Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.009
Julio Alberto Rodríguez Vásquez, Cristina Valega Chipoco
El presente artículo identifica los problemas jurídicos interpretativos y de calificación que plantean los tipos penales nacionales de violación sexual con base en un examen de la jurisprudencia y literatura especializada más contemporánea. A través de una interpretación teleológica y sistemática de estos delitos y de la aplicación de una perspectiva de género, se construyen alternativas preliminares de solución a los mismos. La principal conclusión jurídica a la que se llega es que, con la incorporación del medio comisivo de «aprovechamiento de cualquier otro entorno que impida a la persona dar su libre consentimiento» en el delito de violación sexual en su modalidad básica (artículo 170 del Código Penal), el ordenamiento jurídicopenal peruano ha incorporado un modelo basado principalmente en la ausencia de consentimiento para los delitos sexuales. Este modelo, a su vez, se acerca a la aproximación «sí significa sí» del consentimiento, en atención a una interpretación convencional, constitucional y teleológica de la redacción del tipo penal. Asimismo, el artículo arriba a otras conclusiones jurídicas importantes sobre el tipo penal, tales como su factible cobertura de casos de stealthing, la viabilidad jurídica de su comisión por compenetración y no solo penetración, por omisión impropia y sin requerir ánimo lascivo adicional al dolo, entre otras. Finalmente, a la luz de aquellas conclusiones, se examinan sistemáticamente los artículos 171, 172, 173, 174 y 175 del Código Penal peruano y se proponen alternativas de interpretación jurídicas congruentes de los mismos. Una de las más relevantes es la inconstitucionalidad del tipo penal de violación sexual mediante engaño (artículo 175) y la argumentación de su reconducción con base en el artículo 170, pues el primero podría ser empleado para sostener que el engaño no es un medio idóneo para cometer violación sexual contra una víctima adulta o adolescente mayor de 13 años, impidiendo la protección efectiva de la libertad sexual.
{"title":"Violencia sexual y derecho penal: sobre los problemas contemporáneos en la interpretación del tipo penal de violación sexual en el Código Penal del Perú","authors":"Julio Alberto Rodríguez Vásquez, Cristina Valega Chipoco","doi":"10.18800/derechopucp.202302.009","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.009","url":null,"abstract":"El presente artículo identifica los problemas jurídicos interpretativos y de calificación que plantean los tipos penales nacionales de violación sexual con base en un examen de la jurisprudencia y literatura especializada más contemporánea. A través de una interpretación teleológica y sistemática de estos delitos y de la aplicación de una perspectiva de género, se construyen alternativas preliminares de solución a los mismos. La principal conclusión jurídica a la que se llega es que, con la incorporación del medio comisivo de «aprovechamiento de cualquier otro entorno que impida a la persona dar su libre consentimiento» en el delito de violación sexual en su modalidad básica (artículo 170 del Código Penal), el ordenamiento jurídicopenal peruano ha incorporado un modelo basado principalmente en la ausencia de consentimiento para los delitos sexuales. Este modelo, a su vez, se acerca a la aproximación «sí significa sí» del consentimiento, en atención a una interpretación convencional, constitucional y teleológica de la redacción del tipo penal. Asimismo, el artículo arriba a otras conclusiones jurídicas importantes sobre el tipo penal, tales como su factible cobertura de casos de stealthing, la viabilidad jurídica de su comisión por compenetración y no solo penetración, por omisión impropia y sin requerir ánimo lascivo adicional al dolo, entre otras. Finalmente, a la luz de aquellas conclusiones, se examinan sistemáticamente los artículos 171, 172, 173, 174 y 175 del Código Penal peruano y se proponen alternativas de interpretación jurídicas congruentes de los mismos. Una de las más relevantes es la inconstitucionalidad del tipo penal de violación sexual mediante engaño (artículo 175) y la argumentación de su reconducción con base en el artículo 170, pues el primero podría ser empleado para sostener que el engaño no es un medio idóneo para cometer violación sexual contra una víctima adulta o adolescente mayor de 13 años, impidiendo la protección efectiva de la libertad sexual.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139217456","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.011
Héctor Olasolo, Luisa Fernanda Villarraga Zschommler, Sofia Linares Botero
El presente artículo estudia diferentes perspectivas criminológicas que ayudan a entender el fenómeno de la corrupción transnacional. Con ese fin se estudiarán, en primer lugar, las características de las sociedades contemporáneas desde diferentes perspectivas criminológicas para, después, explicar cómo estas aportan en el estudio y la comprensión de la corrupción transnacional. Asimismo, se analizarán múltiples perspectivas como la criminología de los poderosos y de los medios de comunicación, la victimología, la criminología verde y del maldesarrollo, los crímenes de la globalización y la macrocriminalidad, entre otros.
