Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1774
Carlos Vidal Prado
En el presente trabajo se aborda la necesidad de incluir contenidos constitucionales en la educación no universitaria en España, y se denuncia que esta tarea no ha merecido la necesaria atención por parte de lospoderes públicos, incluyendo al Ejecutivo y al Legislativo, desde que nuestra Constitución fue aprobada en 1978. Aunque algunas leyes educativas han abordado formalmente la cuestión, en la práctica no se ha conseguido que las personas más jóvenes de nuestro país reciban en la escuela información suficiente sobre la Constitución. Como se intenta mostrar en el artículo, el problema no es solamente del diseño curricular, sino de su reflejo en los libros de texto, que solo de modo muy excepcional han afrontado con rigor y de modo adecuado este tipo de enseñanzas sobre nuestra Norma Suprema. Asimismo, se justifica en el texto que, en un Estado constitucional democrático, son imprescindibles contenidos no sólo específicos, sino también transversales, que aborden los valores plasmados en la Constitución de cada país, los hitos de la construcción de esa comunidad política a lo largo de su historia, especialmente los que se refieren a la conquista de la democracia y las garantías de los derechos fundamentales, y los rasgos que configuran la identidad de los ciudadanos, tanto a nivel local o regional como a nivel nacional. Si no se hace así, estaremos privando a la sociedad de una herramienta básica para mantener la cohesión de una comunidad social y cívica, combatir la desafección de muchos ciudadanos (especialmente los más jóvenes)...
{"title":"La educación cívica y constitucional en España","authors":"Carlos Vidal Prado","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1774","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1774","url":null,"abstract":"En el presente trabajo se aborda la necesidad de incluir contenidos constitucionales en la educación no universitaria en España, y se denuncia que esta tarea no ha merecido la necesaria atención por parte de lospoderes públicos, incluyendo al Ejecutivo y al Legislativo, desde que nuestra Constitución fue aprobada en 1978. Aunque algunas leyes educativas han abordado formalmente la cuestión, en la práctica no se ha conseguido que las personas más jóvenes de nuestro país reciban en la escuela información suficiente sobre la Constitución. Como se intenta mostrar en el artículo, el problema no es solamente del diseño curricular, sino de su reflejo en los libros de texto, que solo de modo muy excepcional han afrontado con rigor y de modo adecuado este tipo de enseñanzas sobre nuestra Norma Suprema. Asimismo, se justifica en el texto que, en un Estado constitucional democrático, son imprescindibles contenidos no sólo específicos, sino también transversales, que aborden los valores plasmados en la Constitución de cada país, los hitos de la construcción de esa comunidad política a lo largo de su historia, especialmente los que se refieren a la conquista de la democracia y las garantías de los derechos fundamentales, y los rasgos que configuran la identidad de los ciudadanos, tanto a nivel local o regional como a nivel nacional. Si no se hace así, estaremos privando a la sociedad de una herramienta básica para mantener la cohesión de una comunidad social y cívica, combatir la desafección de muchos ciudadanos (especialmente los más jóvenes)...","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"17 2","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139145431","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1779
Sara Sieira Mucientes
Las Sentencias del Tribunal Constitucional 19/2023 y 44/2023 tienen un nexo común argumental que viene a constituir su principal ratio decidendi, consistente en la creación de un nuevo derecho fundamental de autodeterminación para decidir sobre la propia muerte y sobre la interrupción voluntaria del embarazo,que pasan a constituir nuevos derechos fundamentales a la eutanasia y al aborto, integrándolos en el derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE), limitando así la libertad de configuración del legislador respecto de los mismos. El activismo judicial desplegado en esta operación no puede dejar de suscitar una gran perplejidad. El hasta ahora considerado «principio» de la dignidad de la persona y del libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE), en virtud de esta innovadora jurisprudencia, deja de operar como tal para convertirse, no ya en un «principio general de libertad», cuestión que distaría incluso de ser pacífica en la doctrina, sino en un verdadero «derecho fundamental general de libertad», en definitiva, como norma de clausura del sistema de libertades públicas. A diferencia de la regulación en derecho constitucional alemán, inspirador del Anteproyecto de la ponencia constitucional en España, en que el libre desarrollo de la personalidad constituye un derecho fundamental, también norma de clausura, con unos límites bien establecidos por la jurisprudencia del Tribunal de Karlsruhe, ni la dicción literal, ni la sistemática de la Constitución española permite una incorporación acrítica de la construcción alemana, ni su empleo por parte del Tribunal Constitucional español ha sido, en esta última jurisprudencia...
