayo, son bastantes los elementos de los actuales sistemas democráticos en los que cabría hallar, sobre todo en lo formal, una cierta homogeneidad armónica con sus precedentes históricos o referentes de Derecho comparado. De todos ellos, sin embargo, parece que la inviolabilidad regia es uno de los pocos —sino el único— de los elementos en los que se duda si las previsiones constitucionales deben interpretarse dentro del marco sistemático que les da cobijo o si, por el contrario, cabe la posibilidad de eludir ese marco y basarse en antecedentes históricos o referentes comparados para proceder a su interpretación. Pareciera que, al menos respecto del estatuto regio, se defiende no sólo una cierta suprapositividad sino, incluso, la supuesta existencia anclaje preconstitucional inamovible, ubicado lejos del alcance de la soberanía que reside en el pueblo. Desde la perspectiva del Derecho constitucional, aunque sin perder de vista la historiografía y, hasta cierto punto, la Psicología política, este trabajo aborda el estudio de dicho fenómeno, procediendo a una revisión histórica de la inviolabilidad regia y al análisis de las interpretaciones contemporáneas de la misma.Recalling García Pelayo, there are quite a few elements of the current democratic systems in which it would be possible to find, especially in formal terms, a certain harmonic homogeneity with their historical precedents or comparative law references. Of all of them, however, it seems that royal inviolability is one of the few —if not the only one— of the elements in which it is doubted whether the current constitutional provisions should be interpreted within the systematic framework that shelters them or whether, on the contrary, it is possible to circumvent this framework and rely on historical antecedents or comparative references to proceed with its interpretation. It would seem that, at least with respect to the royal statute, not only a certain suprapositive nature is defended, but even the supposed existence of an immovable pre-constitutional anchor, situated far from the reach of the sovereignty that resides in the people. From the perspective of Constitutional law, although without losing sight of historiography and, to a certain extent, Political psychology, this work addresses the study of this phenomenon, proceeding to a historical review of royal inviolability and an analysis of contemporary interpretations of it.
从garcia Pelayo的角度来看,当前民主制度的许多要素,特别是在形式上,与历史先例或比较法的参照点有一定的和谐同质性。所有他们,然而,不可侵犯的规则似乎是为数不多的几个—而是唯一要素—在疑问如果宪法应预报系统框架内给他们的住所,或如果相反,可能规避这一框架和基于历史背景或者比较来加以解释。至少在区域地位方面,似乎不仅捍卫了一定程度的超积极,而且甚至捍卫了假定存在的不可撤销的立宪前锚,远离人民主权的范围。从宪法角度,但不忽略史学,并且在某种程度上,这份工作涉及政治心理学研究说不可侵犯的历史现象,正在修订规则和分析当代解释自己。回顾garcia Pelayo,当前民主制度的一些要素,特别是在形式上,可以找到与历史先例或比较法律参考的某种和谐的同质性。Of all Of皇家察,但他指出,它似乎不可is one Of the politico—if not the only one—Of the elements in which it is doubted should be the current宪法条款是否interpreted within the systematic framework that shelters察or on the条约,是否它单人床circumvent this framework和rely on历史antecedents or comparative》to proceed with its interpretation。我认为,至少就《皇家法令》而言,不仅要捍卫一种超肯定的性质,而且要捍卫一种不受宪法约束的前锚的假定存在,这种锚的地位远远超出了人民的主权范围。从宪法的角度看,虽然没有历史学和某种程度上的政治心理学的观点,本著作对这一现象进行了研究,对皇家不可侵犯性进行了历史回顾,并对当代的解释进行了分析。
{"title":"La inviolabilidad regia en perspectiva comparada: revisión histórica e interpretaciones contemporáneas","authors":"Leyre Escajedo San Epifanio","doi":"10.5944/trc.46.2020.29120","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29120","url":null,"abstract":"Recurriendo a García Pelayo, son bastantes los elementos de los actuales sistemas democráticos en los que cabría hallar, sobre todo en lo formal, una cierta homogeneidad armónica con sus precedentes históricos o referentes de Derecho comparado. De todos ellos, sin embargo, parece que la inviolabilidad regia es uno de los pocos —sino el único— de los elementos en los que se duda si las previsiones constitucionales deben interpretarse dentro del marco sistemático que les da cobijo o si, por el contrario, cabe la posibilidad de eludir ese marco y basarse en antecedentes históricos o referentes comparados para proceder a su interpretación. Pareciera que, al menos respecto del estatuto regio, se defiende no sólo una cierta suprapositividad sino, incluso, la supuesta existencia anclaje preconstitucional inamovible, ubicado lejos del alcance de la soberanía que reside en el pueblo. Desde la perspectiva del Derecho constitucional, aunque sin perder de vista la historiografía y, hasta cierto punto, la Psicología política, este trabajo aborda el estudio de dicho fenómeno, procediendo a una revisión histórica de la inviolabilidad regia y al análisis de las interpretaciones contemporáneas de la misma.Recalling García Pelayo, there