{"title":"Aportaciones criminológicas a la comprensión de la corrupción transnacional","authors":"Héctor Olasolo, Luisa Fernanda Villarraga Zschommler, Sofia Linares Botero","doi":"10.18800/derechopucp.202302.011","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.011","url":null,"abstract":"El presente artículo estudia diferentes perspectivas criminológicas que ayudan a entender el fenómeno de la corrupción transnacional. Con ese fin se estudiarán, en primer lugar, las características de las sociedades contemporáneas desde diferentes perspectivas criminológicas para, después, explicar cómo estas aportan en el estudio y la comprensión de la corrupción transnacional. Asimismo, se analizarán múltiples perspectivas como la criminología de los poderosos y de los medios de comunicación, la victimología, la criminología verde y del maldesarrollo, los crímenes de la globalización y la macrocriminalidad, entre otros.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139227417","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.002
Vanesa Morente Parra
En el presente artículo se analiza el papel de la bioética y el derecho ante el desarrollo de las actuales técnicas de intervención meliorativa sobre el genotipo y el cerebro. Con el desarrollo de la técnica de CRISPR/Cas9 en los últimos años, un individuo podría mejorar sus condiciones genéticas manipulando sus células somáticas. No obstante, el interés doctrinal se ha centrado más en la línea germinal pues, a diferencia de la anterior —que se extingue con el fallecimiento—, tiene la capacidad para afectar al genoma de la descendencia. Del mismo modo, con las nuevas técnicas de BCI, un individuo podría conectar su cerebro a una IA con la finalidad de estimular y potenciar determinadas áreas cerebrales. Sin embargo, tanto desde la bioética como desde el derecho parece inferirse una prohibición general de intervenciones meliorativas. ¿Qué argumentos racionales sostienen esta prohibición? ¿Es el cuerpo humano un bien indisponible para el individuo? ¿Se trata de una limitación injustificada de la autonomía de la voluntad?
{"title":"Manipulando genes y cerebros: la bioética y el derecho ante la mejora humana","authors":"Vanesa Morente Parra","doi":"10.18800/derechopucp.202302.002","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.002","url":null,"abstract":"En el presente artículo se analiza el papel de la bioética y el derecho ante el desarrollo de las actuales técnicas de intervención meliorativa sobre el genotipo y el cerebro. Con el desarrollo de la técnica de CRISPR/Cas9 en los últimos años, un individuo podría mejorar sus condiciones genéticas manipulando sus células somáticas. No obstante, el interés doctrinal se ha centrado más en la línea germinal pues, a diferencia de la anterior —que se extingue con el fallecimiento—, tiene la capacidad para afectar al genoma de la descendencia. Del mismo modo, con las nuevas técnicas de BCI, un individuo podría conectar su cerebro a una IA con la finalidad de estimular y potenciar determinadas áreas cerebrales. Sin embargo, tanto desde la bioética como desde el derecho parece inferirse una prohibición general de intervenciones meliorativas. ¿Qué argumentos racionales sostienen esta prohibición? ¿Es el cuerpo humano un bien indisponible para el individuo? ¿Se trata de una limitación injustificada de la autonomía de la voluntad?","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139222887","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.008
Álvaro Córdova Flores
Este artículo explora cómo se enseña el derecho en el orden bijurídico de Quebec, donde coexisten la tradición del derecho civil y el common law. Se centra particularmente en el desarrollo y la implementación del método transistémico de educación jurídica desarrollado en la Facultad de Derecho de la Universidad McGill, en Canadá. Este método consiste, en esencia, en enseñar ambas tradiciones jurídicas simultánea y comparativamente. Tiene por objetivo que sus egresados puedan navegar las diferentes tensiones políticas y culturales existentes en Canadá, entablar diálogos jurídicos interculturales y ejercer en dos sistemas jurídicos. Esta metodología, en la que se enfatiza la convivencia de dos sistemas jurídicos, ha implicado también repensar la noción del derecho, alejándose de miradas legalistas y abrazando nociones cercanas al pluralismo jurídico. El artículo se estructura explicando las diferentes capas contextuales que han rodeado el surgimiento y desarrollo de este método transistémico. Se explica el contexto macroinstitucional presentando las tensiones entre anglo-Canadá y la provincia de Quebec; el contexto mesoinstitucional, que explica las discusiones surgidas al interior de la provincia y la Facultad de Derecho; mientras que el contexto microinstitucional presenta cómo se enseñan los cursos de obligaciones/contratos y responsabilidad extracontractual/torts.
