Pub Date : 2024-04-10DOI: 10.5944/rdp.119.2024.40411
Eva Sáenz Royo
En este trabajo se trata de analizar la responsabilidad del Estado y de las Comunidades Autónomas en la financiación sanitaria española y proponer soluciones para mejorar la rendición de cuentas en esta materia.Tras una descripción de la opción constitucional por un sistema de financiación sanitaria vía impuestos, se analiza, en primer lugar, la implicación que tienen los Presupuestos Generales del Estado en la financiación sanitaria, así como los principales problemas que se plantean con esa financiación estatal. Especial atención se dará a los problemas en la aplicación del principio de solidaridad interterritorial, entre los que destaca la falta de transparencia en su reparto, y a los problemas en la potestad de gasto estatal en el ámbito sanitario y su falta de control sobre el destino de los fondos. En segundo lugar, esta investigación estudia el papel de los presupuestos autonómicos en la financiación de la sanidad en España, poniendo de manifiesto la contradicción del protagonismo autonómico en materia de financiación de los mínimos en la prestación sanitaria y el sistema competencial. Terminaremos con unas consideraciones finales.Tal y como se comprueba a lo largo del estudio, el confuso sistema de financiación autonómica, la opacidad en la aplicación del principio de solidaridad, la falta de control sobre las transferencias de recursos del Estado a las Comunidades Autónomas, junto con la inexistencia de unas reglas de contabilidad adecuadas, imposibilitan conocer quién está pagando qué y, con ello, imposibilitan una rendición de cuentas en el ámbito sanitario español.
{"title":"Financiación sanitaria en España y rendición de cuentas: la historia de muchos déficits","authors":"Eva Sáenz Royo","doi":"10.5944/rdp.119.2024.40411","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.119.2024.40411","url":null,"abstract":"En este trabajo se trata de analizar la responsabilidad del Estado y de las Comunidades Autónomas en la financiación sanitaria española y proponer soluciones para mejorar la rendición de cuentas en esta materia.Tras una descripción de la opción constitucional por un sistema de financiación sanitaria vía impuestos, se analiza, en primer lugar, la implicación que tienen los Presupuestos Generales del Estado en la financiación sanitaria, así como los principales problemas que se plantean con esa financiación estatal. Especial atención se dará a los problemas en la aplicación del principio de solidaridad interterritorial, entre los que destaca la falta de transparencia en su reparto, y a los problemas en la potestad de gasto estatal en el ámbito sanitario y su falta de control sobre el destino de los fondos. En segundo lugar, esta investigación estudia el papel de los presupuestos autonómicos en la financiación de la sanidad en España, poniendo de manifiesto la contradicción del protagonismo autonómico en materia de financiación de los mínimos en la prestación sanitaria y el sistema competencial. Terminaremos con unas consideraciones finales.Tal y como se comprueba a lo largo del estudio, el confuso sistema de financiación autonómica, la opacidad en la aplicación del principio de solidaridad, la falta de control sobre las transferencias de recursos del Estado a las Comunidades Autónomas, junto con la inexistencia de unas reglas de contabilidad adecuadas, imposibilitan conocer quién está pagando qué y, con ello, imposibilitan una rendición de cuentas en el ámbito sanitario español.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"47 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2024-04-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"140717502","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2024-04-10DOI: 10.5944/rdp.119.2024.40423
Andreea Marica
La respuesta política sin precedentes de la Unión Europea frente a la ofensiva militar no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania, así como la comisión de crímenes internacionales (CIC) contra el pueblo ucraniano, demuestra, por un lado, su compromiso genuino con la paz, la seguridad y el Derecho Internacional. Por otro lado, revela su decidido anhelo de posicionarse como un actor fundamental en el escenario global. Dado que se han constatado pruebas sustanciales y cada vez más abundantes de ataques deliberados contra la población civil ucraniana por parte de las fuerzas militares rusas, la lucha contra la impunidad se erige como un deber colectivo que debe recibir el aporte de todos aquellos que persiguen el progreso de la causa de la justicia. La Unión Europea encabeza la lucha contra la impunidad de los crímenes internacionales cometidos en Ucrania, motivo por el cual esta investigación académica ha examinado algunos de los mecanismos de cooperación en investigación y enjuiciamiento. Sin embargo, se ha prestado especial atención a EUROJUST y EUROPOL, Agencias operativas del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la UE, las cuales desempeñan un papel fundamental en la materia. Se han analizado detalladamente los instrumentos más relevantes que estas Agencias aportan, así como los desafíos a los que se enfrentan, especialmente en lo que respecta al tratamiento de las pruebas CIC, su valor jurídico y su trazabilidad.
