Oliver Wendell Holmes es generalmente reconocido como el “padre fundador” del Derecho contemporáneo en Estados Unidos de América, ejerciendo una influencia determinante en prácticamente todas las corrientes de pensamiento jurídico, aunque con particular impacto en las distintas direcciones iusrealistas, pues mantuvo una concepción realista del Derecho muy crítica con el formalismo jurídico imperante en su época. Para él el Derecho es un Derecho vivo y como tal dinámico y cambiante a impulso de las exigencias del presente en el que ha de ser aplicado. En su opinión el Derecho no tiene tanto una “esencia” lógico formal como existencia vital que se resuelve en la “experiencia” jurídica (es conocida la formulación de su concepción del Derecho: “La vida del Derecho no ha sido la lógica, sino la experiencia”, hecha en su libro más importante e influyente, The Common Law, cuyo objetivo principal era presentar una visión general del Common Law, con un enfoque explícito que acoplaba historia y jurisprudencia, realzando el valor la experiencia jurídica y la fijación de estándares jurídicos en varios campos del Common Law). Publicó obras jurídicas magistrales, pero también su pensamiento tuvo una repercusión extraordinaria en el ámbito judicial a través de sus Votos Particulares discrepantes (se anticiparían a su tiempo, porque años después su doctrina judicial sería acogida por la Corte Suprema de Estados Unidos, y ya conforme al giro legislativo marcado por la “New Deal”). De manera que reunía en sí la más elevada influencia en el mundo académico y judicial.
{"title":"iusrealismo de Oliver Wendell Holmes, entre pragmatismo antiformalista y teoría predictiva de la decisión judicial","authors":"José Luis Monereo Pérez","doi":"10.46661/lexsocial.8865","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8865","url":null,"abstract":"Oliver Wendell Holmes es generalmente reconocido como el “padre fundador” del Derecho contemporáneo en Estados Unidos de América, ejerciendo una influencia determinante en prácticamente todas las corrientes de pensamiento jurídico, aunque con particular impacto en las distintas direcciones iusrealistas, pues mantuvo una concepción realista del Derecho muy crítica con el formalismo jurídico imperante en su época. Para él el Derecho es un Derecho vivo y como tal dinámico y cambiante a impulso de las exigencias del presente en el que ha de ser aplicado. En su opinión el Derecho no tiene tanto una “esencia” lógico formal como existencia vital que se resuelve en la “experiencia” jurídica (es conocida la formulación de su concepción del Derecho: “La vida del Derecho no ha sido la lógica, sino la experiencia”, hecha en su libro más importante e influyente, The Common Law, cuyo objetivo principal era presentar una visión general del Common Law, con un enfoque explícito que acoplaba historia y jurisprudencia, realzando el valor la experiencia jurídica y la fijación de estándares jurídicos en varios campos del Common Law). Publicó obras jurídicas magistrales, pero también su pensamiento tuvo una repercusión extraordinaria en el ámbito judicial a través de sus Votos Particulares discrepantes (se anticiparían a su tiempo, porque años después su doctrina judicial sería acogida por la Corte Suprema de Estados Unidos, y ya conforme al giro legislativo marcado por la “New Deal”). De manera que reunía en sí la más elevada influencia en el mundo académico y judicial.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"48 2","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-10-24","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135267316","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
This chapter analyses the British labour migration laws post Brexit inclusive of the European Union Settlement Scheme. The intricacies of the migration rules are explored and explained, leading the reader to understand the complex points-based system. An evaluation follows of the various employment routes’ visas with a mention of safe and legal routes. Its critical and theoretical conclusion accentuates the strengths and weaknesses of the contemporary British migration system.
