Pub Date : 2023-05-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.164.18125
Rafael Velandia Montes, Alejandro Gómez Jaramillo, Ana María Solarte Cuncanchón
El nuevo régimen procesal penal en Colombia establecido mediante la Ley 906 de 2004 ha significado una transformación profunda de la cultura jurídica colombiana, se pasó de un sistema de tendencia inquisitiva a uno de tendencia adversativa. Así, se introdujo el descubrimiento probatorio como elemento del debido proceso y mediante el cual, en principio, el acusador debe revelar toda la evidencia que pretenda usar en el juicio. Empero, el descubrimiento probatorio tiene particularidades en cuanto a quiénes están obligados a hacerlo y cómo se cumple tal obligación. En este trabajo se examina qué es el descubrimiento probatorio y sus características mediante el examen y análisis de la doctrina, ley y jurisprudencia, con énfasis en el derecho procesal penal colombiano. Asimismo, se indaga sobre el papel de las víctimas en el descubrimiento probatorio y su relación con el derecho a la verdad y justicia. Se concluye que el descubrimiento probatorio es un elemento del debido proceso y cuya carga corresponde al acusador y al acusado, mientras que la víctima debe actuar a través del acusador, so pena de generar un desequilibrio en el proceso penal.
{"title":"El descubrimiento probatorio en Colombia: ¿verdad y justicia para las víctimas en el proceso penal?","authors":"Rafael Velandia Montes, Alejandro Gómez Jaramillo, Ana María Solarte Cuncanchón","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.164.18125","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.164.18125","url":null,"abstract":"El nuevo régimen procesal penal en Colombia establecido mediante la Ley 906 de 2004 ha significado una transformación profunda de la cultura jurídica colombiana, se pasó de un sistema de tendencia inquisitiva a uno de tendencia adversativa. Así, se introdujo el descubrimiento probatorio como elemento del debido proceso y mediante el cual, en principio, el acusador debe revelar toda la evidencia que pretenda usar en el juicio. Empero, el descubrimiento probatorio tiene particularidades en cuanto a quiénes están obligados a hacerlo y cómo se cumple tal obligación. En este trabajo se examina qué es el descubrimiento probatorio y sus características mediante el examen y análisis de la doctrina, ley y jurisprudencia, con énfasis en el derecho procesal penal colombiano. Asimismo, se indaga sobre el papel de las víctimas en el descubrimiento probatorio y su relación con el derecho a la verdad y justicia. Se concluye que el descubrimiento probatorio es un elemento del debido proceso y cuya carga corresponde al acusador y al acusado, mientras que la víctima debe actuar a través del acusador, so pena de generar un desequilibrio en el proceso penal.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-05-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"48208183","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-05-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.164.18094
José Antonio Pejovés Macedo
La pandemia por COVID-19 que se expandió globalmente desde comienzos de 2020, ha tenido profundas repercusiones en la humanidad, en la economía global y en las relaciones jurídicas. Estos impactos han generado que los contratantes invoquen las teorías de la excesiva onerosidad de la prestación y del riesgo, para equilibrar sus obligaciones o para poner fin a los contratos.Este artículo se centra en constatar la aplicación de las citadas teorías del derecho civil, en los contratos de transporte marítimo de mercancías, como parte de la relación jurídica del derecho marítimo.Como se sabe, aproximadamente 80% del comercio internacional se traslada por medio de buques, de allí la importancia de analizar qué impacto puede haber tenido la pandemia global a través de los mecanismos legales que pueden utilizar las partes que intervienen en un contrato de transporte marítimo de mercancías para renegociar o rescindir el contrato.