{"title":"El libre desarrollo de la personalidad como derecho fundamental general de libertad-autonomía: la eutanasia y el aborto en las sentencias del Tribunal Constitucional 19/2023 y 44/2023","authors":"Sara Sieira Mucientes","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1779","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1779","url":null,"abstract":"Las Sentencias del Tribunal Constitucional 19/2023 y 44/2023 tienen un nexo común argumental que viene a constituir su principal ratio decidendi, consistente en la creación de un nuevo derecho fundamental de autodeterminación para decidir sobre la propia muerte y sobre la interrupción voluntaria del embarazo,que pasan a constituir nuevos derechos fundamentales a la eutanasia y al aborto, integrándolos en el derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE), limitando así la libertad de configuración del legislador respecto de los mismos. El activismo judicial desplegado en esta operación no puede dejar de suscitar una gran perplejidad. El hasta ahora considerado «principio» de la dignidad de la persona y del libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE), en virtud de esta innovadora jurisprudencia, deja de operar como tal para convertirse, no ya en un «principio general de libertad», cuestión que distaría incluso de ser pacífica en la doctrina, sino en un verdadero «derecho fundamental general de libertad», en definitiva, como norma de clausura del sistema de libertades públicas. A diferencia de la regulación en derecho constitucional alemán, inspirador del Anteproyecto de la ponencia constitucional en España, en que el libre desarrollo de la personalidad constituye un derecho fundamental, también norma de clausura, con unos límites bien establecidos por la jurisprudencia del Tribunal de Karlsruhe, ni la dicción literal, ni la sistemática de la Constitución española permite una incorporación acrítica de la construcción alemana, ni su empleo por parte del Tribunal Constitucional español ha sido, en esta última jurisprudencia...","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"72 s325","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139146589","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1782
María José Eizaguirre Massé
Conforme al principio de subsidiariedad, la Unión Europea solo intervendrá en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, cuando los objetivos de una acción no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local. Mediante el sistema de «alerta temprana», los Parlamentos nacionales reciben las iniciativas legislativas europeas y pueden emitir un dictamen respecto al cumplimiento del principio de subsidiariedad. Reciben también los documentos que se van generando en la tramitación de dichas iniciativas a lo largo del procedimiento legislativo europeo y además otra gran cantidad de documentación en el marco del «diálogo político». La recepción y tramitación de toda esta documentación, en España se han canalizado en la Comisión Mixta para la Unión Europea. Desde ahí se trasladan las iniciativas legislativas europeas a los Parlamentos de las comunidades autónomas, quienes a su vez pueden remitir un dictamen sobre el cumplimiento del principio de subsidiariedad. También el Gobierno remite informes al respecto, y las Cortes Generales pueden solicitarle la presentación de un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE por infracción del principio de subsidiariedad de la legislación europea. La abundancia y diversidad de documentos en circulación, así como la variedad de autores y de plazos a los que está sujeta la actividad, producen una documentación compleja de manejar. El artículo detalla el modo en que toda la documentación implicada en la actividad de control de subsidiariedad en las Cortes Generales se ha estructurado...