{"title":"Labour migration in the United Kingdom post Brexit: its policies and reforms","authors":"Joseph Carby-Hall","doi":"10.46661/lexsocial.8826","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8826","url":null,"abstract":"This chapter analyses the British labour migration laws post Brexit inclusive of the European Union Settlement Scheme. The intricacies of the migration rules are explored and explained, leading the reader to understand the complex points-based system. An evaluation follows of the various employment routes’ visas with a mention of safe and legal routes. Its critical and theoretical conclusion accentuates the strengths and weaknesses of the contemporary British migration system.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"19 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-10-16","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"136142147","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El actual mercado de trabajo, caracterizado por una fuerte digitalización y en constante evolución, ha traído consigo, entre otros elementos, nuevas formas de trabajo y necesidades de formación exigentes y ágiles para adaptarse a esos rápidos cambios que trae consigo la revolución 4.0. Las políticas activas de empleo constituyen un área que, como todas las concernientes al mercado de trabajo, ha de adaptarse a las singularidades de esa nueva realidad laboral. La empleabilidad, elemento renovado y fortalecido por la reciente Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, constituye un elemento clave de adaptación a los cambios que ya estamos viviendo y que serán una constante en los próximos años. Por ello, se analiza en este trabajo la necesidad de dotar de elementos de arraigo y fortalecimiento a esa empleabilidad desde el espacio de coordinación entre instituciones público-privadas, agentes sociales y sujetos concernidos. La nueva dimensión del derecho-deber a la empleabilidad, correctamente aplicada, nos abre una oportunidad para alcanzar una real aplicación de esta ventaja para nuestro sistema productivo, fuertemente digitalizado en cuanto a máquinas y robots, pero mucho menos en cuanto a delegación y autonomía de las personas trabajadoras. Se trata así, a continuación, de reflexionar sobre un elemento nuclear -empleabilidad- y su conexión con el mercado de trabajo y la productividad, dentro del amplio campo de las políticas activas de empleo.
{"title":"Políticas activas de empleo y su necesaria redimensión: apunte sobre la nueva vertiente del derecho-deber a la empleabilidad","authors":"Francisca Moreno Romero","doi":"10.46661/lexsocial.8774","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8774","url":null,"abstract":"El actual mercado de trabajo, caracterizado por una fuerte digitalización y en constante evolución, ha traído consigo, entre otros elementos, nuevas formas de trabajo y necesidades de formación exigentes y ágiles para adaptarse a esos rápidos cambios que trae consigo la revolución 4.0. Las políticas activas de empleo constituyen un área que, como todas las concernientes al mercado de trabajo, ha de adaptarse a las singularidades de esa nueva realidad laboral. La empleabilidad, elemento renovado y fortalecido por la reciente Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, constituye un elemento clave de adaptación a los cambios que ya estamos viviendo y que serán una constante en los próximos años. Por ello, se analiza en este trabajo la necesidad de dotar de elementos de arraigo y fortalecimiento a esa empleabilidad desde el espacio de coordinación entre instituciones público-privadas, agentes sociales y sujetos concernidos. La nueva dimensión del derecho-deber a la empleabilidad, correctamente aplicada, nos abre una oportunidad para alcanzar una real aplicación de esta ventaja para nuestro sistema productivo, fuertemente digitalizado en cuanto a máquinas y robots, pero mucho menos en cuanto a delegación y autonomía de las personas trabajadoras. Se trata así, a continuación, de reflexionar sobre un elemento nuclear -empleabilidad- y su conexión con el mercado de trabajo y la productividad, dentro del amplio campo de las políticas activas de empleo.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"65 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-10-08","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135198017","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El ensayo, que desarrolla la ponencia presentada en el seminario que se celebró en Alcalá de Henares, en octubre de 2022, sobre "Los grandes retos de la migración laboral: reflexiones y propuestas”, examina la legislación italiana en materia de inmigración, y se centra en las novedades más recientes
这篇文章是在2022年10月在alcala de Henares举行的“劳动力移民的巨大挑战:反思和建议”研讨会上发表的论文的基础上发表的,它审查了意大利的移民法,并关注了最新的发展
{"title":"Migraciones por motivos laborales: medidas introducidas en los últimos años en la legislación italiana","authors":"Vincenzo Ferrante","doi":"10.46661/lexsocial.8775","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8775","url":null,"abstract":"El ensayo, que desarrolla la ponencia presentada en el seminario que se celebró en Alcalá de Henares, en octubre de 2022, sobre \"Los grandes retos de la migración laboral: reflexiones y propuestas”, examina la legislación italiana en materia de inmigración, y se centra en las novedades más recientes","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"63 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-10-08","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135198031","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
La transformación tecnológica nos ha dejado un mundo interconectado donde los datos han pasado a ser los protagonistas, y en el que, más allá del cumplimiento normativo, un tratamiento ético de los datos personales de los empleados puede ayudar a las empresas a gestionar, en su vertiente interna, los riesgos relacionados con la privacidad y la confidencialidad de los mismos. En este contexto, el código ético, como conjunto de normas elaboradas voluntariamente por una empresa con el fin de regular el comportamiento de sus miembros, se presenta como herramienta de autoregulación idónea, pero no siempre efectiva. Por ello, con este trabajo, pretendemos analizar el papel del código ético en la gestión empresarial de los datos personales de sus empleados, los problemas de vinculatoriedad jurídica que presentan y los deberes concretos que impone a empresarios y personas trabajadoras, pero, sobre todo, el nivel de penetración y eficacia real dada su naturaleza voluntaria y de Derecho flexible.