{"title":"Las teorías de la excesiva onerosidad de la prestación y del riesgo, y su aplicación en los contratos de transporte marítimo internacional de mercancías: estado de la cuestión en el Perú","authors":"José Antonio Pejovés Macedo","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.164.18094","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.164.18094","url":null,"abstract":"La pandemia por COVID-19 que se expandió globalmente desde comienzos de 2020, ha tenido profundas repercusiones en la humanidad, en la economía global y en las relaciones jurídicas. Estos impactos han generado que los contratantes invoquen las teorías de la excesiva onerosidad de la prestación y del riesgo, para equilibrar sus obligaciones o para poner fin a los contratos.Este artículo se centra en constatar la aplicación de las citadas teorías del derecho civil, en los contratos de transporte marítimo de mercancías, como parte de la relación jurídica del derecho marítimo.Como se sabe, aproximadamente 80% del comercio internacional se traslada por medio de buques, de allí la importancia de analizar qué impacto puede haber tenido la pandemia global a través de los mecanismos legales que pueden utilizar las partes que intervienen en un contrato de transporte marítimo de mercancías para renegociar o rescindir el contrato.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-05-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"45604111","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
El artículo pretende mostrar que los lineamientos establecidos por la Organización Mundial del Comercio, en materia de medicamentos, margina del acceso a estas a la población vulnerable, por los altos costos de las medicinas de patente y el retraso de la incorporación de los productos genéricos debido a aranceles, ganancias, rentas y control monopólico; los dos últimos se fundamentan en el uso de las patentes y los mecanismos que alargan su vigencia. Para ello, se identificaron los principales instrumentos jurídicos en torno al derecho humano a la salud y los cambios económicos y jurídicos en materia de propiedad intelectual, producto de la globalización, para visibilizar el impacto del monopolio temporal en la producción de medicinas. El método analítico permitió identificar los numerales de los acuerdos que vulneran el derecho a la salud que rigen a los Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio. Posteriormente, se describen ciertos elementos para sostener la hipótesis de que los instrumentos internacionales señalados posibilitan la monopolización de la producción, distribución y venta de las medicinas para la población mundial, priorizando las utilidades de empresas transnacionales sobre el derecho a la salud. Por último, el método sintético permitió establecer algunas conclusiones sobre las evidencias jurídicas y estadísticas, para robustecer la hipótesis planteada. En cuanto a la originalidad, este trabajo pretende mostrar que se han priorizado los derechos económicos sobre los derechos humanos. Dentro de los hallazgos se encontró que las farmacéuticas, aprovechando los vacíos legales, han fortalecido y alargado la vida de sus monopolios.
{"title":"El acceso a las medicinas. El derecho humano ante los monopolios farmacéuticos","authors":"Beatriz Lemus Maciel, Carla Angélica Gómez Macfarland","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17498","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17498","url":null,"abstract":"El artículo pretende mostrar que los lineamientos establecidos por la Organización Mundial del Comercio, en materia de medicamentos, margina del acceso a estas a la población vulnerable, por los altos costos de las medicinas de patente y el retraso de la incorporación de los productos genéricos debido a aranceles, ganancias, rentas y control monopólico; los dos últimos se fundamentan en el uso de las patentes y los mecanismos que alargan su vigencia. \u0000Para ello, se identificaron los principales instrumentos jurídicos en torno al derecho humano a la salud y los cambios económicos y jurídicos en materia de propiedad intelectual, producto de la globalización, para visibilizar el impacto del monopolio temporal en la producción de medicinas. \u0000El método analítico permitió identificar los numerales de los acuerdos que vulneran el derecho a la salud que rigen a los Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio. Posteriormente, se describen ciertos elementos para sostener la hipótesis de que los instrumentos internacionales señalados posibilitan la monopolización de la producción, distribución y venta de las medicinas para la población mundial, priorizando las utilidades de empresas transnacionales sobre el derecho a la salud. Por último, el método sintético permitió establecer algunas conclusiones sobre las evidencias jurídicas y estadísticas, para robustecer la hipótesis planteada. \u0000En cuanto a la originalidad, este trabajo pretende mostrar que se han priorizado los derechos económicos sobre los derechos humanos. Dentro de los hallazgos se encontró que las farmacéuticas, aprovechando los vacíos legales, han fortalecido y alargado la vida de sus monopolios.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"43561158","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17493
Blanca López Rodríguez
Los sistemas de monitoreo y evaluación (M&E) de programas públicos en los gobiernos locales y central de México operan desde entes centralizados, descentralizados o autónomos. Por ello, el propósito de este estudio es examinar el nivel de autonomía o control gubernamental de los tres órganos constitucionales autónomos (OCA) de evaluación conocidos como Inevap, Evalúa CDMX y Coneval, mediante un análisis descriptivo y una visión multidimensional de la autonomía gerencial, adopción de políticas, estructural, financiera, legal e intervencionista. Derivado del análisis, se concluye que ninguno cumple el nivel máximo, y aunque tienen rasgos de relevancia constitucional, no son reconocidos como OCA. También se discute la falta de rendición de cuentas, evaluaciones de desempeño, participación social, legitimidad y democratización de los procesos de designación de titulares y consejera(o)s de los OCA, la importancia de evaluar los poderes Judicial y Legislativo, otros OCA y municipios, y se compara la autonomía versus independencia de estos sistemas M&E. Finalmente, si la creación de los OCA tiene como objetivo desempeñar funciones altamente especializadas y técnicas como la política de evaluación, que son exclusivas del Estado, la existencia de sistemas M&E dentro de los poderes tradicionales como el Ejecutivo es una contradicción para el sistema constitucional y el diseño institucional de los órganos “autónomos” de evaluación.
