Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15718
F. Ramírez
Millones de personas en el mundo no disponen de otra alternativa para huir de la pobreza más extrema que trabajar en condiciones de explotación en una sweatshop. A través de la non worseness-claim y el argumento de la elección, Powell y Zwolinski sostienen que, aunque dicha explotación sea moralmente problemática, proporciona beneficios a dichas personas que impediría considerarla gravemente injusta y justificar así la prohibición o regulación de las sweatshops. En este trabajo se analizan las claves de este discurso, así como los principales intentos de rebatirlo basados en la idea de que dichas fábricas se aprovechan de injusticias de trasfondo de las que los empresarios son, de algún modo, responsables. El éxito de este argumento exige asignar a los empresarios responsabilidades distributivas adicionales a las generales que resulta, sin embargo, cuestionable. De ahí que, en la parte final del trabajo, ofrezca algunas razones alternativas para considerar que la explotación en las sweatshops es una injusticia grave que justifica su regulación.
{"title":"La explotación laboral en los países en desarrollo ¿Un mal menor? El debate en torno a las sweatshops","authors":"F. Ramírez","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15718","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15718","url":null,"abstract":"Millones de personas en el mundo no disponen de otra alternativa para huir de la pobreza más extrema que trabajar en condiciones de explotación en una sweatshop. A través de la non worseness-claim y el argumento de la elección, Powell y Zwolinski sostienen que, aunque dicha explotación sea moralmente problemática, proporciona beneficios a dichas personas que impediría considerarla gravemente injusta y justificar así la prohibición o regulación de las sweatshops. En este trabajo se analizan las claves de este discurso, así como los principales intentos de rebatirlo basados en la idea de que dichas fábricas se aprovechan de injusticias de trasfondo de las que los empresarios son, de algún modo, responsables. El éxito de este argumento exige asignar a los empresarios responsabilidades distributivas adicionales a las generales que resulta, sin embargo, cuestionable. De ahí que, en la parte final del trabajo, ofrezca algunas razones alternativas para considerar que la explotación en las sweatshops es una injusticia grave que justifica su regulación.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"45601490","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.16705
Alan Brudner
Taking religious freedom as illustrative, this essay proposes a theory of the basic freedoms that pacifies the conflict among libertarian, egalitarian, and communitarian sects of liberalism. This theory follows John Rawls’s suggestion that constitutional courts are exemplars of public reason but rejects his partisan construal of public reason in terms that only an egalitarian liberal would recognize. If, as Rawls argues, liberal pluralism is reasonable and if constitutional courts are guardians of public reason, then an ideal constitutional court will guide itself by the theory of the basic freedoms that reconciles liberal pluralism with the rule of public reason. Such a theory will integrate the plurality of liberal sects into an inclusive liberalism that preserves a distinctive role for each in defining and limiting constitutional rights, while refining them of the errors resulting from their hegemonic ambitions. Liberal pluralism is thus preserved, but liberal fragmentation is overcome. Public reason is sought not through an escape from pluralism but in a logical concord among the denominations of liberalism. The way for courts to execute this concord in constitutional cases is to follow the method of reasoning they have already largely adopted. That method is proportionality review.
{"title":"Liberal Pluralism, Public Reason, and the Basic Freedoms","authors":"Alan Brudner","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.16705","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.16705","url":null,"abstract":"Taking religious freedom as illustrative, this essay proposes a theory of the basic freedoms that pacifies the conflict among libertarian, egalitarian, and communitarian sects of liberalism. This theory follows John Rawls’s suggestion that constitutional courts are exemplars of public reason but rejects his partisan construal of public reason in terms that only an egalitarian liberal would recognize. If, as Rawls argues, liberal pluralism is reasonable and if constitutional courts are guardians of public reason, then an ideal constitutional court will guide itself by the theory of the basic freedoms that reconciles liberal pluralism with the rule of public reason. Such a theory will integrate the plurality of liberal sects into an inclusive liberalism that preserves a distinctive role for each in defining and limiting constitutional rights, while refining them of the errors resulting from their hegemonic ambitions. Liberal pluralism is thus preserved, but liberal fragmentation is overcome. Public reason is sought not through an escape from pluralism but in a logical concord among the denominations of liberalism. The way for courts to execute this concord in constitutional cases is to follow the method of reasoning they have already largely adopted. That method is proportionality review.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"49047112","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15504
J. Cavero
John Rawls ha manifestado en diversas ocasiones que su justicia como equidad es una teoría contractualista inspirada en la obra de J. Locke, J. J. Rousseau e I. Kant. Sin embargo, en el desarrollo de su visión sobre la justicia es posible encontrar huellas de otros filósofos como es el caso de la obra David Hume. En este artículo, se estudia la inserción de tres conceptos del naturalismo del filósofo escoces en la deontología moral que sustenta la justicia como equidad: las “circunstancias de la justica”, el “sentido de la justicia” y el “deber natural de justicia”.