{"title":"La solidaridad de la UE con Ucrania: ¿una demostración de fuerza? Análisis del papel de Eurojust y Europol en la investigación y enjuiciamiento del núcleo de delitos internacionales (CIC) cometidos por Rusia en Ucrania","authors":"Andreea Marica","doi":"10.5944/rdp.119.2024.40423","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.119.2024.40423","url":null,"abstract":"La respuesta política sin precedentes de la Unión Europea frente a la ofensiva militar no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania, así como la comisión de crímenes internacionales (CIC) contra el pueblo ucraniano, demuestra, por un lado, su compromiso genuino con la paz, la seguridad y el Derecho Internacional. Por otro lado, revela su decidido anhelo de posicionarse como un actor fundamental en el escenario global. Dado que se han constatado pruebas sustanciales y cada vez más abundantes de ataques deliberados contra la población civil ucraniana por parte de las fuerzas militares rusas, la lucha contra la impunidad se erige como un deber colectivo que debe recibir el aporte de todos aquellos que persiguen el progreso de la causa de la justicia. La Unión Europea encabeza la lucha contra la impunidad de los crímenes internacionales cometidos en Ucrania, motivo por el cual esta investigación académica ha examinado algunos de los mecanismos de cooperación en investigación y enjuiciamiento. Sin embargo, se ha prestado especial atención a EUROJUST y EUROPOL, Agencias operativas del Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la UE, las cuales desempeñan un papel fundamental en la materia. Se han analizado detalladamente los instrumentos más relevantes que estas Agencias aportan, así como los desafíos a los que se enfrentan, especialmente en lo que respecta al tratamiento de las pruebas CIC, su valor jurídico y su trazabilidad.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"1999 10","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2024-04-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"140718777","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2024-04-10DOI: 10.5944/rdp.119.2024.40426
Pablo Latorre Rodríguez, Jorge Humberto Vargas Ramírez
El proceso de reforma constitucional mexicano prevé dos etapas: una en el órgano legislativo federal, y otra ante los diversos estados miembros de la federación. Conforme a la concepción original del federalismo, ambas instancias deberían tener la misma trascendencia. Sin embargo, la escasa regulación a nivel estatal, y el efímero o nulo debate que se produce en los congresos locales durante los procesos de reforma constitucional, confirman que no es así.Nuestro objetivo estriba en corroborar la siguiente hipótesis: la pobre regulación del proceso de reforma a la Constitución Federal a nivel estatal constituye un importante déficit que representa una vulneración de lo dispuesto en su artículo 135, y, por extensión, una prueba de la debilidad del federalismo mexicano.Respecto a la metodología empleada, se ha seguido un paradigma deductivo, que, partiendo de una contextualización genérica sobre la reforma constitucional y el federalismo, aterriza en la realidad mexicana para, primero, examinar la regulación (o su ausencia) de la participación de las entidades federativas en la reforma a la constitución federal, y después analizar los frutos de un proyecto de investigación que aporta datos empíricos reales y concretos que permitan confirmar nuestra hipótesis.De este modo, en un primer apartado, a fin de enmarcar el objeto de estudio, reflexionaremos sobre la importancia del proceso de reforma constitucional de modo genérico con base a la doctrina nacional e internacional. A continuación, extenderemos esta reflexión al federalismo, concretándola en el caso mexicano, incidiendo en la trascendencia que la participación de las entidades federativas en la misma tiene para la salud del pacto federal.Posteriormente, abordaremos el estado del arte respecto al constitucionalismo local mexicano, mediante el análisis documental de las constituciones locales de las 32 entidades federativas, así como sus respectivas leyes orgánicas del poder legislativo con el objetivo de constatar la regulación de su participación en la reforma a la Constitución Federal, examinando la profundidad de ésta y verificando la complejidad del procedimiento, en concordancia con la rigidez de nuestra Constitución Nacional.Por último, a este análisis agregaremos datos empíricos consistentes en el funcionamiento real de la tramitación por parte de las legislaturas locales del procedimiento de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante CPEUM)77. Para ello, se llevó a cabo por parte del Cuerpo Académico del cual forman parte los autores78, el proyecto de investigación titulado «El Proceso de Reforma Constitucional ante las Legislaturas de los Estados», consistente en indagar directamente en los 32 poderes legislativos estatales información referente a los tiempos de respuesta, y resultados de votaciones a reformas constitucionales concretas.A todo ello, se añadirán unas conclusiones finales donde se presenten los resultados alcanzados, y se elabore, tam