{"title":"Los órganos “autónomos” de evaluación en México ¿autonomía o independencia?","authors":"Blanca López Rodríguez","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17493","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17493","url":null,"abstract":"Los sistemas de monitoreo y evaluación (M&E) de programas públicos en los gobiernos locales y central de México operan desde entes centralizados, descentralizados o autónomos. Por ello, el propósito de este estudio es examinar el nivel de autonomía o control gubernamental de los tres órganos constitucionales autónomos (OCA) de evaluación conocidos como Inevap, Evalúa CDMX y Coneval, mediante un análisis descriptivo y una visión multidimensional de la autonomía gerencial, adopción de políticas, estructural, financiera, legal e intervencionista. Derivado del análisis, se concluye que ninguno cumple el nivel máximo, y aunque tienen rasgos de relevancia constitucional, no son reconocidos como OCA. También se discute la falta de rendición de cuentas, evaluaciones de desempeño, participación social, legitimidad y democratización de los procesos de designación de titulares y consejera(o)s de los OCA, la importancia de evaluar los poderes Judicial y Legislativo, otros OCA y municipios, y se compara la autonomía versus independencia de estos sistemas M&E. Finalmente, si la creación de los OCA tiene como objetivo desempeñar funciones altamente especializadas y técnicas como la política de evaluación, que son exclusivas del Estado, la existencia de sistemas M&E dentro de los poderes tradicionales como el Ejecutivo es una contradicción para el sistema constitucional y el diseño institucional de los órganos “autónomos” de evaluación.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"43284054","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17501
Doris Teresita Mendoza López
El multilateralismo es la principal característica del siglo XXI, máxime en el ámbito fiscal. De esa forma, lo representan las normas que son diseñadas en el escenario internacional a fin de brindar solución a los diversos problemas de carácter tributario que han afectado las relaciones económicas internacionales. El estudio vaticina un nuevo ordenamiento internacional en materia impositiva dirigido por medidas multilaterales, a través de la presentación de algunas complejidades fiscales que han limitado el libre flujo transfronterizo del comercio internacional y de los instrumentos que se han establecido para dar solución o, en su caso, para disminuir sus efectos negativos; estos últimos elaborados en el seno de organismos internacionales, como la OCDE, y en la celebración de foros globales. Es decir, la normativa multilateral se desarrolla mediante el consenso de la comunidad internacional. Asimismo, se expone la formalización del multilateralismo fiscal vía adhesión a la Convención Multilateral OCDE/G20 y la adopción del estándar de intercambio automático de información fiscal, principalmente.
