Pretendemos propiciar el reconocimiento de la naturaleza como Sujeto de Derecho, mediante una propuesta de reforma parcial constitucional – con la incorporación del artículo 3-A y modificación de los artículos 1°, 66° y 67° de la Constitución Política del Perú-, para dotarla de terminología más idónea que asegure su protección y respeto, abriendo el debate para visibilizar la necesidad de cambiar nuestra concepción antropocentrista que nos ha llevado a la destrucción de la vida; y, en vez nos permitamos estrechar los lazos de unidad con la naturaleza, con el fin de generar conciencia colectiva, que es la clave para afrontar y en lo posible, frenar la depredación ambiental. Modificación constitucional, que permitiría generar un nuevo pacto social, orientado a sellar nuestra comunión con la Pachamama, y, por ende, propiciar un tratamiento jurídico destinado a garantizar la eficacia en la justicia social ambiental. Ello, bajo los siguientes puntos estudiados con el método deductivo -valorativo: (i) la importancia de comprender y recobrar los vínculos de unidad con la Pachamama, (ii) el derecho comparado respecto al reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho, (iii) las implicancias del reconocimiento de la Pachamama como Sujeto de Derecho, y (iv) propuestas de modificación constitucional; adhiriendo conceptos hacia una perspectiva más amplia de tutela de la naturaleza.
{"title":"El reconocimiento de la naturaleza como Sujeto de Derecho, a través de una reforma constitucional: una mirada de reconciliación del hombre con la naturaleza","authors":"Jaqueline Edith Inofuente Peñaloza","doi":"10.56212/rae.v1i1.4","DOIUrl":"https://doi.org/10.56212/rae.v1i1.4","url":null,"abstract":"Pretendemos propiciar el reconocimiento de la naturaleza como Sujeto de Derecho, mediante una propuesta de reforma parcial constitucional – con la incorporación del artículo 3-A y modificación de los artículos 1°, 66° y 67° de la Constitución Política del Perú-, para dotarla de terminología más idónea que asegure su protección y respeto, abriendo el debate para visibilizar la necesidad de cambiar nuestra concepción antropocentrista que nos ha llevado a la destrucción de la vida; y, en vez nos permitamos estrechar los lazos de unidad con la naturaleza, con el fin de generar conciencia colectiva, que es la clave para afrontar y en lo posible, frenar la depredación ambiental. Modificación constitucional, que permitiría generar un nuevo pacto social, orientado a sellar nuestra comunión con la Pachamama, y, por ende, propiciar un tratamiento jurídico destinado a garantizar la eficacia en la justicia social ambiental. Ello, bajo los siguientes puntos estudiados con el método deductivo -valorativo: (i) la importancia de comprender y recobrar los vínculos de unidad con la Pachamama, (ii) el derecho comparado respecto al reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derecho, (iii) las implicancias del reconocimiento de la Pachamama como Sujeto de Derecho, y (iv) propuestas de modificación constitucional; adhiriendo conceptos hacia una perspectiva más amplia de tutela de la naturaleza.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":"33 1-2 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2022-01-22","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"78202178","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.64506
Oscar Reicher Salazar
El año 2010 se reformó la institucionalidad ambiental de Chile y se creó el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad (CMS). Antes de esta reforma cada sector podía dictar actos administrativos generales o específicos, sin contar con una integración coordinada en materias ambientales. Dada esta situación, se le entregó la competencia al CMS de pronunciarse sobre los proyectos de ley y actos administrativos que deriven tanto de la autoridad ambiental como de los organismos sectoriales con competencia en la materia. Sin embargo, tras diez años de implementada, es hace necesario revisar si la reforma ha cumplido el objetivo planteado. Para ello se revisaron los acuerdos adoptados por el CMS siguiendo las actas de sesión publicadas en la página web del organismo para el periodo comprendido entre 2010 y 2020. Los resultados muestran que la creación del CMS no ha contribuido significativamente a la incorporación de la variable ambiental. Además, se demuestra que los acuerdos relativos a las áreas protegidas juegan un rol relevante en la gestión conjunta que realiza el Ministerio de Medio Ambiente con otros ministerios sectoriales.