{"title":"código ético como mecanismo de autorregulación empresarial en la protección de datos de sus empleados: singularidades sobre su eficacia","authors":"Marina Fernández Ramírez","doi":"10.46661/lexsocial.8758","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8758","url":null,"abstract":"La transformación tecnológica nos ha dejado un mundo interconectado donde los datos han pasado a ser los protagonistas, y en el que, más allá del cumplimiento normativo, un tratamiento ético de los datos personales de los empleados puede ayudar a las empresas a gestionar, en su vertiente interna, los riesgos relacionados con la privacidad y la confidencialidad de los mismos. En este contexto, el código ético, como conjunto de normas elaboradas voluntariamente por una empresa con el fin de regular el comportamiento de sus miembros, se presenta como herramienta de autoregulación idónea, pero no siempre efectiva. Por ello, con este trabajo, pretendemos analizar el papel del código ético en la gestión empresarial de los datos personales de sus empleados, los problemas de vinculatoriedad jurídica que presentan y los deberes concretos que impone a empresarios y personas trabajadoras, pero, sobre todo, el nivel de penetración y eficacia real dada su naturaleza voluntaria y de Derecho flexible.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"18 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-10-01","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135407114","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
{"title":"Francisca Moreno Romero, La calificación del trabajador subordinado o autónomo como delimitador del régimen protector, Granada, Comares, 2022","authors":"Juan Carlos García Quiñones","doi":"10.46661/lexsocial.8536","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8536","url":null,"abstract":"-","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"11 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-09-20","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"136306499","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
La Ley 2/2023 introduce una serie de protecciones y garantías para los trabajadores que informen sobre determinados incumplimientos del Derecho de la Unión. Aunque la norma en cuestión amplía los derechos de libertad de expresión e información, favoreciendo la detección de irregularidades, ha excluido de su ámbito de aplicación a aquellas comunicaciones sobre incumplimientos que afecten a los trabajadores de forma individualizada. Esta situación evidencia vacíos de protección sobre las represalias que puedan producirse. En relación con las informaciones protegidas, la normativa plantea dudas respecto a la calificación de las represalias, siendo conveniente que opere la nulidad. Para informar sobre infracciones, la Ley 2/2023 introduce la posibilidad de recurrir a canales de información internos o externos, así como la posibilidad de realizar una revelación pública en determinados supuestos. Estas vías de información pueden ampliar los métodos por los que se active la garantía de indemnidad, como trataremos de exponer en este estudio, en base al análisis normativo y a la experiencia judicial existente hasta la fecha.