{"title":"El multilateralismo fiscal del siglo XXI","authors":"Doris Teresita Mendoza López","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17501","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17501","url":null,"abstract":"El multilateralismo es la principal característica del siglo XXI, máxime en el ámbito fiscal. De esa forma, lo representan las normas que son diseñadas en el escenario internacional a fin de brindar solución a los diversos problemas de carácter tributario que han afectado las relaciones económicas internacionales. El estudio vaticina un nuevo ordenamiento internacional en materia impositiva dirigido por medidas multilaterales, a través de la presentación de algunas complejidades fiscales que han limitado el libre flujo transfronterizo del comercio internacional y de los instrumentos que se han establecido para dar solución o, en su caso, para disminuir sus efectos negativos; estos últimos elaborados en el seno de organismos internacionales, como la OCDE, y en la celebración de foros globales. Es decir, la normativa multilateral se desarrolla mediante el consenso de la comunidad internacional. Asimismo, se expone la formalización del multilateralismo fiscal vía adhesión a la Convención Multilateral OCDE/G20 y la adopción del estándar de intercambio automático de información fiscal, principalmente.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"41757658","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17492
Rodrigo Meneses Reyes, Juan Jesús Garza Onofre
La publicación de revistas jurídicas es una práctica generalizada y bicentenaria en América Latina. Sin embargo, es muy poco lo que sabemos sobre las políticas editoriales que han adoptado las revistas jurídicas en la región. No se cuenta con información clara sobre el tipo de procedimientos, criterios y decisiones que deben esperar los estudiosos del derecho para publicar sus trabajos. Después de reflexionar sobre las principales discusiones y aproximaciones sobre el tema, este trabajo avanza la cuestión presentando información sistematizada sobre poco más de setecientas revistas jurídicas que se publican periódicamente en la región, así como los lugares y años en que fueron fundadas. Los datos sirven para describir los formatos y tiempos en que estas publicaciones son puestas a disposición del público, así como también, explica la estructura y procedimiento seguido por estas publicaciones para determinar qué se publica y qué no. De esta manera, intentamos ofrecer una representación estadístico-descriptiva de las principales características de los formatos, criterios, procedimientos y prácticas públicas y explícitas que dan sustento adjetivo y material a las revistas jurídicas en América Latina.
{"title":"Dime dónde públicas, ¿y te diré?: tiempo, forma y selección en las revistas jurídicas latinoamericanas","authors":"Rodrigo Meneses Reyes, Juan Jesús Garza Onofre","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17492","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17492","url":null,"abstract":"La publicación de revistas jurídicas es una práctica generalizada y bicentenaria en América Latina. Sin embargo, es muy poco lo que sabemos sobre las políticas editoriales que han adoptado las revistas jurídicas en la región. No se cuenta con información clara sobre el tipo de procedimientos, criterios y decisiones que deben esperar los estudiosos del derecho para publicar sus trabajos. Después de reflexionar sobre las principales discusiones y aproximaciones sobre el tema, este trabajo avanza la cuestión presentando información sistematizada sobre poco más de setecientas revistas jurídicas que se publican periódicamente en la región, así como los lugares y años en que fueron fundadas. Los datos sirven para describir los formatos y tiempos en que estas publicaciones son puestas a disposición del público, así como también, explica la estructura y procedimiento seguido por estas publicaciones para determinar qué se publica y qué no. De esta manera, intentamos ofrecer una representación estadístico-descriptiva de las principales características de los formatos, criterios, procedimientos y prácticas públicas y explícitas que dan sustento adjetivo y material a las revistas jurídicas en América Latina.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"43445176","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17495
Ezequiel Mercurio
El modelo social de la discapacidad trajo importantes transformaciones legislativas en el campo del derecho civil en diversos países de América Latina. Los modelos de sustitución en la toma de decisiones fueron reemplazados por modelos basados en apoyos que respeten la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señaló que la incapacidad para ser juzgado y la inimputabliidad son contrarias a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, en el ámbito del derecho penal latinoamericano la influencia del modelo social en la dogmática y en el campo procesal penal es todavía muy escaso. México y Argentina incorporaron en forma reciente en sus Códigos de Procedimientos Penales, ajustes al procedimiento y apoyos. México mantuvo las medidas de seguridad para personas que no pueden ser juzgadas; la Argentina deriva las posibles intervenciones a la justicia civil. A pesar de estos avances procesales, la mayoría de los comentaristas mantienen visiones tradicionales sobre la incapacidad para ser juzgado. El modelo social de la discapacidad le presenta al derecho penal nuevos retos y desafíos, que serán abordados en el presente trabajo.