are quite a few elements of the current democratic systems in which it would be possible to find, especially in formal terms, a certain harmonic homogeneity with their historical precedents or comparative law references. Of all of them, however, it seems that royal inviolability is one of the few —if not the only one— of the elements in which it is doubted whether the current constitutional provisions should be interpreted within the systematic framework that shelters them or whether, on the contrary, it is possible to circumvent this framework and rely on historical antecedents or comparative references to proceed with its interpretation. It would seem that, at least with respect to the royal statute, not only a certain suprapositive nature is defended, but even the supposed existence of an immovable pre-constitutional anchor, situated far from the reach of the sovereignty that resides in the people. From the perspective of Constitutional law, although without losing sight of historiography and, to a certain extent, Political psychology, this work addresses the study of this phenomenon, proceeding to a historical review of royal inviolability and an analysis of contemporary interpretations of it.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42488573","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29116
Carlos Garrido López
El estado de alarma fue considerado un instrumento de dudosa utilidad. Frente a las crisis naturales, sanitarias o tecnológicas, la legislación sectorial ordinaria preveía diversas medidas extraordinarias que, a juicio de la doctrina, hacían innecesario recurrir a dicho estado. Y las prevenciones introducidas en su regulación legal, dificultaban su uso ante situaciones de conflictividad social. El estado de alarma se declaró, sin embargo, en diciembre de 2010, para restablecer el servicio público esencial del trasporte aéreo paralizado por los controladores al servicio de AENA, y en marzo y octubre de 2020, para superar la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19. Ello ha evidenciado la versatilidad de la institución y la funcionalidad que antes se le negaba, pero también han puesto de manifiesto las limitaciones e insuficiencias de su regulación legal, tanto por lo que respecta a las situaciones críticas que permiten declararlo cuanto a las medidas susceptibles de adoptar. En este trabajo se analiza la naturaleza bifronte del estado de alarma, junto a las dificultades interpretativas que suscita su activación frente a conflictos sociales y otras emergencias que desbordan su marco jurídico. Asimismo, se abordan el problema de la distinción entre limitación y suspensión de derechos que subyace bajo el elenco de medidas de este estado, las críticas que desencadenó su declaración en 2010 y el intenso debate doctrinal que han generado las restricciones a la libertad de circulación, la reclusión domiciliaria y la afección de otros derechos conexos, como los de reunión, manifestación y sufragio, durante la gravísima crisis de la COVID-19.The state of alert was considered an instrument of dubious utility. To fight natural, health or technological crises, the sector-specific legislation provided for several extraordinary measures that, according to the doctrine, made it unnecessary to resort to this regime. The preventions set out in its legal regulation hindered its use in situations of social conflict. The state of alert, however, was declared in December 2010, to reestablish the essential public service of air transportation —which had been cut by the strike of the air traffic controllers working for AENA— and in March and October 2020, to control the health crisis caused by the COVID-19 pandemic. Both situations have evinced the limitations and inadequacies of the legal regulation of this regime, both regarding the critical situations that allow to declare it and the measures that can be adopted. This work delves into the two-faced nature of the state of alert and the interpretation difficulties arising from its activation to tackle social conflicts and other emergencies that go beyond its legal framework. There is also an analysis of the problem of differentiating between limiting and suspending rights that lies behind the catalog of measures of this regime, the criticisms to its declaration in 2010 and the intense doctrinal debate