{"title":"Análisis del déficit de regulación de la reforma constitucional a nivel estatal: un síntoma de la debilidad del federalismo mexicano","authors":"Pablo Latorre Rodríguez, Jorge Humberto Vargas Ramírez","doi":"10.5944/rdp.119.2024.40426","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.119.2024.40426","url":null,"abstract":"El proceso de reforma constitucional mexicano prevé dos etapas: una en el órgano legislativo federal, y otra ante los diversos estados miembros de la federación. Conforme a la concepción original del federalismo, ambas instancias deberían tener la misma trascendencia. Sin embargo, la escasa regulación a nivel estatal, y el efímero o nulo debate que se produce en los congresos locales durante los procesos de reforma constitucional, confirman que no es así.Nuestro objetivo estriba en corroborar la siguiente hipótesis: la pobre regulación del proceso de reforma a la Constitución Federal a nivel estatal constituye un importante déficit que representa una vulneración de lo dispuesto en su artículo 135, y, por extensión, una prueba de la debilidad del federalismo mexicano.Respecto a la metodología empleada, se ha seguido un paradigma deductivo, que, partiendo de una contextualización genérica sobre la reforma constitucional y el federalismo, aterriza en la realidad mexicana para, primero, examinar la regulación (o su ausencia) de la participación de las entidades federativas en la reforma a la constitución federal, y después analizar los frutos de un proyecto de investigación que aporta datos empíricos reales y concretos que permitan confirmar nuestra hipótesis.De este modo, en un primer apartado, a fin de enmarcar el objeto de estudio, reflexionaremos sobre la importancia del proceso de reforma constitucional de modo genérico con base a la doctrina nacional e internacional. A continuación, extenderemos esta reflexión al federalismo, concretándola en el caso mexicano, incidiendo en la trascendencia que la participación de las entidades federativas en la misma tiene para la salud del pacto federal.Posteriormente, abordaremos el estado del arte respecto al constitucionalismo local mexicano, mediante el análisis documental de las constituciones locales de las 32 entidades federativas, así como sus respectivas leyes orgánicas del poder legislativo con el objetivo de constatar la regulación de su participación en la reforma a la Constitución Federal, examinando la profundidad de ésta y verificando la complejidad del procedimiento, en concordancia con la rigidez de nuestra Constitución Nacional.Por último, a este análisis agregaremos datos empíricos consistentes en el funcionamiento real de la tramitación por parte de las legislaturas locales del procedimiento de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en adelante CPEUM)77. Para ello, se llevó a cabo por parte del Cuerpo Académico del cual forman parte los autores78, el proyecto de investigación titulado «El Proceso de Reforma Constitucional ante las Legislaturas de los Estados», consistente en indagar directamente en los 32 poderes legislativos estatales información referente a los tiempos de respuesta, y resultados de votaciones a reformas constitucionales concretas.A todo ello, se añadirán unas conclusiones finales donde se presenten los resultados alcanzados, y se elabore, tam","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"458 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2024-04-10","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"140719304","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39097
Tania Groppi
El texto trata sobre la creciente importancia de la comunicación de los tribunales constitucionales y supremos con la opinión pública, y cómo las nuevas tecnologías están transformando esta relación. Se destaca la necesidad de un análisis empírico de la comunicación de los tribunales, debido a la escasez de normas que regulen estas actividades. La autora examina quién, qué, cómo y a quién comunican los tribunales, y considera la influencia del contexto normativo y fáctico en el que operan. Se concluye que estas transformaciones tienen un impacto en el papel de las jurisdicciones constitucionales.