{"title":"La incapacidad para ser juzgado y el modelo social de la discapacidad. retos, desafíos y tensiones para el derecho penal latinoamericano","authors":"Ezequiel Mercurio","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17495","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17495","url":null,"abstract":"El modelo social de la discapacidad trajo importantes transformaciones legislativas en el campo del derecho civil en diversos países de América Latina. Los modelos de sustitución en la toma de decisiones fueron reemplazados por modelos basados en apoyos que respeten la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad. El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señaló que la incapacidad para ser juzgado y la inimputabliidad son contrarias a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Sin embargo, en el ámbito del derecho penal latinoamericano la influencia del modelo social en la dogmática y en el campo procesal penal es todavía muy escaso. México y Argentina incorporaron en forma reciente en sus Códigos de Procedimientos Penales, ajustes al procedimiento y apoyos. México mantuvo las medidas de seguridad para personas que no pueden ser juzgadas; la Argentina deriva las posibles intervenciones a la justicia civil. A pesar de estos avances procesales, la mayoría de los comentaristas mantienen visiones tradicionales sobre la incapacidad para ser juzgado. El modelo social de la discapacidad le presenta al derecho penal nuevos retos y desafíos, que serán abordados en el presente trabajo.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"46869474","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17494
G. Negretto, Francisco Soto Barrientos
A lo largo de la historia los reemplazos constitucionales han estado asociados a procesos de independencia o a transiciones del autoritarismo a la democracia; sin embargo, en las últimas décadas se han hecho cada vez más frecuentes en democracias ya establecidas, particularmente en América Latina. Los reemplazos constitucionales en democracia tienen consecuencias políticas y normativas que no han sido visibilizadas ni cuentan con un sustento analítico suficiente en la teoría constitucional tradicional. En este artículo, argumentamos que la regulación legal y constitucional anticipada de un proceso constituyente presenta claras ventajas para un régimen democrático cuando persigue como objetivos mantener un balance entre continuidad y cambio, facilitar el consenso entre las fuerzas políticas y promover la participación ciudadana. No obstante, el intento de someter un reemplazo constitucional a un marco legal preestablecido y detallado en la Constitución anterior tiene límites en un contexto de crisis de representación, que hace necesaria la elaboración de la nueva Constitución por una convención independiente. Para ilustrar este argumento, examinaremos el origen y contenido de la reforma constitucional que hizo posible el recientemente fallido proceso constituyente en Chile, las leyes que la complementaron y los reglamentos aprobados por la convención constitucional en este país.
{"title":"¿Cómo se debe regular un proceso constituyente democrático? reflexiones a partir de la experiencia chilena","authors":"G. Negretto, Francisco Soto Barrientos","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17494","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17494","url":null,"abstract":"A lo largo de la historia los reemplazos constitucionales han estado asociados a procesos de independencia o a transiciones del autoritarismo a la democracia; sin embargo, en las últimas décadas se han hecho cada vez más frecuentes en democracias ya establecidas, particularmente en América Latina. Los reemplazos constitucionales en democracia tienen consecuencias políticas y normativas que no han sido visibilizadas ni cuentan con un sustento analítico suficiente en la teoría constitucional tradicional. En este artículo, argumentamos que la regulación legal y constitucional anticipada de un proceso constituyente presenta claras ventajas para un régimen democrático cuando persigue como objetivos mantener un balance entre continuidad y cambio, facilitar el consenso entre las fuerzas políticas y promover la participación ciudadana. No obstante, el intento de someter un reemplazo constitucional a un marco legal preestablecido y detallado en la Constitución anterior tiene límites en un contexto de crisis de representación, que hace necesaria la elaboración de la nueva Constitución por una convención independiente. Para ilustrar este argumento, examinaremos el origen y contenido de la reforma constitucional que hizo posible el recientemente fallido proceso constituyente en Chile, las leyes que la complementaron y los reglamentos aprobados por la convención constitucional en este país.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42787466","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17497
Alethia Fernández de la Reguera Ahedo
Este artículo expone la importancia de estudiar la política migratoria a través de una aproximación etnográfica a las prácticas y relaciones de poder que se gestan en la interacción cotidiana de las personas migrantes con las burocracias. En especial, analizo los procesos de detención migratoria y reflexiono acerca de la distancia entre la norma y su aplicación por la burocracia local, lo que puede afectar de manera particular a las mujeres migrantes. La sociología jurídica y el feminismo crítico enmarcan la mirada con la que analizo una específica forma de discriminación o violencia “suave” que se ejerce desde el Estado contra las mujeres migrantes. Retomo las paradojas planteadas por diversas teóricas sobre la valoración de las diferencias sexuales tanto en los marcos jurídicos como en políticas públicas para lograr la igualdad (Wendy Brown, 2002; Nancy Fraser, 1997; Joan W. Scott, 1992). Un punto central es el dilema de la diferencia (Luigi Ferrajoli, 2002; Martha Minow, 1985;1990), que pone en cuestión la dicotomía entre la igualdad y la diferencia, para así lograr construir formas de igualdad ciudadana que reconozcan la diferencia sexual, y que permitan contextualizar y ponderar sus efectos en el ejercicio de los derechos humanos.