警报状态被认为是一种有用的工具。在面对自然、健康或技术危机时,普通部门立法规定了各种特别措施,法律专家认为,这些措施使国家没有必要求助。法律法规中引入的预防措施使其难以在社会冲突的情况下使用。然而,2010年12月宣布进入警报状态,以恢复因AENA服务管制员而瘫痪的基本公共航空运输服务,并于2020年3月和10月宣布进入警报状态,以克服COVID-19大流行造成的健康危机。这突出了该机构的多功能性和以前被剥夺的功能,但也突出了其法律规定的局限性和不足,无论是在可以宣布这一点的危急情况方面,还是在可以采取的措施方面。本文分析了警报状态的双重性质,以及在社会冲突和其他超出其法律框架的紧急情况下激活警报状态所引起的解释困难。还解决这个问题要区分和中止的权利限制措施铸这种状态下的负面批评,在2010年爆发的发言和激烈的辩论教条已经导致限制行动自由,被家庭和亲情相关的其他权利,如会议、示威和投票权,gravísima COVID-19危机期间。The state of警报就所审议的was an dubious utility核准文书。为应对自然、健康或技术危机,具体部门立法规定了若干特别措施,根据该学说,这些措施无须利用这一制度。法律条例中规定的预防措施阻碍了在社会冲突情况下使用预防措施。The state of警觉,然而,2010年12月中国reestablish The public service of air”运输—cut by的全面罢工of The air traffic controllers working for AENA—and in March和2020年10月,以控制危机所造成的健康状况by The COVID-19 virus。这两种情况都消除了对这一制度的法律规定的局限性和不足之处,这两种情况都涉及可宣布这一制度的危急情况和可采取的措施。这项工作阐述了警报状态的双重性质以及在启动警报状态以处理社会冲突和超出其法律框架的其他紧急情况时所产生的解释困难。也有an analysis of the problem of differentiating日期与suspending rights,史蒂文·索德伯格(the catalog of measures of this制度背后,批评to its宣言in 2010 and the intense教条的辩论from the限制to the freedom of movement, the lockdown and the侵犯of the right to会议其他连接权利,如to protest and to vote during the critical COVID-19危机。
{"title":"La naturaleza bifronte del estado de alarma y el dilema limitación-suspensión de derechos","authors":"Carlos Garrido López","doi":"10.5944/trc.46.2020.29116","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29116","url":null,"abstract":"El estado de alarma fue considerado un instrumento de dudosa utilidad. Frente a las crisis naturales, sanitarias o tecnológicas, la legislación sectorial ordinaria preveía diversas medidas extraordinarias que, a juicio de la doctrina, hacían innecesario recurrir a dicho estado. Y las prevenciones introducidas en su regulación legal, dificultaban su uso ante situaciones de conflictividad social. El estado de alarma se declaró, sin embargo, en diciembre de 2010, para restablecer el servicio público esencial del trasporte aéreo paralizado por los controladores al servicio de AENA, y en marzo y octubre de 2020, para superar la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19. Ello ha evidenciado la versatilidad de la institución y la funcionalidad que antes se le negaba, pero también han puesto de manifiesto las limitaciones e insuficiencias de su regulación legal, tanto por lo que respecta a las situaciones críticas que permiten declararlo cuanto a las medidas susceptibles de adoptar. En este trabajo se analiza la naturaleza bifronte del estado de alarma, junto a las dificultades interpretativas que suscita su activación frente a conflictos sociales y otras emergencias que desbordan su marco jurídico. Asimismo, se abordan el problema de la distinción entre limitación y suspensión de derechos que subyace bajo el elenco de medidas de este estado, las críticas que desencadenó su declaración en 2010 y el intenso debate doctrinal que han generado las restricciones a la libertad de circulación, la reclusión domiciliaria y la afección de otros derechos conexos, como los de reunión, manifestación y sufragio, durante la gravísima crisis de la COVID-19.The state of alert was considered an instrument of dubious utility. To fight natural, health or technological crises, the sector-specific legislation provided for several extraordinary measures that, according to the doctrine, made it unnecessary to resort to this regime. The preventions set out in its legal regulation hindered its use in situations of social conflict. The state of alert, however, was declared in December 2010, to reestablish the essential public service of air transportation —which had been cut by the strike of the air traffic controllers working for AENA— and in March and October 2020, to control the health crisis caused by the COVID-19 pandemic. Both situations have evinced the limitations and inadequacies of the legal regulation of this regime, both regarding the critical situations that allow to declare it and the measures that can be adopted. This work delves into the two-faced nature of the state of alert and the interpretation difficulties arising from its activation to tackle social conflicts and other emergencies that go beyond its legal framework. There is also an analysis of the problem of differentiating between limiting and suspending rights that lies behind the catalog of measures of this regime, the criticisms to its declaration in 2010 and the intense doctrinal debate","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"71322390","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29125
Humberto Nogueira Alcalá