{"title":"Análisis de los acuerdos del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad","authors":"Oscar Reicher Salazar","doi":"10.5354/0719-4633.2021.64506","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.64506","url":null,"abstract":"El año 2010 se reformó la institucionalidad ambiental de Chile y se creó el \u0000Consejo de Ministros para la Sustentabilidad (CMS). Antes de esta reforma cada sector \u0000podía dictar actos administrativos generales o específicos, sin contar con una integración coordinada en materias ambientales. Dada esta situación, se le entregó la competencia al CMS de pronunciarse sobre los proyectos de ley y actos administrativos que \u0000deriven tanto de la autoridad ambiental como de los organismos sectoriales con competencia en la materia. Sin embargo, tras diez años de implementada, es hace necesario \u0000revisar si la reforma ha cumplido el objetivo planteado. Para ello se revisaron los acuerdos adoptados por el CMS siguiendo las actas de sesión publicadas en la página web del \u0000organismo para el periodo comprendido entre 2010 y 2020. Los resultados muestran \u0000que la creación del CMS no ha contribuido significativamente a la incorporación de la \u0000variable ambiental. Además, se demuestra que los acuerdos relativos a las áreas protegidas juegan un rol relevante en la gestión conjunta que realiza el Ministerio de Medio \u0000Ambiente con otros ministerios sectoriales.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"43613961","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.58687
Verónica Lucía Cáreces
La preocupación por la situación del ambiente es un problema global que involucra derechos humanos inalienables de creciente importancia para la sostenibilidad de la vida. Este artículo tiene como objetivo analizar el lugar que asume la educación ambiental formal en el sistema educativo obligatorio de la República Argentina. En ese sentido, entiende que la educación ambiental conforma un instrumento de política y gestión de tipo preventivo que contribuye a propiciar conductas y valores relacionados con la protección del ambiente. Se trata de un trabajo exploratorio con una metodología cualitativa que recurre al análisis documental. A lo largo del trabajo se conceptualizan algunos aspectos de la educación ambiental como herramienta de gestión preventiva y se estudia el ordenamiento jurídico que la sostiene a nivel nacional y provincial. Las conclusiones permiten observar que la educación ambiental formal ha permanecido más allá de los cambios en las políticas ambientales y se ha institucionalizado en un conjunto de normativas altamente fragmentadas
{"title":"La educación ambiental en la legislación de Argentina","authors":"Verónica Lucía Cáreces","doi":"10.5354/0719-4633.2021.58687","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.58687","url":null,"abstract":"La preocupación por la situación del ambiente es un problema global que \u0000involucra derechos humanos inalienables de creciente importancia para la sostenibilidad de la vida. Este artículo tiene como objetivo analizar el lugar que asume la educación ambiental formal en el sistema educativo obligatorio de la República Argentina. En \u0000ese sentido, entiende que la educación ambiental conforma un instrumento de política \u0000y gestión de tipo preventivo que contribuye a propiciar conductas y valores relacionados \u0000con la protección del ambiente. Se trata de un trabajo exploratorio con una metodología \u0000cualitativa que recurre al análisis documental. A lo largo del trabajo se conceptualizan \u0000algunos aspectos de la educación ambiental como herramienta de gestión preventiva \u0000y se estudia el ordenamiento jurídico que la sostiene a nivel nacional y provincial. Las \u0000conclusiones permiten observar que la educación ambiental formal ha permanecido \u0000más allá de los cambios en las políticas ambientales y se ha institucionalizado en un \u0000conjunto de normativas altamente fragmentadas","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"46603452","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.64157
Israel Castro Enríquez
A la luz del derecho internacional ambiental se estudiaron los regímenes jurídicos, jurisprudenciales y doctrinarios que engloban a la institución de alta mar, ya que tanto la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho de Mar de 1982 como la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992 congregan una desnaturalización a los derechos y obligaciones de protección establecidos en beneficio de alta mar; porque dentro de estos instrumentos internacionales sus efectos y aplicación radican dentro de la teoría soft law, debido al carácter soberano de los Estados y por la escasa técnica legislativa contemplada en su desarrollo normativo; cuestiones que inducen a la formación de vacíos legales que provocan que los casos en materia de contaminación y sobreexplotación de recursos naturales no renovables que yacen en alta mar queden en la impunidad. Por ende, este trabajo invita a la comunidad internacional a modificar la estructura jurídica de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho de Mar de 1982, en la medida que incorpore una protección efectiva en la Parte VII sobre alta mar; y, además incluya en cierto modo al medio ambiente con el objeto de prevenir y reducir potenciales actividades antrópicas que provocan el deterioro del ambiente por los nuevos usos y costumbres instigados en el siglo XXI.