{"title":"La garantía de indemnidad a la luz de la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción","authors":"Jaime Piqueras García","doi":"10.46661/lexsocial.8530","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8530","url":null,"abstract":"La Ley 2/2023 introduce una serie de protecciones y garantías para los trabajadores que informen sobre determinados incumplimientos del Derecho de la Unión. Aunque la norma en cuestión amplía los derechos de libertad de expresión e información, favoreciendo la detección de irregularidades, ha excluido de su ámbito de aplicación a aquellas comunicaciones sobre incumplimientos que afecten a los trabajadores de forma individualizada. Esta situación evidencia vacíos de protección sobre las represalias que puedan producirse. En relación con las informaciones protegidas, la normativa plantea dudas respecto a la calificación de las represalias, siendo conveniente que opere la nulidad. Para informar sobre infracciones, la Ley 2/2023 introduce la posibilidad de recurrir a canales de información internos o externos, así como la posibilidad de realizar una revelación pública en determinados supuestos. Estas vías de información pueden ampliar los métodos por los que se active la garantía de indemnidad, como trataremos de exponer en este estudio, en base al análisis normativo y a la experiencia judicial existente hasta la fecha.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"34 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-09-18","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135153088","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Para Simone Weil el trabajo bajo condiciones capitalistas de organización de la producción (con la utilización instrumental de las fuerzas productivas: maquinaria y tecnología, incluidas) se realiza a través de mecanismos de opresión institucionalizada, siendo la relación de trabajo un típica relación de poder/dominación social. De este modo, las fuerzas productivas (los medios) acaban por sustituir a los fines; a la par que los trabajadores son considerados como simples “factores productivos” (racionalidad instrumental). En estas condiciones de subordinación o sometimiento al poder del empresario la situación real de los trabajadores es la de pérdida de la libertad y de toda posibilidad de creatividad en el trabajo. Todo ello le conduce a Simone Weil a defender “un trabajo no servil”. En la sociedad industrial la forma del trabajo asalariado (condición proletaria) es generadora del desarraigo obrero. Es así, que la instauración generalizada de un “trabajo no servil” -no basado en el sometimiento y en la pérdida del sentido “espiritual” del trabajo-, debe suponer la supresión de la condición proletaria deshumanizada sustituyéndola por la condición de ciudadanía laboral respetuosa de la dignidad de la persona que trabaja. Este el sentido de una propuesta de “Estatuto del Trabajo” de contenidos reformistas radicales. Para ello el movimiento obrero debe organizarse a fin de crear unas nuevas bases de organización de la empresa y la mejora sistemática de las condiciones de trabajo. Piensa que no se puede avanzar exclusivamente en un solo país para alcanzar el avance social, debe fortalecerse el internacionalismo obrero de una manera más eficaz y coordinada, y a través de estrategias concertadas.
{"title":"El sentido del trabajo y su centralidad en las sociedades democráticas: pensamiento y acción en Simone Weil","authors":"José Luis Monereo Pérez","doi":"10.46661/lexsocial.8197","DOIUrl":"https://doi.org/10.46661/lexsocial.8197","url":null,"abstract":"Para Simone Weil el trabajo bajo condiciones capitalistas de organización de la producción (con la utilización instrumental de las fuerzas productivas: maquinaria y tecnología, incluidas) se realiza a través de mecanismos de opresión institucionalizada, siendo la relación de trabajo un típica relación de poder/dominación social. De este modo, las fuerzas productivas (los medios) acaban por sustituir a los fines; a la par que los trabajadores son considerados como simples “factores productivos” (racionalidad instrumental). En estas condiciones de subordinación o sometimiento al poder del empresario la situación real de los trabajadores es la de pérdida de la libertad y de toda posibilidad de creatividad en el trabajo. Todo ello le conduce a Simone Weil a defender “un trabajo no servil”. En la sociedad industrial la forma del trabajo asalariado (condición proletaria) es generadora del desarraigo obrero. Es así, que la instauración generalizada de un “trabajo no servil” -no basado en el sometimiento y en la pérdida del sentido “espiritual” del trabajo-, debe suponer la supresión de la condición proletaria deshumanizada sustituyéndola por la condición de ciudadanía laboral respetuosa de la dignidad de la persona que trabaja. Este el sentido de una propuesta de “Estatuto del Trabajo” de contenidos reformistas radicales. Para ello el movimiento obrero debe organizarse a fin de crear unas nuevas bases de organización de la empresa y la mejora sistemática de las condiciones de trabajo. Piensa que no se puede avanzar exclusivamente en un solo país para alcanzar el avance social, debe fortalecerse el internacionalismo obrero de una manera más eficaz y coordinada, y a través de estrategias concertadas.","PeriodicalId":486684,"journal":{"name":"Lex social","volume":"67 1","pages":"0"},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-05-30","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"135643761","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}