{"title":"El engranaje de la violencia institucional y la diferencia sexual: una reflexión sobre los derechos humanos de las mujeres en detención migratoria","authors":"Alethia Fernández de la Reguera Ahedo","doi":"10.22201/iij.24484873e.2022.163.17497","DOIUrl":"https://doi.org/10.22201/iij.24484873e.2022.163.17497","url":null,"abstract":"Este artículo expone la importancia de estudiar la política migratoria a través de una aproximación etnográfica a las prácticas y relaciones de poder que se gestan en la interacción cotidiana de las personas migrantes con las burocracias. En especial, analizo los procesos de detención migratoria y reflexiono acerca de la distancia entre la norma y su aplicación por la burocracia local, lo que puede afectar de manera particular a las mujeres migrantes. La sociología jurídica y el feminismo crítico enmarcan la mirada con la que analizo una específica forma de discriminación o violencia “suave” que se ejerce desde el Estado contra las mujeres migrantes. Retomo las paradojas planteadas por diversas teóricas sobre la valoración de las diferencias sexuales tanto en los marcos jurídicos como en políticas públicas para lograr la igualdad (Wendy Brown, 2002; Nancy Fraser, 1997; Joan W. Scott, 1992). Un punto central es el dilema de la diferencia (Luigi Ferrajoli, 2002; Martha Minow, 1985;1990), que pone en cuestión la dicotomía entre la igualdad y la diferencia, para así lograr construir formas de igualdad ciudadana que reconozcan la diferencia sexual, y que permitan contextualizar y ponderar sus efectos en el ejercicio de los derechos humanos.","PeriodicalId":35147,"journal":{"name":"Boletin Mexicano de Derecho Comparado","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-01-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"46579546","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-01-10DOI: 10.22201/iij.24484873e.2022.163.17500
Leonardo de Souza, Cinthia Obladen de Almendra Freitas, Deolinda Meira
O presente artigo teve por objetivo analisar comparativamente, a partir da perspectiva de pesquisadores do Brasil e de Portugal, como os ordenamentos jurídicos português e brasileiro responderam às demandas dos seus movimentos cooperativos para a realização das assembleias gerais virtuais das cooperativas na Pandemia de Covid-19. Para isso, realizou-se o estudo comparado não apenas para alcançar as praesumptio similitudinis de cada um dos ordenamentos jurídicos analisados, a partir da visão funcionalista de Konrad Zweigert e Hein Kötz. Buscou-se também compreender as razões jurídico-culturais que levaram cada país a adotar, como de fato adotaram, distintas soluções para exatamente o mesmo problema. Para este propósito em específico, admitiu-se a visão culturalista defendida por Pierre Legrand para contextualizar as respostas legais de Portugal e do Brasil à Pandemia de Covid-19 e, também, compreender as razões quanto às divergências de reações. Como conclusão, percebeu-se que tanto em Portugal quanto no Brasil a Pandemia foi capaz de, respectivamente, ratificar e produzir normas eficientes que hoje permitem a realização permanente de assembleias gerais virtuais com aderência ao princípio cooperativo da gestão democrática. Contudo, apesar da aparente harmonia dos resultados, a análise culturalista demonstrou que estes foram alcançados distintamente, revelando os vestígios jurídico-culturais próprios de cada movimento cooperativo. Com isso, acredita-se trazer uma importante reflexão para colaborar com a compreensão do Direito Cooperativo de cada país em sua autenticidade.
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