{"title":"Aspectos documentales del control de subsidiariedad en España. La Comisión Mixta para la Unión Europea","authors":"María José Eizaguirre Massé","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1782","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1782","url":null,"abstract":"Conforme al principio de subsidiariedad, la Unión Europea solo intervendrá en los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, cuando los objetivos de una acción no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, ni a nivel central ni a nivel regional y local. Mediante el sistema de «alerta temprana», los Parlamentos nacionales reciben las iniciativas legislativas europeas y pueden emitir un dictamen respecto al cumplimiento del principio de subsidiariedad. Reciben también los documentos que se van generando en la tramitación de dichas iniciativas a lo largo del procedimiento legislativo europeo y además otra gran cantidad de documentación en el marco del «diálogo político». La recepción y tramitación de toda esta documentación, en España se han canalizado en la Comisión Mixta para la Unión Europea. Desde ahí se trasladan las iniciativas legislativas europeas a los Parlamentos de las comunidades autónomas, quienes a su vez pueden remitir un dictamen sobre el cumplimiento del principio de subsidiariedad. También el Gobierno remite informes al respecto, y las Cortes Generales pueden solicitarle la presentación de un recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE por infracción del principio de subsidiariedad de la legislación europea. La abundancia y diversidad de documentos en circulación, así como la variedad de autores y de plazos a los que está sujeta la actividad, producen una documentación compleja de manejar. El artículo detalla el modo en que toda la documentación implicada en la actividad de control de subsidiariedad en las Cortes Generales se ha estructurado...","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":" 42","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139143690","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1793
Ignacio Navarro Mejía
El Tribunal Constitucional desestima el recurso de amparo interpuesto por el Grupo Parlamentario Vox en el Parlamento de Cataluña contra el acuerdo de la Mesa de este, sobre la distribución del número de senadores que le corresponde designar proporcionalmente tras las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2021. La Mesa aplica la fórmula Imperiali en el reparto de los ocho senadores a designar, entre los grupos parlamentarios, quedando excluido el recurrente, pero el Tribunal Constitucional no aprecia en tal decisión una vulneración de la adecuada representación proporcional que exige la Constitución, pues el eventual acuerdo de la Mesa no está limitado por la aplicación de una u otra regla concreta de proporcionalidad.
{"title":"Proporcionalidad en la designación de senadores por un parlamento autonómico","authors":"Ignacio Navarro Mejía","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1793","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1793","url":null,"abstract":"El Tribunal Constitucional desestima el recurso de amparo interpuesto por el Grupo Parlamentario Vox en el Parlamento de Cataluña contra el acuerdo de la Mesa de este, sobre la distribución del número de senadores que le corresponde designar proporcionalmente tras las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2021. La Mesa aplica la fórmula Imperiali en el reparto de los ocho senadores a designar, entre los grupos parlamentarios, quedando excluido el recurrente, pero el Tribunal Constitucional no aprecia en tal decisión una vulneración de la adecuada representación proporcional que exige la Constitución, pues el eventual acuerdo de la Mesa no está limitado por la aplicación de una u otra regla concreta de proporcionalidad.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":" 47","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139145087","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1781
Pablo Fernández de Casadevante Mayordomo
Concebido el control electoral como uno de los elementos inherentes a todo Estado de Derecho, su efectiva implantación fue prácticamente inexistente a lo largo del constitucionalismo histórico español. Así sucedió, en efecto, no tanto por la calidad de las normas electorales, que fue mejorando con el paso de los años, como por su deficiente puesta en práctica, con unos partidos políticos que hicieron del fraude electoral y de la corrupción su habitual modus operandi. Solo tras comprender la verdadera magnitud de ese sistemático falseamiento estaremos en condiciones de valorar, en su justa medida, el logro que para nuestra democracia ha supuesto la consolidación de una auténtica Administración electoral autónoma e independiente respecto de una Administración pública que, pese a todo, sigue conservando importantes funciones para el correcto desarrollo del proceso electoral.