{"title":"Las transgresiones respetuosas de la enseñanza del common law y el derecho civil en Quebec: lecciones del método transistémico de educación jurídica","authors":"Álvaro Córdova Flores","doi":"10.18800/derechopucp.202302.008","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.008","url":null,"abstract":"Este artículo explora cómo se enseña el derecho en el orden bijurídico de Quebec, donde coexisten la tradición del derecho civil y el common law. Se centra particularmente en el desarrollo y la implementación del método transistémico de educación jurídica desarrollado en la Facultad de Derecho de la Universidad McGill, en Canadá. Este método consiste, en esencia, en enseñar ambas tradiciones jurídicas simultánea y comparativamente. Tiene por objetivo que sus egresados puedan navegar las diferentes tensiones políticas y culturales existentes en Canadá, entablar diálogos jurídicos interculturales y ejercer en dos sistemas jurídicos. Esta metodología, en la que se enfatiza la convivencia de dos sistemas jurídicos, ha implicado también repensar la noción del derecho, alejándose de miradas legalistas y abrazando nociones cercanas al pluralismo jurídico. El artículo se estructura explicando las diferentes capas contextuales que han rodeado el surgimiento y desarrollo de este método transistémico. Se explica el contexto macroinstitucional presentando las tensiones entre anglo-Canadá y la provincia de Quebec; el contexto mesoinstitucional, que explica las discusiones surgidas al interior de la provincia y la Facultad de Derecho; mientras que el contexto microinstitucional presenta cómo se enseñan los cursos de obligaciones/contratos y responsabilidad extracontractual/torts.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139215404","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.003
César Edwin Moreno More
La frustración de las expectativas que genera el incesante avance de la ciencia y técnica médicas ha llevado a la búsqueda constante de una compensación. En este contexto, se han presentado acciones legales conocidas como wrongful birth y wrongful life con relación al nacimiento de menores con discapacidades. Mientras que las primeras son reconocidas en los sistemas jurídicos en donde estas acciones se han planteado, las segundas son denegadas de manera general, generando no obstante diversas dudas y cuestionamientos. En la presente investigación se analizan los argumentos que se emplean en diferentes sistemas jurídicos para negar el acogimiento de las acciones de wrongful life, cuestionando su fundamentación. Este tema es especialmente complejo no solo desde un punto de vista jurídico, sino también principalmente bioético, ya que su análisis implica una apreciación del valor de la propia vida humana. En su desarrollo hemos utilizado un método de investigación cualitativo, prestando atención a los distintos ordenamientos jurídicos tanto de civil law como de common law. La investigación se divide en dos partes: la primera contextualiza la problemática y la segunda se enfoca en su desarrollo, describiendo el origen y la evolución de las acciones de wrongful life, su circulación en diversos ordenamientos, su negación generalizada en la mayoría de ellos y el análisis crítico de los argumentos que se manifiestan para negar su reconocimiento
{"title":"Reflexiones sobre los fundamentos de la responsabilidad médica por wrongful life. ¿La vida como daño?","authors":"César Edwin Moreno More","doi":"10.18800/derechopucp.202302.003","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.003","url":null,"abstract":"La frustración de las expectativas que genera el incesante avance de la ciencia y técnica médicas ha llevado a la búsqueda constante de una compensación. En este contexto, se han presentado acciones legales conocidas como wrongful birth y wrongful life con relación al nacimiento de menores con discapacidades. Mientras que las primeras son reconocidas en los sistemas jurídicos en donde estas acciones se han planteado, las segundas son denegadas de manera general, generando no obstante diversas dudas y cuestionamientos. En la presente investigación se analizan los argumentos que se emplean en diferentes sistemas jurídicos para negar el acogimiento de las acciones de wrongful life, cuestionando su fundamentación. Este tema es