{"title":"De la comunicación a la promoción. Tribunales constitucionales y opinión pública en la revolución digital","authors":"Tania Groppi","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39097","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39097","url":null,"abstract":"El texto trata sobre la creciente importancia de la comunicación de los tribunales constitucionales y supremos con la opinión pública, y cómo las nuevas tecnologías están transformando esta relación. Se destaca la necesidad de un análisis empírico de la comunicación de los tribunales, debido a la escasez de normas que regulen estas actividades. La autora examina quién, qué, cómo y a quién comunican los tribunales, y considera la influencia del contexto normativo y fáctico en el que operan. Se concluye que estas transformaciones tienen un impacto en el papel de las jurisdicciones constitucionales.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"51 ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012608","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39116
Oscar Augusto Sumar Albujar
Muchos países en Latinoamérica han dado una vuelta de tuerca hacia gobiernos socialistas. Estos procesos han estado acompañados de reformas constitucionales en muchos casos, especialmente los relacionados al movimiento castro-chavista. Este trabajo discute dos ideas generalmente aceptadas: i) que existe algo así como una «constitución bolivariana» o «castro-chavista»; y, ii) que una nueva constitución es necesaria para instaurar un gobierno de corte castro-chavista. Por el contrario, sostenemos que «constitución-castro-chavista» es un oxímoron. No existe constitución cuando lo que se busca es justamente la destrucción del estado de Derecho. Precisamente por lo anterior, tampoco es necesaria una reforma constitucional para lograr este objetivo, sino solo visto desde una perspectiva superficial e instrumental. El ensayo se basa en el estudio del caso peruano, que profundiza en la actualidad noticiosa al punto de arriesgar su valor académico o «científico», pero como un recurso necesario para lograr entender el proceso constitucional/político vivido en Perú, más allá de la teoría.