El artículo analiza la explosión social ocurrida en octubre de 2019 en Chile, que se manifiesta por importantes fuerzas sociales que demandan significativos cambios políticos y sociales, como también una nueva Constitución. Dicha movilización de la sociedad civil implicó una toma de conciencia por parte del Gobierno y del Congreso Nacional de los graves problemas sociales no asumidos en la política gubernamental, lo que llevará a un acuerdo político parlamentario que asume el agotamiento del sistema constitucional y el desarrollo de un proceso constituyente, el cual queda regulado en un epígrafe del capítulo XV de la Constitución, el que regula dicho proceso en tres etapas, el plebiscito (referéndum) de entrada, en el que la ciudadanía debe decidir si quiere una nueva Constitución y debe optar por el tipo de convención que la debatirá y aprobará; la segunda etapa, regula el proceso electoral de los convencionales y la regulación, funciones y limitaciones de la convención que elaborará y propondrá el texto de nueva Constitución; y la tercera etapa, el desarrollo del plebiscito (referéndum) en que la ciudadanía deberá pronunciarse sobre la aprobación o rechazo del texto elaborado por la convención. Finalmente el autor realiza algunos comentarios sobre dicho proceso constituyente.The article analyzes the social explosion that occurred in October 2019 in Chile, which is manifested by important social forces that demand significant political and social changes, as well as a new Constitution. This mobilization of civil society involved an awareness by the Government and the National Congress of the serious social problems not assumed in government policy, which will lead to a parliamentary political agreement that assumes the exhaustion of the constitutional system and the development of a constituent process, which is regulated in an epigraph of chapter XV of the Constitution, which regulates said process in three stages, the initial plebiscite (referendum), in which citizens must decide if they want a new Constitution and must choose for the type of convention that will debate and approve it; the second stage, regulates the electoral process of the conventional ones and the regulation, functions and limitations of the convention that will elaborate and propose the text of the new Constitution; and the third stage, the development of the plebiscite (referendum) in which the citizenry must pronounce on the approval or rejection of the text prepared by the convention. Finally, the author makes some comments on said constituent process.
{"title":"El camino hacia una nueva Constitución","authors":"Humberto Nogueira Alcalá","doi":"10.5944/trc.46.2020.29125","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29125","url":null,"abstract":"El artículo analiza la explosión social ocurrida en octubre de 2019 en Chile, que se manifiesta por importantes fuerzas sociales que demandan significativos cambios políticos y sociales, como también una nueva Constitución. Dicha movilización de la sociedad civil implicó una toma de conciencia por parte del Gobierno y del Congreso Nacional de los graves problemas sociales no asumidos en la política gubernamental, lo que llevará a un acuerdo político parlamentario que asume el agotamiento del sistema constitucional y el desarrollo de un proceso constituyente, el cual queda regulado en un epígrafe del capítulo XV de la Constitución, el que regula dicho proceso en tres etapas, el plebiscito (referéndum) de entrada, en el que la ciudadanía debe decidir si quiere una nueva Constitución y debe optar por el tipo de convención que la debatirá y aprobará; la segunda etapa, regula el proceso electoral de los convencionales y la regulación, funciones y limitaciones de la convención que elaborará y propondrá el texto de nueva Constitución; y la tercera etapa, el desarrollo del plebiscito (referéndum) en que la ciudadanía deberá pronunciarse sobre la aprobación o rechazo del texto elaborado por la convención. Finalmente el autor realiza algunos comentarios sobre dicho proceso constituyente.The article analyzes the social explosion that occurred in October 2019 in Chile, which is manifested by important social forces that demand significant political and social changes, as well as a new Constitution. This mobilization of civil society involved an awareness by the Government and the National Congress of the serious social problems not assumed in government policy, which will lead to a parliamentary political agreement that assumes the exhaustion of the constitutional system and the development of a constituent process, which is regulated in an epigraph of chapter XV of the Constitution, which regulates said process in three stages, the initial plebiscite (referendum), in which citizens must decide if they want a new Constitution and must choose for the type of convention that will debate and approve it; the second stage, regulates the electoral process of the conventional ones and the regulation, functions and limitations of the convention that will elaborate and propose the text of the new Constitution; and the third stage, the development of the plebiscite (referendum) in which the citizenry must pronounce on the approval or rejection of the text prepared by the convention. Finally, the author makes some comments on said constituent process.","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"49498034","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-16DOI: 10.5944/trc.46.2020.29131