{"title":"La naturaleza jurídica del alta mar en materia de responsabilidad por daños ambientales","authors":"Israel Castro Enríquez","doi":"10.5354/0719-4633.2021.64157","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.64157","url":null,"abstract":"A la luz del derecho internacional ambiental se estudiaron los regímenes \u0000jurídicos, jurisprudenciales y doctrinarios que engloban a la institución de alta mar, ya \u0000que tanto la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho de Mar de 1982 como la \u0000Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1992 congregan una desnaturalización a los derechos y obligaciones de protección establecidos en beneficio de alta \u0000mar; porque dentro de estos instrumentos internacionales sus efectos y aplicación radican dentro de la teoría soft law, debido al carácter soberano de los Estados y por la escasa \u0000técnica legislativa contemplada en su desarrollo normativo; cuestiones que inducen a la \u0000formación de vacíos legales que provocan que los casos en materia de contaminación \u0000y sobreexplotación de recursos naturales no renovables que yacen en alta mar queden \u0000en la impunidad. Por ende, este trabajo invita a la comunidad internacional a modificar \u0000la estructura jurídica de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho de Mar \u0000de 1982, en la medida que incorpore una protección efectiva en la Parte VII sobre alta \u0000mar; y, además incluya en cierto modo al medio ambiente con el objeto de prevenir y \u0000reducir potenciales actividades antrópicas que provocan el deterioro del ambiente por \u0000los nuevos usos y costumbres instigados en el siglo XXI.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"47474173","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.64036
Adriana Mora Bernal
La gestión integrada de los recursos naturales debe ser una constante para un uso más eficiente de los recursos, y esta sinergia se evidencia en los tres elementos del enfoque nexo agua-energía-alimento. Estas interconexiones no pueden alejarse de los derechos humanos, ya que son el hilo conductor del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y de las interacciones que se puedan suscitar entre agua, energía y alimento. El presente trabajo aborda el anclaje constitucional para determinar si existen elementos del enfoque nexo. Concluye que, si bien los asambleístas constituyentes de 2008 no formularon la creación de la Constitución a partir del enfoque nexo, la norma constitucional sí desarrolla elementos como la soberanía económica, de la que forma parte la soberanía alimentaria y energética. Además, se establece el derecho humano al agua como un derecho autónomo e identifica los diferentes usos del agua evitando una posible conflictividad por el uso, esclareciendo cuáles son las interacciones del recurso hídrico con sectores como la alimentación y energía. Esto exige la aplicación obligatoria del mandato constitucional, lo que permite proyectar sus exigencias sobre todo el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en aras de hacer realidad la Constitución en su vertiente de garantía de los derechos fundamentales anudados al medio ambiente, así como a un desarrollo económico sustentable alineado al cumplimiento de los ODS.