{"title":"Asamblea constituyente ¿llave al comunismo?","authors":"Oscar Augusto Sumar Albujar","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39116","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39116","url":null,"abstract":"Muchos países en Latinoamérica han dado una vuelta de tuerca hacia gobiernos socialistas. Estos procesos han estado acompañados de reformas constitucionales en muchos casos, especialmente los relacionados al movimiento castro-chavista. Este trabajo discute dos ideas generalmente aceptadas: i) que existe algo así como una «constitución bolivariana» o «castro-chavista»; y, ii) que una nueva constitución es necesaria para instaurar un gobierno de corte castro-chavista. Por el contrario, sostenemos que «constitución-castro-chavista» es un oxímoron. No existe constitución cuando lo que se busca es justamente la destrucción del estado de Derecho. Precisamente por lo anterior, tampoco es necesaria una reforma constitucional para lograr este objetivo, sino solo visto desde una perspectiva superficial e instrumental. El ensayo se basa en el estudio del caso peruano, que profundiza en la actualidad noticiosa al punto de arriesgar su valor académico o «científico», pero como un recurso necesario para lograr entender el proceso constitucional/político vivido en Perú, más allá de la teoría.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"39 3","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012658","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39106
C. I. Giuffré
El constitucionalismo fuerte, hoy prevaleciente a nivel global, se encuentra en una encrucijada. Por un lado, a partir de las crecientes y detalladas objeciones hacia la jurisdicción constitucional que comienzan a dirigirse desde la mitad del siglo xx. Por otro lado, a partir de los estándares que ofrece el giro deliberativo de la democracia, el cual tiene lugar a final del siglo xx, para evaluar y mejorar los procesos de toma de decisiones. En este marco, el constitucionalismo deliberativo es una alternativa que morigera las objeciones a la jurisdicción constitucional desde el compromiso con los estándares de la democracia deliberativa. El presente artículo, entonces, aborda cómo ambos cuestionamientos ponen en jaque al constitucionalismo fuerte, y cómo el sentido de ambos cuestionamientos es recobrado por el constitucionalismo deliberativo.
{"title":"El constitucionalismo fuerte en la encrucijada. El constitucionalismo deliberativo como salida","authors":"C. I. Giuffré","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39106","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39106","url":null,"abstract":"El constitucionalismo fuerte, hoy prevaleciente a nivel global, se encuentra en una encrucijada. Por un lado, a partir de las crecientes y detalladas objeciones hacia la jurisdicción constitucional que comienzan a dirigirse desde la mitad del siglo xx. Por otro lado, a partir de los estándares que ofrece el giro deliberativo de la democracia, el cual tiene lugar a final del siglo xx, para evaluar y mejorar los procesos de toma de decisiones. En este marco, el constitucionalismo deliberativo es una alternativa que morigera las objeciones a la jurisdicción constitucional desde el compromiso con los estándares de la democracia deliberativa. El presente artículo, entonces, aborda cómo ambos cuestionamientos ponen en jaque al constitucionalismo fuerte, y cómo el sentido de ambos cuestionamientos es recobrado por el constitucionalismo deliberativo.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"39 4","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012657","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39092
María Barril Rodríguez-Arana
El ordenamiento español exige a los eurodiputados electos el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central en el plazo de cinco días desde la proclamación. Se trata de una condición suspensiva de la eficacia de la inmunidad parlamentaria. Su cumplimiento permite distinguir entre la condición de parlamentario electo y parlamentario de pleno derecho. Este trabajo comprueba que ni el Derecho de la Unión ni el Tribunal de Justicia han definido el margen de los Estados para regular para regular la adquisición de la condición de eurodiputado y su estatuto. Asimismo, el TJUE se ha pronunciado sobre aspectos fundamentales del procedimiento —el inicio del mandato de eurodiputado, el alcance de la inmunidad parlamentaria, la proclamación de los resultados electorales por las autoridades nacionales y la verificación de las credenciales del eurodiputado— que nos permiten describir el reparto de competencias entre autoridades nacionales y el Parlamento Europeo en la fase del procedimiento electoral que transcurre desde la proclamación de las elecciones hasta la entrada en funciones en el Parlamento Europeo. En definitiva, el procedimiento de elecciones al Parlamento Europeo sigue eminenmente regulado por disposiciones nacionales (ex art. 8 del Acta Electoral Europea).