{"title":"Rawls y Hume: un estudio de conceptos humeanos en A Theory of Justice","authors":"J. Cavero","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15504","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15504","url":null,"abstract":"John Rawls ha manifestado en diversas ocasiones que su justicia como equidad es una teoría contractualista inspirada en la obra de J. Locke, J. J. Rousseau e I. Kant. Sin embargo, en el desarrollo de su visión sobre la justicia es posible encontrar huellas de otros filósofos como es el caso de la obra David Hume. En este artículo, se estudia la inserción de tres conceptos del naturalismo del filósofo escoces en la deontología moral que sustenta la justicia como equidad: las “circunstancias de la justica”, el “sentido de la justicia” y el “deber natural de justicia”.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"49124275","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15884
Antonio Manuel Peña Freire
Reseña de Porciello, Andrea. En los orígenes del neoconstitucionalismo. El antipositivismo de Lon. L. Fuller. (Trad. Celia Diéz Fuentes). Lima: Palestra Editores, 2019, pp. 316.
Andrea Porciello评论。新宪政主义的起源。朗的反实证主义。l . Fuller。(Trad。西莉亚diez Fuentes)。利马:帕莱斯特拉编辑,2019,第316页。
{"title":"Lon Fuller, teórico del orden social","authors":"Antonio Manuel Peña Freire","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15884","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15884","url":null,"abstract":"Reseña de Porciello, Andrea. En los orígenes del neoconstitucionalismo. El antipositivismo de Lon. L. Fuller. (Trad. Celia Diéz Fuentes). Lima: Palestra Editores, 2019, pp. 316.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"44780480","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15573
Aurelio de Prada García
En este trabajo defendemos la posibilidad de una síntesis, -en el sentido hegeliano del término-, entre dos concepciones políticas presuntamente contradictorias: el comunitarismo y el liberalismo. Esa síntesis se traduciría en la llamada ciudadanía glocal en la que se “superarían” las concepciones de cuerpo político y de ciudadanía que defienden esas dos concepciones en una nueva que incluye a la humanidad y a su medio ambiente.
{"title":"Hacia una síntesis entre el comunitarismo y el liberalismo: la ciudadanía glocal","authors":"Aurelio de Prada García","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15573","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15573","url":null,"abstract":"En este trabajo defendemos la posibilidad de una síntesis, -en el sentido hegeliano del término-, entre dos concepciones políticas presuntamente contradictorias: el comunitarismo y el liberalismo. Esa síntesis se traduciría en la llamada ciudadanía glocal en la que se “superarían” las concepciones de cuerpo político y de ciudadanía que defienden esas dos concepciones en una nueva que incluye a la humanidad y a su medio ambiente.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"43985127","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2021-01-15DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15603
J. Panea-Márquez
Se han cumplido cincuenta años desde la publicación de Teoría de la Justicia. Sin duda, la obra de J. Rawls marcó un hito fundamental en la historia del pensamiento político del siglo XX. Nuestro trabajo se pregunta hasta qué punto la justicia como imparcialidad sigue siendo una referencia fundamental en el pensamiento político actual. Para ello abordamos la propuesta de M.C. Nussbaum. Nos planteamos si el enfoque de las capacidades de Nussbaum es realmente una continuación o supone una verdadera ruptura con la propuesta de Rawls. Y a partir de las objeciones de Nussbaum a Rawls, nos interrogamos por el presente y el futuro de una obra que, a nuestro juicio, después de medio siglo, parece tener todos los ingredientes necesarios para ser verdaderamente un clásico del pensamiento político.
{"title":"Actualidad y vigencia de Teoría de la Justicia de J. Rawls: a propósito de la perspectiva de M. C. Nussbaum","authors":"J. Panea-Márquez","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15603","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15603","url":null,"abstract":"Se han cumplido cincuenta años desde la publicación de Teoría de la Justicia. Sin duda, la obra de J. Rawls marcó un hito fundamental en la historia del pensamiento político del siglo XX. Nuestro trabajo se pregunta hasta qué punto la justicia como imparcialidad sigue siendo una referencia fundamental en el pensamiento político actual. Para ello abordamos la propuesta de M.C. Nussbaum. Nos planteamos si el enfoque de las capacidades de Nussbaum es realmente una continuación o supone una verdadera ruptura con la propuesta de Rawls. Y a partir de las objeciones de Nussbaum a Rawls, nos interrogamos por el presente y el futuro de una obra que, a nuestro juicio, después de medio siglo, parece tener todos los ingredientes necesarios para ser verdaderamente un clásico del pensamiento político. ","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2021-01-15","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"48497765","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-12-22DOI: 10.30827/ACFS.V55I0.15273
Javier Martín-Lanas
El artículo analiza críticamente la premisa del desinterés mutuo de las partes, una de las condiciones de la posición original que Rawls expone en su Teoría de la Justicia. Para ello, debido a su similitud con las condiciones de la posición original, se utiliza el delito de omisión pura. En línea con la crítica comunitarista a la concepción del yo rawlsiana, se argumenta que la premisa del desinterés mutuo no es la concepción de persona más apropiada para alcanzar la imparcialidad de los principios de justicia elegidos por las partes.