{"title":"¿Existe el enfoque nexo agua-energía-alimento en el mandato constitucional del Ecuador?","authors":"Adriana Mora Bernal","doi":"10.5354/0719-4633.2021.64036","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.64036","url":null,"abstract":"La gestión integrada de los recursos naturales debe ser una constante para \u0000un uso más eficiente de los recursos, y esta sinergia se evidencia en los tres elementos \u0000del enfoque nexo agua-energía-alimento. Estas interconexiones no pueden alejarse de los \u0000derechos humanos, ya que son el hilo conductor del cumplimiento de los Objetivos de \u0000Desarrollo Sostenible (ODS) y de las interacciones que se puedan suscitar entre agua, \u0000energía y alimento. El presente trabajo aborda el anclaje constitucional para determinar \u0000si existen elementos del enfoque nexo. Concluye que, si bien los asambleístas constituyentes de 2008 no formularon la creación de la Constitución a partir del enfoque nexo, \u0000la norma constitucional sí desarrolla elementos como la soberanía económica, de la \u0000que forma parte la soberanía alimentaria y energética. Además, se establece el derecho \u0000humano al agua como un derecho autónomo e identifica los diferentes usos del agua \u0000evitando una posible conflictividad por el uso, esclareciendo cuáles son las interacciones \u0000del recurso hídrico con sectores como la alimentación y energía. Esto exige la aplicación \u0000obligatoria del mandato constitucional, lo que permite proyectar sus exigencias sobre \u0000todo el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en aras de hacer realidad la Constitución \u0000en su vertiente de garantía de los derechos fundamentales anudados al medio ambiente, \u0000así como a un desarrollo económico sustentable alineado al cumplimiento de los ODS.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"45039412","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.61826
Verónica Delgado Schneider
Ad portas de la redacción de una nueva Constitución, y en el contexto de la actual discusión de dos proyectos de ley (en materia de biodiversidad y cambio climático) sobre el reconocimiento expreso del principio de no regresión en materia ambiental, este trabajo buscar determinar el estado del arte en relación con el reconocimiento de este principio a nivel internacional y comparado. Se revisan las fórmulas de su reconocimiento, los principales aportes de la doctrina y la jurisprudencia en cuanto a su contenido, alcance y límites. Se caracterizan dos versiones del principio, en cuanto a los requisitos que lo hacen procedente, aunque ambas exigen una especial motivación de la decisión: la ciencia deberá ser capaz de demostrar que la aparente regresión no implica un debilitamiento importante de la protección ambiental. Además, respecto de Chile, se entregan fundamentos para su reconocimiento, se revisan casos que podrían calificarse de «regresivos» y se comparan las versiones que del principio consideran los dos proyectos de ley comentados.
{"title":"El principio de no regresión en el derecho ambiental chileno","authors":"Verónica Delgado Schneider","doi":"10.5354/0719-4633.2021.61826","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.61826","url":null,"abstract":"Ad portas de la redacción de una nueva Constitución, y en el contexto de la \u0000actual discusión de dos proyectos de ley (en materia de biodiversidad y cambio climático) sobre el reconocimiento expreso del principio de no regresión en materia ambiental, \u0000este trabajo buscar determinar el estado del arte en relación con el reconocimiento de \u0000este principio a nivel internacional y comparado. Se revisan las fórmulas de su reconocimiento, los principales aportes de la doctrina y la jurisprudencia en cuanto a su \u0000contenido, alcance y límites. Se caracterizan dos versiones del principio, en cuanto a los \u0000requisitos que lo hacen procedente, aunque ambas exigen una especial motivación de la \u0000decisión: la ciencia deberá ser capaz de demostrar que la aparente regresión no implica \u0000un debilitamiento importante de la protección ambiental. Además, respecto de Chile, se \u0000entregan fundamentos para su reconocimiento, se revisan casos que podrían calificarse \u0000de «regresivos» y se comparan las versiones que del principio consideran los dos proyectos de ley comentados.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":"26 3","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"41263749","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.64848
Iván Hunter Ampuero
El objetivo de este trabajo es analizar los contornos de la desviación procesal como institución de origen jurisprudencial en el contencioso-administrativo ambiental chileno, entendida aquella como la modificación en sede judicial de la pretensión, motivos o vicios de legalidad incorporados en la vía administrativa. Se trata de una institución que produce una carga para los ciudadanos, quienes deben promover en los recursos administrativos todos los vicios vinculados al acto impugnado. Para ello se quiere dar cuenta de la importancia de su correcta aplicación en materia ambiental dada la función que cumple el agotamiento obligatorio de la vía administrativa en temáticas complejas y altamente discrecionales como las ambientales. Esto es de suma importancia por las implicancias que su configuración produce en el acceso a la jurisdicción ambiental, desde que, si se constata la desviación procesal, el tribunal no debe pronunciarse del vicio alegado. Por ello, junto con realizar un análisis del estado de la cuestión en la jurisprudencia y doctrina nacional y comparada, y entregar razones de la conveniencia de mantener un sistema de impugnación que prefiera el agotamiento obligatorio de la vía administrativa, se proponen casos en que la modificación de la pretensión entre una u otra instancia no suponen desviación procesal, por lo cual los tribunales deben analizar el fondo de la controversia promovida.