{"title":"La autonomía de los Estados miembros para regular la adquisición de la condición plena de Eurodiputado","authors":"María Barril Rodríguez-Arana","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39092","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39092","url":null,"abstract":"El ordenamiento español exige a los eurodiputados electos el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central en el plazo de cinco días desde la proclamación. Se trata de una condición suspensiva de la eficacia de la inmunidad parlamentaria. Su cumplimiento permite distinguir entre la condición de parlamentario electo y parlamentario de pleno derecho. Este trabajo comprueba que ni el Derecho de la Unión ni el Tribunal de Justicia han definido el margen de los Estados para regular para regular la adquisición de la condición de eurodiputado y su estatuto. Asimismo, el TJUE se ha pronunciado sobre aspectos fundamentales del procedimiento —el inicio del mandato de eurodiputado, el alcance de la inmunidad parlamentaria, la proclamación de los resultados electorales por las autoridades nacionales y la verificación de las credenciales del eurodiputado— que nos permiten describir el reparto de competencias entre autoridades nacionales y el Parlamento Europeo en la fase del procedimiento electoral que transcurre desde la proclamación de las elecciones hasta la entrada en funciones en el Parlamento Europeo. En definitiva, el procedimiento de elecciones al Parlamento Europeo sigue eminenmente regulado por disposiciones nacionales (ex art. 8 del Acta Electoral Europea).","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"25 7","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012665","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39102
Adoración Galera Victoria
En los Estados territorialmente descentralizados las relaciones entre las instancias de poder político se rigen por el principio general de colaboración y la lealtad institucional y se articulan en torno a un sistema de técnicas e instrumentos de relación intergubernamental. El Estado autonómico se dota así de mecanismos de colaboración de diverso tipo y finalidad que articulan las relaciones entre el Estado, las comunidades y las ciudades autónomas. Este estudio se centra en los aspectos esenciales de las relaciones de colaboración y cooperación que mantienen Ceuta y Melilla con el Estado y las comunidades autónomas, particularmente estrechas con Andalucía dada la existencia de fuertes lazos económicos, sociales y culturales comunes. Junto al estudio de estos principios y mecanismos de relación entre los poderes territoriales nacionales, se expondrán los aspectos básicos que determinan las relaciones de las ciudades autónomas con la Unión Europea. El carácter fronterizo de estas ciudades determina una singular relevancia de estas relaciones en materias diversas y de interés singular para las políticas europeas. El enfoque adoptado en este análisis es de carácter multinivel y tratará de mostrar una visión clara y actualizada de los aspectos más relevantes de las relaciones de colaboración establecidas por las ciudades autónomas con las instancias de poder estatal, autonómico y europeo.
{"title":"Las relaciones de colaboración de Ceuta y Melilla con el Estado, las Comunidades Autónomas y la Unión Europea","authors":"Adoración Galera Victoria","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39102","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39102","url":null,"abstract":"En los Estados territorialmente descentralizados las relaciones entre las instancias de poder político se rigen por el principio general de colaboración y la lealtad institucional y se articulan en torno a un sistema de técnicas e instrumentos de relación intergubernamental. El Estado autonómico se dota así de mecanismos de colaboración de diverso tipo y finalidad que articulan las relaciones entre el Estado, las comunidades y las ciudades autónomas. Este estudio se centra en los aspectos esenciales de las relaciones de colaboración y cooperación que mantienen Ceuta y Melilla con el Estado y las comunidades autónomas, particularmente estrechas con Andalucía dada la existencia de fuertes lazos económicos, sociales y culturales comunes. Junto al estudio de estos principios y mecanismos de relación entre los poderes territoriales nacionales, se expondrán los aspectos básicos que determinan las relaciones de las ciudades autónomas con la Unión Europea. El carácter fronterizo de estas ciudades determina una singular relevancia de estas relaciones en materias diversas y de interés singular para las políticas europeas. El enfoque adoptado en este análisis es de carácter multinivel y tratará de mostrar una visión clara y actualizada de los aspectos más relevantes de las relaciones de colaboración establecidas por las ciudades autónomas con las instancias de poder estatal, autonómico y europeo.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"36 6","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012471","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39098
Francisco Javier Matía Portilla
El presente estudio ofrece una construcción coherente del derecho a la libertad de cátedra, que se separa en ocasiones de las posiciones mantenidas por el Tribunal Constitucional español en la materia. Analiza, en particular, las injerencias que pueden producirse en el derecho fundamental provocadas por las propias estructuras de las universidades públicas. Finalmente, valora negativamente la incidencia que tendrá en la libertad de cátedra la aprobación de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y de otras reformas en curso que afectan a las Universidades.