{"title":"El control electoral como elemento indisociable de toda democracia: los orígenes de la administración electoral española","authors":"Pablo Fernández de Casadevante Mayordomo","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1781","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1781","url":null,"abstract":"Concebido el control electoral como uno de los elementos inherentes a todo Estado de Derecho, su efectiva implantación fue prácticamente inexistente a lo largo del constitucionalismo histórico español. Así sucedió, en efecto, no tanto por la calidad de las normas electorales, que fue mejorando con el paso de los años, como por su deficiente puesta en práctica, con unos partidos políticos que hicieron del fraude electoral y de la corrupción su habitual modus operandi. Solo tras comprender la verdadera magnitud de ese sistemático falseamiento estaremos en condiciones de valorar, en su justa medida, el logro que para nuestra democracia ha supuesto la consolidación de una auténtica Administración electoral autónoma e independiente respecto de una Administración pública que, pese a todo, sigue conservando importantes funciones para el correcto desarrollo del proceso electoral.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"108 3","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139147006","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1775
Miguel Ángel Presno Linera
En este trabajo se analiza el origen y el desarrollo de la propuesta de «Ley de inteligencia artificial» europea, es decir, del proyecto de la Unión Europea de aprobar un conjunto de normas armonizadas para el desarrollo, la introducción en el mercado y la utilización de sistemas de IA de manera que esos objetivos sean compatibles con la dignidad humana y la autonomía individual, los derechos humanos y las libertades fundamentales, el funcionamiento de la democracia y el respeto del Estado de Derecho. Cuando se terminaron estas páginas (20 de noviembre de 2023) no había concluido el proceso legislativo pero es interesante conocer su desarrollo, los importantes y veloces cambios tecnológicos a los que ha debido hacer frente y el impacto que ya tiene tanto dentro como fuera de la Unión Europea.
{"title":"La propuesta de «Ley de Inteligencia Artificial» europea","authors":"Miguel Ángel Presno Linera","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1775","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1775","url":null,"abstract":"En este trabajo se analiza el origen y el desarrollo de la propuesta de «Ley de inteligencia artificial» europea, es decir, del proyecto de la Unión Europea de aprobar un conjunto de normas armonizadas para el desarrollo, la introducción en el mercado y la utilización de sistemas de IA de manera que esos objetivos sean compatibles con la dignidad humana y la autonomía individual, los derechos humanos y las libertades fundamentales, el funcionamiento de la democracia y el respeto del Estado de Derecho. Cuando se terminaron estas páginas (20 de noviembre de 2023) no había concluido el proceso legislativo pero es interesante conocer su desarrollo, los importantes y veloces cambios tecnológicos a los que ha debido hacer frente y el impacto que ya tiene tanto dentro como fuera de la Unión Europea.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"8 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139147859","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1784
Raquel Marañón Gómez
Recensión de la obra ÁLVAREZ VÉLEZ, M. I. y DE MONTALVO JÄÄSKLÄINEN, F. (coords.), (2022). España: una democracia parlamentaria. Libro homenaje al profesor Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa. Madrid. Comillas Universidad Pontificia.
ÁLVAREZ VÉLEZ, M. I. and DE MONTALVO JÄÄSKLÄINEN, F. (coords.), (2022).西班牙:议会民主制》。Libro homenaje al profesor Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa.马德里。科米亚斯宗座大学。
{"title":"ÁLVAREZ VÉLEZ, M. I. y DE MONTALVO JÄÄSKLÄINEN, F. (coords.), (2022). España: una democracia parlamentaria. Libro homenaje al profesor Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa. Madrid. Comillas Universidad Pontificia","authors":"Raquel Marañón Gómez","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1784","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1784","url":null,"abstract":"Recensión de la obra ÁLVAREZ VÉLEZ, M. I. y DE MONTALVO JÄÄSKLÄINEN, F. (coords.), (2022). España: una democracia parlamentaria. Libro homenaje al profesor Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa. Madrid. Comillas Universidad Pontificia.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":" 4","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139142899","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1776
María Garrote de Marcos
La especial ubicación de la ley electoral en el sistema de fuentes, su importancia para el desenvolvimiento del régimen democrático, y el enorme impacto político que tiene cualquier afectación sobre su contenido, justifican un examen del control de constitucionalidad que sobre ella ha efectuado el Tribunal Constitucional. Los procesos promovidos –qué se impugna, cómo y por qué– y las respuestas ofrecidas por el Tribunal Constitucional son una fuente de información formidable para la observación y análisis del derecho electoral. Incluso de materias conexas –como la representación política o el contenido del ius in officium de los cargos representativos– y no tan conexas –como la tutela judicial efectiva o la exigencia de taxatividad derivada del principio de legalidad penal–. Del análisis de las ocho sentencias que ha dictado el Tribunal Constitucional desde 1991 hasta 2021se pueden extraer ciertas conclusiones, algunas interesantes, sobre el modo en que se abordan estos litigios o el trato que se dispensa al legislador. En definitiva nos permiten conocer la protección dispensada a la norma que contine las reglas del juego democrático, cuyo contenido materialmente constitucional ya nadie discute.