{"title":"La Desviación procesal en el contencioso administrativo ambiental chileno","authors":"Iván Hunter Ampuero","doi":"10.5354/0719-4633.2021.64848","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.64848","url":null,"abstract":"El objetivo de este trabajo es analizar los contornos de la desviación procesal \u0000como institución de origen jurisprudencial en el contencioso-administrativo ambiental chileno, entendida aquella como la modificación en sede judicial de la pretensión, \u0000motivos o vicios de legalidad incorporados en la vía administrativa. Se trata de una \u0000institución que produce una carga para los ciudadanos, quienes deben promover en \u0000los recursos administrativos todos los vicios vinculados al acto impugnado. Para ello se \u0000quiere dar cuenta de la importancia de su correcta aplicación en materia ambiental dada \u0000la función que cumple el agotamiento obligatorio de la vía administrativa en temáticas \u0000complejas y altamente discrecionales como las ambientales. Esto es de suma importancia por las implicancias que su configuración produce en el acceso a la jurisdicción ambiental, desde que, si se constata la desviación procesal, el tribunal no debe pronunciarse \u0000del vicio alegado. Por ello, junto con realizar un análisis del estado de la cuestión en la \u0000jurisprudencia y doctrina nacional y comparada, y entregar razones de la conveniencia \u0000de mantener un sistema de impugnación que prefiera el agotamiento obligatorio de la \u0000vía administrativa, se proponen casos en que la modificación de la pretensión entre una \u0000u otra instancia no suponen desviación procesal, por lo cual los tribunales deben analizar el fondo de la controversia promovida.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"46155756","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-12-31DOI: 10.5354/0719-4633.2021.60524
Robert Currie Ríos, Gonzalo Pérez González
El cambio climático afecta severamente a las ciudades y sus habitantes. Sus efectos en los centros urbanos —aumento de la temperatura, olas de calor, islas de calor urbanas, desastres naturales, escasez de bienes y alimentos, e inundaciones— impactan en la salud de la población y se ven exacerbados en un contexto de pandemia. En este escenario, los instrumentos que regulan el territorio requieren de una mirada estratégica que permita una planificación urbana que integre la variable climática con el objetivo de reducir la vulnerabilidad y fortalecer la resiliencia de las ciudades, al mismo tiempo que estas contribuyen en la reducción de gases de efecto invernadero. En este sentido, nuestro trabajo examina el marco jurídico de la Evaluación Ambiental Estratégica y el rol que cumple para integrar las diversas visiones sobre el territorio, contribuyendo a lograr una planificación que armonice las distintas escalas territoriales. Asimismo, describimos el apoyo que este instrumento le brinda al órgano responsable para la incorporación de consideraciones de adaptación y mitigación del cambio climático durante el proceso de elaboración del instrumento de ordenamiento territorial respectivo. Finalmente, revisamos algunos desafíos y oportunidades para este instrumento de gestión ambiental, destacando la relevancia de su aplicación transversal a los instrumentos de planificación y ordenamiento territorial, así como el involucramiento activo de la ciudadanía.