especialmente complejo no solo desde un punto de vista jurídico, sino también principalmente bioético, ya que su análisis implica una apreciación del valor de la propia vida humana. En su desarrollo hemos utilizado un método de investigación cualitativo, prestando atención a los distintos ordenamientos jurídicos tanto de civil law como de common law. La investigación se divide en dos partes: la primera contextualiza la problemática y la segunda se enfoca en su desarrollo, describiendo el origen y la evolución de las acciones de wrongful life, su circulación en diversos ordenamientos, su negación generalizada en la mayoría de ellos y el análisis crítico de los argumentos que se manifiestan para negar su reconocimiento","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139218959","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.007
Roberto Navarro-Dolmestch
Este artículo analiza, desde una perspectiva descriptiva y como apertura de una línea de investigación, el impacto que las tecnologías de inteligencia artificial generativas (IAG) pueden representar para la integridad académica, materializado en la actividad docente y en los procesos de evaluación en la enseñanza universitaria del derecho. El artículo toma como premisa la definición de la integridad académica como un conjunto de valores y sostiene que de la IAG surgen una serie de riesgos que amenazan dichos valores, como la excesiva dependencia y confianza en la IAG, la irrealizabilidad del proyecto pedagógico y la pérdida de competitividad de las instituciones educativas, entre otros. Para minimizar o anular tales riesgos y, de esa forma, impedir que ellos se concreten en afectaciones a la integridad académica, se identifican cuatro medidas de mitigación para ser aplicadas en entornos universitarios.
{"title":"Descripción de los riesgos y desafíos para la integridad académica de aplicaciones generativas de inteligencia artificial","authors":"Roberto Navarro-Dolmestch","doi":"10.18800/derechopucp.202302.007","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.007","url":null,"abstract":"Este artículo analiza, desde una perspectiva descriptiva y como apertura de una línea de investigación, el impacto que las tecnologías de inteligencia artificial generativas (IAG) pueden representar para la integridad académica, materializado en la actividad docente y en los procesos de evaluación en la enseñanza universitaria del derecho. El artículo toma como premisa la definición de la integridad académica como un conjunto de valores y sostiene que de la IAG surgen una serie de riesgos que amenazan dichos valores, como la excesiva dependencia y confianza en la IAG, la irrealizabilidad del proyecto pedagógico y la pérdida de competitividad de las instituciones educativas, entre otros. Para minimizar o anular tales riesgos y, de esa forma, impedir que ellos se concreten en afectaciones a la integridad académica, se identifican cuatro medidas de mitigación para ser aplicadas en entornos universitarios.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139219154","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.006
Daniela Accatino
El desafío de la búsqueda de las personas víctimas de desaparición forzada comprende usualmente el de la recuperación de la identidad de los restos que logran ser hallados. Este trabajo releva la dimensión jurídica de la identificación y su calidad de decisión acerca de la prueba de un hecho, que puede ser analizada con las herramientas conceptuales de la teoría de la prueba jurídica. Sobre esa base, se aborda la pregunta sobre el estándar de prueba aplicable y se ofrece un análisis basado en la experiencia chilena reciente, en la que se ha tendido a consolidar la prueba positiva de ADN como una suerte de golden standard, exclusivo y excluyente, para la identificación. A menudo, sin embargo, ese resultado no se puede alcanzar por deterioro del ADN en las muestras de restos obtenidos, por la escasez de las muestras dada la práctica de exhumaciones clandestinas o por falta de muestras de parientes para comparación. El trabajo explora las preguntas que se abren entonces, tanto respecto de la posibilidad de que otra clase de pruebas forenses sean aceptables y suficientes como sobre el trato que se debe dar a los restos cuya identificación no resulta actualmente posible.