{"title":"La posición original de Rawls: crítica al desinterés mutuo de las partes","authors":"Javier Martín-Lanas","doi":"10.30827/ACFS.V55I0.15273","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/ACFS.V55I0.15273","url":null,"abstract":"El artículo analiza críticamente la premisa del desinterés mutuo de las partes, una de las condiciones de la posición original que Rawls expone en su Teoría de la Justicia. Para ello, debido a su similitud con las condiciones de la posición original, se utiliza el delito de omisión pura. En línea con la crítica comunitarista a la concepción del yo rawlsiana, se argumenta que la premisa del desinterés mutuo no es la concepción de persona más apropiada para alcanzar la imparcialidad de los principios de justicia elegidos por las partes.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-12-22","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"48481860","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-01-23DOI: 10.30827/acfs.v54i0.9494
Antonio Giménez Merino
Desde su configuración como elemento estructurante del relato político moderno, la «sociedad civil» ha mantenido su vigor como institución conceptual, como muestra la continua ampliación de su significado. Sin embargo, precisamente por ello, el concepto revela una gran contaminación semántica, con usos poco homogéneos del mismo. Con vistas a clarificar todo esto, parece oportuno tratar de contextualizar esta noción así como valorar hasta qué punto sigue siendo pertinente como categoría analítica. Para ello, se ha optado por desgranar el ámbito material de la(s) sociedad(es) civil(es) desde las formas de agregación social más elementales hasta las más globales, las cuales reflejan la presencia de stakeholders privados con capacidad de orientar las políticas públicas que reclaman protagonismo desde (y más allá de) la sociedad civil, pero también actores alternativos que reclaman una interpretación distinta de la «sociedad civil global».
{"title":"La sociedad civil en disputa: De la identidad personal a las redes de relación a la \"sociedad civil global\"","authors":"Antonio Giménez Merino","doi":"10.30827/acfs.v54i0.9494","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/acfs.v54i0.9494","url":null,"abstract":"Desde su configuración como elemento estructurante del relato político moderno, la «sociedad civil» ha mantenido su vigor como institución conceptual, como muestra la continua ampliación de su significado. Sin embargo, precisamente por ello, el concepto revela una gran contaminación semántica, con usos poco homogéneos del mismo. Con vistas a clarificar todo esto, parece oportuno tratar de contextualizar esta noción así como valorar hasta qué punto sigue siendo pertinente como categoría analítica. Para ello, se ha optado por desgranar el ámbito material de la(s) sociedad(es) civil(es) desde las formas de agregación social más elementales hasta las más globales, las cuales reflejan la presencia de stakeholders privados con capacidad de orientar las políticas públicas que reclaman protagonismo desde (y más allá de) la sociedad civil, pero también actores alternativos que reclaman una interpretación distinta de la «sociedad civil global».","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-01-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"42410355","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-01-23DOI: 10.30827/acfs.v54i0.9456
Francisco Carpintero Benítez
Francisco Suárez se inserta en la línea de los escolásticos españoles del siglo XVI, especialmente de los dos jesuitas que, junto con él, culminan esta escuela: Gabriel Vázquez de Belmonte y Luis de Molina. Se diferencia de ellos en que él es nominalista. Se adelantó a los autores de la Edad Moderna en la carrera por las libertades típicamente modernas, tales como la afirmación de los derechos subjetivos naturales, la democracia como la forma más natural o más próxima a la libertad del hombre, la libertad de conciencia (no de cultos). Estuvo omnipresente en los escolásticos de las Edades Modernas y Contemporánea que, de hecho, entendieron que él culminó la escolástica, de forma tal que también Tomás de Aquino debe ser interpretado a la luz de sus escritos.