{"title":"La libertad de cátedra como límite a la autonomía de las universidades públicas","authors":"Francisco Javier Matía Portilla","doi":"10.5944/rdp.118.2023.39098","DOIUrl":"https://doi.org/10.5944/rdp.118.2023.39098","url":null,"abstract":"El presente estudio ofrece una construcción coherente del derecho a la libertad de cátedra, que se separa en ocasiones de las posiciones mantenidas por el Tribunal Constitucional español en la materia. Analiza, en particular, las injerencias que pueden producirse en el derecho fundamental provocadas por las propias estructuras de las universidades públicas. Finalmente, valora negativamente la incidencia que tendrá en la libertad de cátedra la aprobación de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y de otras reformas en curso que afectan a las Universidades.","PeriodicalId":164348,"journal":{"name":"Revista de Derecho Político","volume":"69 ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-03","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139012581","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-03DOI: 10.5944/rdp.118.2023.39104
María del Mar Moreno Mozos
Las manifestaciones públicas de dirigentes religiosos se han conformado en el punto de mira de determinados sectores sociales y políticos que han acudido a los tribunales de justicia para tratar de incriminar la conducta de ministros de culto que se han dirigido a sus fieles, o a la sociedad, en general, acerca de cuestiones relativas a las directrices que informan las políticas legislativas referentes a la ideología de género.El interés por la cuestión que propongo en el presente el trabajo surgió porque, después de la publicación del último pronunciamiento jurisprudencial, en febrero de 2018, han continuado produciéndose casos que, sin embargo, no se han elevado a sede judicial.El objeto de la investigación, llevado a cabo desde una perspectiva eminentemente eclesiasticista, se circunscribe a la consecución de una valoración crítica de las resoluciones judiciales dictadas hasta el momento teniendo en cuenta los protagonistas del conflicto, a saber, el tipo delictivo del artículo 510 del Código Penal y su posible repercusión en el contenido esencial de las libertades de expresión y religiosa de que son titulares los ministros de culto que, en ejercicio de estas, informan a los fieles sobre los cuerpos doctrinales propios de cada religión aplicados, en el caso que nos ocupa, a los principios rectores de las políticas legislativas referentes a la ideología de género.Después de un análisis pormenorizado de las líneas interpretativas plasmadas en los pronunciamientos de los tribunales he podido constatar, en primer lugar, una diferencia en la consideración del caso dependiendo de si el encausado es un ministro de culto católico o musulmán. En efecto, los jueces absuelven a los obispos y castigan a los imanes autores de las prédicas objeto de discusión; entiendo que esta circunstancia ha podido conformarse en el motivo principal de que, habiéndose producido más casos después de 2018 —año en que se publicó el ultimo pronunciamiento jurisprudencial—, no se hayan elevado a los tribunales de justicia.Por otra parte, como eclesiasticista, valoro, positivamente, y en los términos que expongo a lo largo del desarrollo del trabajo, los argumentos utilizados por los jueces para exculpar a los jerarcas católicos, en especial, el relativo a la dignidad humana; elemento que no se considera en el tratamiento judicial de los imanes.Por último, y respecto a los casos relativos a los ministros de culto musulmán, pongo de manifiesto que el rol de la mujer en el ámbito socio religioso islámico colisiona con los principios informadores del Derecho y la estructuración de la sociedad en Europa que se fundamentan en elementos que proceden del cristianismo; religión que considera la dignidad del ser humano, hombre o mujer, en el parámetro inspirador de cualquier actuación pública o particular. En este sentido, la función del legislador penal en orden a determinar los límites a las manifestaciones de patrones sexistas que impliquen la conformación de discursos de odio contr
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