搜寻强迫失踪受害者所面临的挑战通常涉及恢复所发现遗骸的身份。本文强调了身份确认的法律层面及其作为事实证明决定的质量,这可以用法律证据理论的概念工具进行分析。在此基础上,本文探讨了适用的证据标准问题,并根据智利最近的经验进行了分析,在智利,人们倾向于将阳性 DNA 证据作为一种黄金标准加以巩固,并将其排除在鉴定之外。然而,由于获得的遗骸样本中的 DNA 已经变质、秘密发掘导致样本稀缺或缺乏亲属样本进行对比等原因,这一结果往往无法实现。本文探讨了由此产生的问题,包括其他法医证据是否可以接受和足够,以及如何处理目前无法鉴定的遗骸。
{"title":"Estándares probatorios y dilemas jurídicos en la identificación de restos de personas víctimas de desaparición forzada. Una mirada desde la experiencia chilena","authors":"Daniela Accatino","doi":"10.18800/derechopucp.202302.006","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.006","url":null,"abstract":"El desafío de la búsqueda de las personas víctimas de desaparición forzada comprende usualmente el de la recuperación de la identidad de los restos que logran ser hallados. Este trabajo releva la dimensión jurídica de la identificación y su calidad de decisión acerca de la prueba de un hecho, que puede ser analizada con las herramientas conceptuales de la teoría de la prueba jurídica. Sobre esa base, se aborda la pregunta sobre el estándar de prueba aplicable y se ofrece un análisis basado en la experiencia chilena reciente, en la que se ha tendido a consolidar la prueba positiva de ADN como una suerte de golden standard, exclusivo y excluyente, para la identificación. A menudo, sin embargo, ese resultado no se puede alcanzar por deterioro del ADN en las muestras de restos obtenidos, por la escasez de las muestras dada la práctica de exhumaciones clandestinas o por falta de muestras de parientes para comparación. El trabajo explora las preguntas que se abren entonces, tanto respecto de la posibilidad de que otra clase de pruebas forenses sean aceptables y suficientes como sobre el trato que se debe dar a los restos cuya identificación no resulta actualmente posible.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139220109","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.005
César Higa Silva, José Enrique Sotomayor Trelles, R. Cavani
El presente artículo es un estudio de caso sobre la configuración del deber de imparcialidad en el desarrollo jurisprudencial de los tribunales de derechos humanos y su influencia en los tribunales domésticos peruanos. En esa línea, se analiza la forma en que se ha construido la distinción entre imparcialidad subjetiva y objetiva —identificada con la «teoría de las apariencias»— y, más adelante, se determina la relación entre imparcialidad y sesgos cognitivos. Ello con la finalidad de realizar una crítica a la teoría de las apariencias y proponer la formulación de un estándar en el que se distinguen tres dimensiones de la garantía de imparcialidad: subjetiva, objetivo-funcional y objetivo-cognitiva. Finalmente, se aborda la distinción entre independencia judicial externa e interna, y se determina su diferencia con la imparcialidad.