Amaya Úbeda De Torres
La identificación y consolidación de los estándares de derechos humanos forma parte de la labor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, el impacto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo en la construcción de normas comunes en el ámbito de la democracia y de las elecciones es una de las cuestiones más complejas, ya que el derecho electoral es generalmente parte del ámbito de soberanía estatal. El Tribunal ha desarrollado una rica jurisprudencia sobre los derechos a la participación política a partir del artículo 3 del Protocolo I. A pesar del enunciado particular de este artículo, diferente de los demás derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, ha habido una clara evolución hacia una protección naturaleza tanto individual como dual de los derechos políticos. Este desarrollo habría sido incompleto sin el trabajo y las interacciones con la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, cuyo nombre completo es «Comisión para la Democracia a través del Derecho», que contribuye en gran medida al desarrollo de procesos normativos, actuando como catalizador de la voluntad de los Estados para alcanzar un consenso europeo. La Comisión de Venecia es un organismo internacional que tiene una dimensión diplomática: debe cooperar con los Estados y, al mismo tiempo, debe emitir dictámenes y recomendaciones que no siempre sean fáciles de aplicar (y que no siempre se siguen) a nivel nacional. Este trabajo se centra en el complejo papel desempeñado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión de Venecia para promover con éxito el establecimiento de normas europeas comunes y buenas prácticas en el ámbito electoral. La contribución explora primero las normas de hard law desarrolladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su jurisprudencia en el ámbito de las elecciones. Examina además el papel de la Comisión de Venecia y sus métodos de trabajo a la hora de identificar los estándares de soft law en el campo electoral y cómo, a través de sus interacciones con la Corte, refuerza dichos estándares y el hard law para promover un ius commune electoral.The identification and consolidation of human rights standards is part of the work of the European Court of Human Rights. However, the applicability of the European Court’s case-law to the construction of common standards in the field of democracy and elections is one of the most difficult areas, as electoral law is generally part of the sovereign choice of the State. The Court has developed a rich case-law on the rights to political participation on the basis of Article 3 to Protocol I. In spite of the particular content of this Article, different of the other rights recognised in the European Convention on Human Rights, there has been a clear evolution towards a protection of both the individual and the dual nature of political rights. This development would have been incomplete without the work and the interactions with the Council of Europe’s Venice Commission, wh
确定和巩固人权标准是欧洲人权法院工作的一部分。然而,欧洲法院判例法对民主和选举领域共同规则的构建的影响是最复杂的问题之一,因为选举法通常是国家主权领域的一部分。法院已经开发出丰富参政权利判例起《第一议定书》第3条尽管本文的具体措词,不同于其余的《欧洲人权公约》规定的权利,有一个明确的演变性质分别和双重保护政治权利。这就仅仅是不完整的发展工作和与欧洲委员会威尼斯委员会之间的互动,其全名是«»法民主委员会通过,非常有利于发展政策进程,作为推动欧洲各国达成共识的意愿。威尼斯委员会是一个具有外交层面的国际机构:它必须与各国合作,同时提出意见和建议,这些意见和建议在国家一级并不总是容易执行(也不总是遵循)。这项工作的重点是欧洲人权法院和威尼斯委员会在成功促进在选举领域建立共同的欧洲标准和良好做法方面所发挥的复杂作用。本文首先探讨了欧洲人权法院在选举领域的判例法中制定的硬法规则。看看除了威尼斯委员会的作用及其工作方法的时间确定在软性法律标准以及如何交互,通过选举法院强化了这些标准,并选举法律为促进普通法。确定和巩固人权标准是欧洲人权法院工作的一部分。然而,欧洲法院判例法在民主和选举领域建立共同标准方面的适用性是最困难的领域之一,因为选举法一般是国家主权选择的一部分。The Court发展a rich case-law on The rights to political participation根据第三条to议定书特别是content of this In spite of The这一不同of The other rights recognised条,《欧洲人权公约》,there has been a clear evolution towards a protection of both The双轨个人and The nature of political rights。这一发展将得到incomplete without the work and the与欧洲委员会威尼斯委员会之间的相互作用,which full name is通过Law»,«Commission for Democracy which largely密to the development of过程代理as a catalyser of the States’将to reach欧洲共识。威尼斯委员会是一个具有外交层面的国际机构:它必须与各国合作,同时,它必须提出在国家一级并不总是容易执行(也不总是遵循)的意见和建议。本文着重讨论欧洲人权法院和威尼斯委员会在选举领域成功确立欧洲共同标准和良好做法方面所起的复杂作用。本文首先探讨了欧洲人权法院在选举领域的判例法中制定的硬法标准。它进一步审查了威尼斯委员会在确定选举领域的软法律标准方面的作用及其工作方法,以及如何通过与法院的互动加强这些标准和硬法律标准,以促进共同的选举法。