{"title":"Cambio climático y planificación urbana: desafíos y oportunidades para la Evaluación Ambiental Estratégica","authors":"Robert Currie Ríos, Gonzalo Pérez González","doi":"10.5354/0719-4633.2021.60524","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.60524","url":null,"abstract":"El cambio climático afecta severamente a las ciudades y sus habitantes. Sus \u0000efectos en los centros urbanos —aumento de la temperatura, olas de calor, islas de calor \u0000urbanas, desastres naturales, escasez de bienes y alimentos, e inundaciones— impactan \u0000en la salud de la población y se ven exacerbados en un contexto de pandemia. En este escenario, los instrumentos que regulan el territorio requieren de una mirada estratégica \u0000que permita una planificación urbana que integre la variable climática con el objetivo de \u0000reducir la vulnerabilidad y fortalecer la resiliencia de las ciudades, al mismo tiempo que \u0000estas contribuyen en la reducción de gases de efecto invernadero. En este sentido, nuestro trabajo examina el marco jurídico de la Evaluación Ambiental Estratégica y el rol que \u0000cumple para integrar las diversas visiones sobre el territorio, contribuyendo a lograr una \u0000planificación que armonice las distintas escalas territoriales. Asimismo, describimos el \u0000apoyo que este instrumento le brinda al órgano responsable para la incorporación de \u0000consideraciones de adaptación y mitigación del cambio climático durante el proceso \u0000de elaboración del instrumento de ordenamiento territorial respectivo. Finalmente, revisamos algunos desafíos y oportunidades para este instrumento de gestión ambiental, \u0000destacando la relevancia de su aplicación transversal a los instrumentos de planificación \u0000y ordenamiento territorial, así como el involucramiento activo de la ciudadanía.","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"46967077","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Las medidas adoptadas por los gobiernos para enfrentar la pandemia impactan en el ejercicio de los derechos de acceso en asuntos ambientales. En Colombia, estas medidas se han manifestado en una profusa reglamentación y documentos públicos provenientes de las autoridades nacionales y subnacionales. El objetivo general que guía este artículo es comprender cómo esas medidas reglamentarias adoptadas por el Gobierno Nacional de Colombia alteraron el ejercicio de los derechos de acceso a la información y la participación en asuntos ambientales. Para ello inicialmente describimos el contexto jurídico integrado por la legislación extraordinaria que es la base de las medidas implementadas para enfrentar la pandemia en el país. Luego, hacemos el análisis hermenéutico sobre la restricción al acceso a la información ambiental por medio de la normativa expedida durante la emergencia provocada por la pandemia, estudiamos las limitaciones impuestas a la consulta previa y la audiencia ambiental, y exponemos brevemente los pronunciamientos que sobre estos temas ha hecho el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y sus órganos especiales. Finalmente, ofrecemos algunas conclusiones. Para la consecución de los cometidos reseñados aplicamos una metodología apoyada en el modelo de investigación cualitativa, con aplicación del método hermenéutico y del enfoque dogmático jurídico, aplicando la técnica documental tanto para la recolección de la información como para su análisis
{"title":"Pandemia y derechos de acceso a la información y participación en asuntos ambientales en Colombia","authors":"Erika Castro Buitrago, Jorge Eduardo Vásquez Santamaría","doi":"10.5354/0719-4633.2021.60434","DOIUrl":"https://doi.org/10.5354/0719-4633.2021.60434","url":null,"abstract":"Las medidas adoptadas por los gobiernos para enfrentar la pandemia impactan en el ejercicio de los derechos de acceso en asuntos ambientales. En Colombia, \u0000estas medidas se han manifestado en una profusa reglamentación y documentos públicos provenientes de las autoridades nacionales y subnacionales. El objetivo general \u0000que guía este artículo es comprender cómo esas medidas reglamentarias adoptadas por \u0000el Gobierno Nacional de Colombia alteraron el ejercicio de los derechos de acceso a \u0000la información y la participación en asuntos ambientales. Para ello inicialmente describimos el contexto jurídico integrado por la legislación extraordinaria que es la base \u0000de las medidas implementadas para enfrentar la pandemia en el país. Luego, hacemos \u0000el análisis hermenéutico sobre la restricción al acceso a la información ambiental por \u0000medio de la normativa expedida durante la emergencia provocada por la pandemia, estudiamos las limitaciones impuestas a la consulta previa y la audiencia ambiental, y exponemos brevemente los pronunciamientos que sobre estos temas ha hecho el Sistema \u0000Interamericano de Derechos Humanos y sus órganos especiales. Finalmente, ofrecemos \u0000algunas conclusiones. Para la consecución de los cometidos reseñados aplicamos una \u0000metodología apoyada en el modelo de investigación cualitativa, con aplicación del método hermenéutico y del enfoque dogmático jurídico, aplicando la técnica documental \u0000tanto para la recolección de la información como para su análisis","PeriodicalId":36032,"journal":{"name":"Revista de Derecho Ambiental(Chile)","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-12-31","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42189409","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}