{"title":"La formulación de un estándar normativo de imparcialidad que incorpore la imparcialidad objetivo-cognitiva en el ordenamiento jurídico peruano: un estudio sobre la repercusión de la jurisprudencia de los tribunales internacionales de derechos humanos","authors":"César Higa Silva, José Enrique Sotomayor Trelles, R. Cavani","doi":"10.18800/derechopucp.202302.005","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.005","url":null,"abstract":"El presente artículo es un estudio de caso sobre la configuración del deber de imparcialidad en el desarrollo jurisprudencial de los tribunales de derechos humanos y su influencia en los tribunales domésticos peruanos. En esa línea, se analiza la forma en que se ha construido la distinción entre imparcialidad subjetiva y objetiva —identificada con la «teoría de las apariencias»— y, más adelante, se determina la relación entre imparcialidad y sesgos cognitivos. Ello con la finalidad de realizar una crítica a la teoría de las apariencias y proponer la formulación de un estándar en el que se distinguen tres dimensiones de la garantía de imparcialidad: subjetiva, objetivo-funcional y objetivo-cognitiva. Finalmente, se aborda la distinción entre independencia judicial externa e interna, y se determina su diferencia con la imparcialidad.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139218323","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El presente artículo examina críticamente la línea jurisprudencial desarrollada en el último tiempo por la Sala Civil de la Corte Suprema chilena en torno a la exclusión del crédito con garantía estatal para el financiamiento de estudios de educación superior del procedimiento concursal de liquidación. Luego de identificar las condiciones de aplicación del criterio de especialidad y los principios que informan a los procedimientos concursales, se explica por qué, contrariamente a lo que sostiene la Sala, los mecanismos contemplados en el título V de la Ley N.° 20.027 no son realmente especiales de cara al procedimiento concursal de liquidación regulado en la Ley N.° 20.720. En general, se sostiene que no toda regulación asociada a hipótesis generales o especiales de insolvencia forma parte del derecho concursal. En la medida que la regulación no se refiera a un procedimiento colectivo, con órganos que tiendan a aumentar la tasa de recuperación de los acreedores y/o salvaguardar el sistema de crédito y el orden público económico, la regulación no forma parte del derecho concursal. En este entendido, se concluye que los mecanismos contemplados por la Ley N.° 20.027 no forman parte del derecho concursal, pues todos ellos no son más que medios de tutela individual, aun cuando estén asociados a una hipótesis de insolvencia.
{"title":"Sobre la pretendida especialidad de la Ley N.° 20.027 respecto a la Ley N.° 20.720 sobre insolvencia y reemprendimiento en Chile. Reflexiones acerca de las condiciones que debe cumplir una norma para ser considerada especial","authors":"Sebastián Nicolás Campos Micin, Jesús Ezurmendia Álvarez","doi":"10.18800/derechopucp.202302.010","DOIUrl":"https://doi.org/10.18800/derechopucp.202302.010","url":null,"abstract":"El presente artículo examina críticamente la línea jurisprudencial desarrollada en el último tiempo por la Sala Civil de la Corte Suprema chilena en torno a la exclusión del crédito con garantía estatal para el financiamiento de estudios de educación superior del procedimiento concursal de liquidación. Luego de identificar las condiciones de aplicación del criterio de especialidad y los principios que informan a los procedimientos concursales, se explica por qué, contrariamente a lo que sostiene la Sala, los mecanismos contemplados en el título V de la Ley N.° 20.027 no son realmente especiales de cara al procedimiento concursal de liquidación regulado en la Ley N.° 20.720. En general, se sostiene que no toda regulación asociada a hipótesis generales o especiales de insolvencia forma parte del derecho concursal. En la medida que la regulación no se refiera a un procedimiento colectivo, con órganos que tiendan a aumentar la tasa de recuperación de los acreedores y/o salvaguardar el sistema de crédito y el orden público económico, la regulación no forma parte del derecho concursal. En este entendido, se concluye que los mecanismos contemplados por la Ley N.° 20.027 no forman parte del derecho concursal, pues todos ellos no son más que medios de tutela individual, aun cuando estén asociados a una hipótesis de insolvencia.","PeriodicalId":41953,"journal":{"name":"Derecho PUCP","volume":null,"pages":null},"PeriodicalIF":0.1,"publicationDate":"2023-11-28","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139223816","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-11-28DOI: 10.18800/derechopucp.202302.001
Esteban Buriticá-Arango
Los tribunales han desempeñado un papel protagónico en la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido en varios países. Desde la década de 1990, han propiciado la anulación o restricción de normas que sancionan el homicidio por piedad y la ayuda al suicidio, y han contribuido al desarrollo de los fundamentos ético-jurídicos de los procedimientos de muerte asistida. Sin embargo, en cada país los jueces han atribuido alcances, naturaleza y fundamentos muy distintos al derecho a la muerte asistida. En este artículo analizo tres diferencias principales, relacionadas con las condiciones que dan acceso a la asistencia médica, los derechos fundamentales que la respaldan y su naturaleza como derecho subjetivo. Concluyo que el derecho a la muerte asistida puede ser, según el país, un privilegio, una inmunidad o una pretensión, fundamentado a menudo en interpretaciones diferentes —e incompatibles— de los derechos fundamentales y con ámbitos de aplicabilidad muy variable.
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