{"title":"Los estándares de derecho electoral a la luz de la jurisprudencia del TEDH y del Código de buenas prácticas de la Comisión de Venecia","authors":"Amaya Úbeda De Torres","doi":"10.5944/trc.46.2020.29131","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.46.2020.29131","url":null,"abstract":"La identificación y consolidación de los estándares de derechos humanos forma parte de la labor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo, el impacto de la jurisprudencia del Tribunal Europeo en la construcción de normas comunes en el ámbito de la democracia y de las elecciones es una de las cuestiones más complejas, ya que el derecho electoral es generalmente parte del ámbito de soberanía estatal. El Tribunal ha desarrollado una rica jurisprudencia sobre los derechos a la participación política a partir del artículo 3 del Protocolo I. A pesar del enunciado particular de este artículo, diferente de los demás derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, ha habido una clara evolución hacia una protección naturaleza tanto individual como dual de los derechos políticos. Este desarrollo habría sido incompleto sin el trabajo y las interacciones con la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, cuyo nombre completo es «Comisión para la Democracia a través del Derecho», que contribuye en gran medida al desarrollo de procesos normativos, actuando como catalizador de la voluntad de los Estados para alcanzar un consenso europeo. La Comisión de Venecia es un organismo internacional que tiene una dimensión diplomática: debe cooperar con los Estados y, al mismo tiempo, debe emitir dictámenes y recomendaciones que no siempre sean fáciles de aplicar (y que no siempre se siguen) a nivel nacional. Este trabajo se centra en el complejo papel desempeñado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión de Venecia para promover con éxito el establecimiento de normas europeas comunes y buenas prácticas en el ámbito electoral. La contribución explora primero las normas de hard law desarrolladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su jurisprudencia en el ámbito de las elecciones. Examina además el papel de la Comisión de Venecia y sus métodos de trabajo a la hora de identificar los estándares de soft law en el campo electoral y cómo, a través de sus interacciones con la Corte, refuerza dichos estándares y el hard law para promover un ius commune electoral.The identification and consolidation of human rights standards is part of the work of the European Court of Human Rights. However, the applicability of the European Court’s case-law to the construction of common standards in the field of democracy and elections is one of the most difficult areas, as electoral law is generally part of the sovereign choice of the State. The Court has developed a rich case-law on the rights to political participation on the basis of Article 3 to Protocol I. In spite of the particular content of this Article, different of the other rights recognised in the European Convention on Human Rights, there has been a clear evolution towards a protection of both the individual and the dual nature of political rights. This development would have been incomplete without the work and the interactions with the Council of Europe’s Venice Commission, wh","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-12-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"71322555","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-04-03DOI: 10.5944/trc.45.2020.27156
Francisco Javier Romero Caro, Alicia González Moro, Laura Hernández Llinás
RESEÑA de: Miguel Pérez-Moneo; María Garrote de Marcos; Esther Pano Puey. “Derecho electoral español” (Francisco Javier Romero Caro). RESEÑA de: Jorge Urdánoz Ganuza; Enrique del Olmo. “Reformar el sistema electoral” (Alicia González Moro). RESEÑA de: Francisco Palacios Romeo; Enrique Cebrián Zazurca (eds.) “Elegir cómo elegir. Retos y urgencias del régimen electoral en España” (Laura Hernández Llinás).
{"title":"Recensiones","authors":"Francisco Javier Romero Caro, Alicia González Moro, Laura Hernández Llinás","doi":"10.5944/trc.45.2020.27156","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/trc.45.2020.27156","url":null,"abstract":"RESEÑA de: Miguel Pérez-Moneo; María Garrote de Marcos; Esther Pano Puey. “Derecho electoral español” (Francisco Javier Romero Caro). RESEÑA de: Jorge Urdánoz Ganuza; Enrique del Olmo. “Reformar el sistema electoral” (Alicia González Moro). RESEÑA de: Francisco Palacios Romeo; Enrique Cebrián Zazurca (eds.) “Elegir cómo elegir. Retos y urgencias del régimen electoral en España” (Laura Hernández Llinás).","PeriodicalId":43046,"journal":{"name":"Teoria y Realidad Constitucional","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.5,"publicationDate":"2020-04-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42756585","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}