{"title":"Las reglas del juego democrático a examen: el control de constitucionalidad de la ley electoral","authors":"María Garrote de Marcos","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1776","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1776","url":null,"abstract":"La especial ubicación de la ley electoral en el sistema de fuentes, su importancia para el desenvolvimiento del régimen democrático, y el enorme impacto político que tiene cualquier afectación sobre su contenido, justifican un examen del control de constitucionalidad que sobre ella ha efectuado el Tribunal Constitucional. Los procesos promovidos –qué se impugna, cómo y por qué– y las respuestas ofrecidas por el Tribunal Constitucional son una fuente de información formidable para la observación y análisis del derecho electoral. Incluso de materias conexas –como la representación política o el contenido del ius in officium de los cargos representativos– y no tan conexas –como la tutela judicial efectiva o la exigencia de taxatividad derivada del principio de legalidad penal–. Del análisis de las ocho sentencias que ha dictado el Tribunal Constitucional desde 1991 hasta 2021se pueden extraer ciertas conclusiones, algunas interesantes, sobre el modo en que se abordan estos litigios o el trato que se dispensa al legislador. En definitiva nos permiten conocer la protección dispensada a la norma que contine las reglas del juego democrático, cuyo contenido materialmente constitucional ya nadie discute.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"170 1","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139145691","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1788
Secretaría General del Congreso de los Diputados
Nota sobre la posibilidad de realizar sesiones del Pleno, las comisiones u otros órganos de la Cámara, mediante el sistema de videoconferencia.
关于以视频会议方式举行众议院全体会议、委员会会议或其他机构会议的可能性的说明。
{"title":"Nota sobre la posibilidad de realizar sesiones del Pleno, las comisiones u otros órganos de la Cámara, mediante el sistema de videoconferencia","authors":"Secretaría General del Congreso de los Diputados","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1788","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1788","url":null,"abstract":"Nota sobre la posibilidad de realizar sesiones del Pleno, las comisiones u otros órganos de la Cámara, mediante el sistema de videoconferencia.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"198 4","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139145810","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}
Pub Date : 2023-12-29DOI: 10.33426/rcg/2023/116/1785
Emilio Guichot Reina
Recensión de la obra MONTERO CARO, M. D. (2023). Democracia en transición: una agenda para su regeneración. Madrid: Dykinson.
MONTERO CARO, M. D. (2023).Democracia en transición: una agenda para su regeneración.Madrid: Dykinson.
{"title":"MONTERO CARO, M. D. (2023). Democracia en transición: una agenda para su regeneración. Madrid: Dykinson","authors":"Emilio Guichot Reina","doi":"10.33426/rcg/2023/116/1785","DOIUrl":"https://doi.org/10.33426/rcg/2023/116/1785","url":null,"abstract":"Recensión de la obra MONTERO CARO, M. D. (2023). Democracia en transición: una agenda para su regeneración. Madrid: Dykinson.","PeriodicalId":33709,"journal":{"name":"Revista de las Cortes Generales","volume":"27 11","pages":""},"PeriodicalIF":0.0,"publicationDate":"2023-12-29","publicationTypes":"Journal Article","fieldsOfStudy":null,"isOpenAccess":false,"openAccessPdf":"","citationCount":null,"resultStr":null,"platform":"Semanticscholar","paperid":"139147618","PeriodicalName":null,"FirstCategoryId":null,"ListUrlMain":null,"RegionNum":0,"RegionCategory":"","ArticlePicture":[],"TitleCN":null,"AbstractTextCN":null,"PMCID":"","EPubDate":null,"PubModel":null,"JCR":null,"JCRName":null,"Score":null,"Total":0}