Francisco suarez是16世纪西班牙经院学者的一部分,特别是与他一起完成这一学派的两位耶稣会士:Gabriel vazquez de Belmonte和Luis de Molina。他与他们的不同之处在于他是唯名论者。在追求典型的现代自由的竞赛中,他走在了近代作家的前面,比如肯定自然的主观权利,民主是最自然或最接近人类自由的形式,良心自由(而不是宗教自由)。在现代和当代的经院学者中,他无处不在,事实上,他们认为他完成了经院哲学,所以托马斯·阿奎那也必须根据他的著作来解释。
{"title":"Francisco Suárez: La emergencia de los tiempos modernos","authors":"Francisco Carpintero Benítez","doi":"10.30827/acfs.v54i0.9456","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/acfs.v54i0.9456","url":null,"abstract":"Francisco Suárez se inserta en la línea de los escolásticos españoles del siglo XVI, especialmente de los dos jesuitas que, junto con él, culminan esta escuela: Gabriel Vázquez de Belmonte y Luis de Molina. Se diferencia de ellos en que él es nominalista. Se adelantó a los autores de la Edad Moderna en la carrera por las libertades típicamente modernas, tales como la afirmación de los derechos subjetivos naturales, la democracia como la forma más natural o más próxima a la libertad del hombre, la libertad de conciencia (no de cultos). Estuvo omnipresente en los escolásticos de las Edades Modernas y Contemporánea que, de hecho, entendieron que él culminó la escolástica, de forma tal que también Tomás de Aquino debe ser interpretado a la luz de sus escritos.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":"1 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-01-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"41459044","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2020-01-23DOI: 10.30827/acfs.v54i0.9355
Miguel Ángel Núñez Paz
La noción de identidad suele estar asociada en nuestros días a discusiones ético-políticas relacionadas con el multiculturalismo, la diversidad sexual o de género, el reconocimiento de tal pluralidad, etc. Sin embargo, este predominio de una visión plural de lo identitario (como “identidades”, principalmente) contrasta con el sentido que había tenido la idea de identidad a lo largo de la mayor parte de la historia de la filosofía, en que aludía más bien a lo igual, a la mismidad; no a lo diverso, a lo otro. Con el fin de contribuir a explicar el paso de una a otra concepción de la “identidad” (efectuada, sobre todo, en el último tercio del siglo XX), creemos relevante fijarnos en las reflexiones filosóficas elaboradas por Ludwig Wittgenstein hacia mediados de ese mismo siglo. Nuestra tesis será que, con tales meditaciones, este autor nos abre hacia una visión más plural de la identidad humana, frente a los intérpretes del propio Wittgenstein que creen que su tarea principal fue fundamentar una noción fuerte de la identidad humana común, centrada en la “naturaleza humana”. Para comprender, pues, la verdadera aportación wittgensteiniana será preciso interpretar nociones clave de su filosofía (como “formas de vida” o “historia natural”) desde un punto de vista pluralista; solo así comprenderemos en qué medida es antecesor de las reflexiones ético-políticas actuales sobre las identidades plurales.
{"title":"De la identidad humana a las identidades sociopolíticas: el rol del pensamiento wittgensteiniano en un desplazamiento crucial","authors":"Miguel Ángel Núñez Paz","doi":"10.30827/acfs.v54i0.9355","DOIUrl":"https://doi.org/10.30827/acfs.v54i0.9355","url":null,"abstract":"La noción de identidad suele estar asociada en nuestros días a discusiones ético-políticas relacionadas con el multiculturalismo, la diversidad sexual o de género, el reconocimiento de tal pluralidad, etc. Sin embargo, este predominio de una visión plural de lo identitario (como “identidades”, principalmente) contrasta con el sentido que había tenido la idea de identidad a lo largo de la mayor parte de la historia de la filosofía, en que aludía más bien a lo igual, a la mismidad; no a lo diverso, a lo otro. Con el fin de contribuir a explicar el paso de una a otra concepción de la “identidad” (efectuada, sobre todo, en el último tercio del siglo XX), creemos relevante fijarnos en las reflexiones filosóficas elaboradas por Ludwig Wittgenstein hacia mediados de ese mismo siglo. Nuestra tesis será que, con tales meditaciones, este autor nos abre hacia una visión más plural de la identidad humana, frente a los intérpretes del propio Wittgenstein que creen que su tarea principal fue fundamentar una noción fuerte de la identidad humana común, centrada en la “naturaleza humana”. Para comprender, pues, la verdadera aportación wittgensteiniana será preciso interpretar nociones clave de su filosofía (como “formas de vida” o “historia natural”) desde un punto de vista pluralista; solo así comprenderemos en qué medida es antecesor de las reflexiones ético-políticas actuales sobre las identidades plurales.","PeriodicalId":31782,"journal":{"name":"Anales de la Catedra Francisco Suarez","volume":" ","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2020-01-23","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"41616081","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}